Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2003 (12/08/2003)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 12 de agosto de 2003

cantidad, segun sea el caso, necesario para efectuar el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, modificado por el D.S. Nº 079-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable a fin de paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones correspondientes; Que, el articulo 20º de la acotada MORDAZA, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizan mediante el MORDAZA de Adquisicion de Menor Cuantia, debiendo aprobarse la exoneracion por Acuerdo de Concejo, el cual debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de su emision; igualmente debe remitirse MORDAZA del Acuerdo de Concejo y de los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgadas por los articulos 9º y 20º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, por unanimidad; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia, hasta por 60 dias, al suministro de Productos Alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Administracion, a traves de la Unidad de Abastecimiento, la adquisicion mediante el MORDAZA de Menor Cuantia, de conformidad a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Tercero.- Disponer se notifique a la Contraloria General de la Republica, el presente Acuerdo de Concejo, dentro de los diez dias siguientes a su fecha de aprobacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 15055

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Ratifican resolucion de alcaldia referida a contrato de concesion de operacion comercial en el servicio de transporte MORDAZA e interurbano publico de pasajeros
ACUERDO DE CONCEJO Nº 025-2003/CM-MPH-M Matucana, 8 de agosto del 2003 EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUAROCHIRI-MATUCANA VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 8 de agosto del 2003 sobre la Ratificacion de la Resolucion de Alcaldia Nº 316-2002-ALC/MPH-M de fecha 16 de diciembre del 2002, el Expediente Nº 4452-03 el 23 de MORDAZA del 2003, y el Informe Nº 121-2003-SG-MPH-M del 5 de agosto del 2003;

Que, conforme lo dispone el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, prerrogativa esta que es producido por el articulo II del Titulo Preliminar de la novisima Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, dentro del MORDAZA legal del D.S. Nº 12-95-MTC, Reglamento Nacional del Servicio de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros, la Municipalidad Provincial de Huarochiri otorgo las concesiones rutas de interconexion Huarochiri-Lima, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 475-99/ALC-MPH-M, de fecha 6 de octubre de 1999, a las empresas de transportes que contaban con "Autorizacion Provisional" de rutas, la misma que fue ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 0432001-CM-MPH-M, de fecha 23 de octubre del 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 9 de noviembre del 2001; Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA, publicada el 8 de octubre de 1999, dispone en su Art. 17.2 que cuando dos ciudades o areas urbanas pertenecientes a provincias contiguas conforman un area MORDAZA continua que requiere una gestion conjunta del transporte y del MORDAZA terrestre, las Municipalidades correspondientes deben establecer un Regimen de Gestion comun; Que, en cumplimiento, del FALLO del Tribunal Constitucional, recaido en el Expediente Nº 001-2000-CC/TC, en sentencia de fecha 4 de MORDAZA del 2001, sobre el conflicto de competencia, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de MORDAZA del 2001, la Municipalidad Provincial de Huarochiri ha cumplido con emplazar notarial y judicialmente a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para que cumpla con establecer el Regimen de Gestion Comun, sin embargo esta se muestra renuente al cumplimiento de dicho fallo. Por otro lado, en dicha sentencia se otorga un plazo improrrogable de 60 dias habiles, para que las empresas de transportes que cuenten con permiso provisional aprobado por la Municipalidad Provincial de Huarochiri en rutas de interconexion con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, deben adecuarse a la Ley Nº 27181, habiendo cumplido con lo dispuesto dentro del referido plazo las empresas de transportes de esta jurisdiccion; Conforme a lo dispuesto por el Art. 42º del D.S. Nº 040-2001-MTC, Reglamento Nacional de Transportes, queda establecido que para la obtencion del Titulo habilitante para prestar servicios publicos de transporte terrestre de personas, es requisito indispensable la obtencion de la Resolucion de la Autoridad Competente, que faculte la suscripcion del Contrato de Concesion y de Operacion Comercial; estando la peticionante amparada en la Resolucion de Alcaldia Nº 475-99-MPH-M, de fecha 6 de octubre de 1999, se expide la Resolucion de Alcaldia Nº 316-2002 de fecha 16 de diciembre del 2002, que declara procedente la solicitud de otorgamiento de Contrato de Concesion de Operacion Comercial en el Servicio de Transporte MORDAZA e Interurbano Publico de Pasajeros de las rutas de Interconexion entre la provincia de Huarochiri, distritos y Anexos y la provincia de MORDAZA, distritos y viceversa y dispone que la concesion se otorga por diez anos; Estando a lo expuesto, y con las atribuciones que confiere el numeral 19) del articulo 9º, concordante con el Art. 41º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972; ACORDO: Articulo Unico.- RATIFICAR en todos sus terminos la Resolucion de Alcaldia Nº 316-2002-ALC/MPH-M de fecha 16 de diciembre del 2002, sobre contrato de concesion de Operacion Comercial en el Servicio de Transporte MORDAZA e Interurbano Publico de Pasajeros de las rutas de Interconexion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 15045

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