Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2003 (10/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 10 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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someten a las normas que rigen la actividad empresarial del Estado. Los procesos de disolucion y liquidacion de los Bancos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivienda del Peru y de la MORDAZA de Ahorros de MORDAZA, en Liquidacion, seran realizados por una Junta Liquidadora, conformada por tres miembros que es designada por el FONAFE en su calidad de titular de las acciones del Estado en las empresas en que este participa. La Junta Liquidadora ejercera todos los poderes y facultades inherentes a sus funciones, en concordancia con las normas que rigen la actividad empresarial del Estado y la Ley General de Sociedades. Articulo 3º.- Administracion, cobranza y subasta de carteras de credito encargadas por el Ministerio de Economia. A partir de la disolucion de la Comision Administradora de Carteras, FONAFE asume todas las facultades y poderes para la administracion, cobranza y subasta de la cartera de creditos encargadas por el Ministerio de Economia y Finanzas, pudiendo determinar los mecanismos de consolidacion, recuperacion, administracion, compensacion, castigo, asi como cualquier otro mecanismo u operacion necesario para el cobro de las referidas carteras, incluido su otorgamiento en cobranza o transferencia a terceros, sea en propiedad, fideicomiso o cualquier otra modalidad contractual, de manera conjunta o independiente, total o parcialmente, mediante el procedimiento de subasta publica. Articulo 4º.- Funciones de la Procuraduria Ad Hoc. La Procuraduria Ad Hoc, creada por el articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 032-95, actuara en representacion de los Bancos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivienda del Peru y de la MORDAZA de Ahorros de MORDAZA, en Liquidacion, en los procesos judiciales y administrativos que se promuevan por o contra dichas empresas con las facultades contempladas en los articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil. Asimismo, la Procuraduria Ad Hoc ejercera la representacion del FONAFE exclusivamente en los procesos judiciales y administrativos vinculados a la cobranza y administracion de las carteras a que se hace referencia en el articulo 3º de la presente Resolucion, con las facultades contempladas en los articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil. El FONAFE y los Bancos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivienda del Peru y la MORDAZA de Ahorros de MORDAZA, en Liquidacion, supervisaran y controlaran las acciones de la Procuraduria Ad Hoc, debiendo estas facilitar los recursos necesarios para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Por su parte, la Procuraduria Ad Hoc debera prestar el apoyo legal que dichas entidades requieran para el cumplimiento de las funciones materia de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Entrega e inventario de Bienes La entrega al FONAFE de los bienes, materiales, equipo, acervo documentario, valores, instrumentos y demas informacion a que hace referencia el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 062-2002, no incluye aquellos de propiedad de los Bancos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivienda del Peru y de la MORDAZA de Ahorros de MORDAZA, en Liquidacion. Los inventarios de los bienes, materiales, equipo, acervo documentario, valores, instrumentos y demas informacion de los referidos bancos, deberan ser entregados a la Junta Liquidadora referida en el articulo 2º de la presente resolucion. Articulo 6º.- Bienes de los Bancos Agrario, Industrial, Minero y de la Vivienda del Peru en Liquidacion. La transferencia a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales de los bienes de los Bancos Agrario, Industrial, Minero, de la Vivienda del Peru y la MORDAZA Ahorros de MORDAZA, en Liquidacion, se realizara luego de cumplir con el pago del integro de las deudas a cargo de dichas empresas.

Articulo 7º.- Bienes del Ministerio de Economia y Finanzas. Los bienes transferidos al Ministerio de Economia y Finanzas como pago de las obligaciones cuya cobranza se encuentra a cargo de FONAFE, seran entregados a dicho Ministerio en su calidad de propietario. Dichos bienes podran ser transferidos a terceros en propiedad de conformidad con las normas vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RUETE Ministro de Economia y Finanzas 10922

Amplian el Calendario de Compromisos del mes de MORDAZA del Ejercicio Fiscal 2003
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022-2003-EF/76.01 MORDAZA, 2 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 018-2003EF/76.01 se aprobo el Calendario de Compromisos del mes de MORDAZA del Ano Fiscal 2003; Que, es necesario modificar, por ampliacion, el Calendario de Compromisos del mes de MORDAZA de los Organismos comprendidos en las Secciones Primera: Gobierno Central y Segunda: Instancias Descentralizadas; Estando a lo informado por la Direccion de Programacion, Evaluacion Presupuestal y Procesamiento de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 33º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y el articulo 23º de la Directiva Nº 001-2003-EF/ 76.01 aprobada por Resolucion Directoral Nº 050-2002EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos del mes de MORDAZA del Ejercicio Fiscal 2003, en los montos que se detallan en el Anexo de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Calendario de Compromisos aprobado, no convalida actos, acciones o gastos de los Pliegos Presupuestarios que no se cinan a la normatividad vigente, de conformidad con el Articulo 32º de la Ley Nº 27209. Articulo 3º.- Los montos aprobados en el Anexo que se senala en el articulo 1º, se desagregan a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Grupo Generico de Gastos y MORDAZA de Financiamiento de acuerdo a los reportes que forman parte de la ampliacion de Calendario de Compromisos del mes de MORDAZA del Ejercicio Fiscal 2003. Registrese y comuniquese. MORDAZA SHACK YALTA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 022-2003-EF/76.01 AMPLIACION DE CALENDARIO DE COMPROMISOS MORDAZA DE 2003
SECCIONES PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL RECURSOS ORDINARIOS RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS EN NUEVOS SOLES 130 277 711 52 524 190 9 248 121

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