Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2003 (10/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, martes 10 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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para el establecimiento de los reglamentos internos del proyecto; - tomar las disposiciones necesarias para garantizar la exoneracion de impuestos, derechos y tasas de los bienes, equipos, materiales e insumos adquiridos con cargo a la contribucion financiera de la CE, para el estricto empleo en las acciones definidas en el Convenio de Financiacion. - dar el apoyo necesario a los expertos europeos, reconociendoles el estatuto de expertos internacionales ONU y otorgarle la consecuente exencion de tasas e impuestos para importacion de sus efectos, vehiculos personales y sobre sus salarios; - permitir y facilitar a la CE y al Tribunal de Cuentas de la CE la inspeccion en cualquier momento, de los archivos y de las cuentas relacionadas con la ejecucion del presente convenio y la obtencion de copias. Tambien permitira a la CE o a la persona autorizada por la misma, proceder a la auditoria de dichas cuentas y archivos tanto durante como despues de la finalizacion del proyecto; - informar a la Comision sin demora, sobre cualquier condicion que interfiera o que pueda interferir en la buena ejecucion del Proyecto; - facilitar la instalacion, asegurar la representatividad y dinamizar el funcionamiento del Comite Consultivo, como organo de crucial importancia para el buen funcionamiento del programa, a nivel de su MORDAZA, operatividad, coordinacion intersectorial e interinstitucional y seguimiento. 2. Informacion Comunitaria El presente programa debera realizarse en condiciones que permitan, en todas las ocasiones la MORDAZA visibilidad de la cooperacion gestionada por la Comision de las Comunidades Europeas. La contraparte velara particularmente para evitar que pueda establecerse una confusion entre el presente programa y proyectos financiados por otros organismos internacionales y otros donantes, con el fin de asegurar la transparencia necesaria en la visibilidad de la cooperacion entre la Comunidad Europea y Peru. La MORDAZA importancia en la aplicacion de esta regla de conducta debera ser concedida en las manifestaciones, eventos y actos publicos organizados dentro del presente Programa, igualmente en la realizacion de todos los documentos con caracter publico u oficial en relacion con el Programa. Las realizaciones fisicas, los equipos y la documentacion utilizada en la realizacion de las acciones deberan llevar claramente el simbolo europeo (bandera MORDAZA con 12 estrellas amarillas) en la lengua oficial de los beneficiarios. La simbologia que identifique a la Comunidad sera de la misma dimension y entidad que la de los organismos participantes, en caso de figurar. Todas esas acciones seran concertadas en estrecha colaboracion con la Delegacion de la Comision. A fin de asegurar a la Cooperacion desarrollada por la Comunidad Europea la MORDAZA visibilidad, se realizaran acciones de relaciones publicas y de publicidad, para hacer conocer y valorizar el Proyecto. El plan de accion detallado de las actividades de divulgacion, relativo a este Proyecto sera sometido a la aprobacion de la Comision, MORDAZA la puesta en marcha del Proyecto. 3. Otros Proteccion del medio ambiente Quedara excluida del ambito de accion del proyecto toda actividad productiva que pudiera implicar danos irreversibles para el medio ambiente, asi como toda empresa que no respete la legislacion nacional vigente de proteccion del medio ambiente. Especial atencion a los aspectos de genero El Beneficiario se compromete a fomentar la integracion activa de la mujer, sin ningun MORDAZA de discriminacion, en las diferentes etapas del ciclo del

Proyecto, desde los procedimientos de seleccion del personal local hasta la realizacion y supervision de las actividades del Proyecto. MEMORANDUM DE ENTENDIMIENTO En el MORDAZA del MORDAZA de identificacion del "Proyecto de apoyo a la Modernizacion del Sector Salud y su Aplicacion en una Region del Peru", que la Comision Europea tiene intencion de financiar en el ambito de su programa de cooperacion con el Peru durante el ano 1997, se establece entre el Gobierno del Peru y la Comision Europea, el presente "Memorandum de entendimiento", que expresa los compromisos que acepta el Gobierno de Peru para alcanzar los objetivos que se propone el proyecto, asegurar su viabilidad, reducir los riesgos en su ejecucion y asegurar el autosostenimiento posterior. El proyecto trata de apoyar la aplicacion practica de la politica de salud del Gobierno de Peru, expresada en el documento "Lineamientos de politica de salud, 19952000"; En tal sentido, el proyecto incluye tanto el MORDAZA de desarrollo institucional del Ministerio de Salud a nivel central, necesario para conducir el MORDAZA de modernizacion, como la puesta en marcha de experiencias de reforma en una region de Peru. La colaboracion del Ministerio de Salud y del Gobierno de la Republica de Peru en su conjunto, resultan criticos para el buen fin del proyecto, debido a la necesidad de reformar los mecanismos de financiacion de los servicios sanitarios, asi como permitir nuevas formas de gestion de las instituciones que prestan servicios de salud. Este "Memorandum" pasa a integrar el dispositivo normativo a establecer en el "Convenio de Financiacion" y por ello las disposiciones acordadas y expresadas en este documento, que junto a las que estaran incluidas en dicho Convenio, constituyen el MORDAZA de las "Condiciones Especiales -Compromisos del Beneficiario", que soportan y viabilizan la realizacion del proyecto: 1. Los objetivos de la politica de salud exigen mantener los esfuerzos de financiacion publica realizados en los ultimos cuatro anos, al menos manteniendo la asignacion financiera actual en los presupuestos generales de la nacion para el sector de la salud, en relacion con la riqueza medida por el PIB; 2. Ademas, progresivamente se adoptaran politicas de distribucion del presupuesto sanitario que favorezcan a las regiones mas empobrecidas y con mayores necesidades basicas y de salud, corrigiendo las actuales inequidades existentes en el reparto del gasto sanitario; 3. El Ministerio de Salud seguira profundizando con el Ministerio de Economia y Finanzas (MEF) en la linea de flexibilizacion presupuestaria ya emprendida en el presente ejercicio presupuestal, y dotar de una mayor coordinacion e integracion a las MORDAZA de financiacion de la sanidad (transferencias del MEF a las Regiones, rubros presupuestales del Ministerio de Salud, programa verticales del Tesoro Publico y de financiacion externa, inversiones en infraestructura y equipamientos sanitarios del Ministerio de la Presidencia, y otros que pueda haber), con el fin de permitir una mejor programacion y financiacion de las politicas de redireccionamiento del gasto sanitario y un uso eficiente del mismo; 4. Se adoptara una politica tarifaria nacional que, si bien permita recuperar los costes de la atencion ofrecida en los establecimientos publicos, identifique efectivamente a la poblacion sin recursos, para acceder al paquete basico de servicios; 5. El Gobierno de Peru desarrollara y aprobara los instrumentos normativos necesarios para hacer posible la aplicacion practica del sistema de modernizacion de la salud disenados por el Ministerio de Salud. En particular: instrumentara normativamente los mecanismos de identificacion de usuarios a utilizar (en coordinacion con los programas de lucha contra la pobreza establecidos intersectorialmente y coordinados desde el Ministerio de la Presidencia) determinara el paquete de servicios basicos de salud para apoyar a la poblacion pobre, instrumentara la autonomia de gestion para las redes de servicios asistenciales que se proponen crear y se permitira la introduccion de incentivos para estimular la produc-

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