Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2003 (12/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 12 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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cobran por determinados servicios, tambien es verdad que estos tienen poca trascendencia en relacion al presupuesto general; Que es necesario levantar un inventario de los recursos directamente recaudados que genera la Policia Nacional del Peru, y verificar el destino de los ingresos que percibe, su asignacion y uso, asi como estudiar la factibilidad de incrementar las tasas policiales que actualmente se cobran e incorporar nuevas tasas; Que asimismo, es importante valorar los servicios que se prestan a entidades estatales y particulares, disenando mecanismos adecuados para que dichos servicios MORDAZA rentados o en todo caso para que se reponga el material o recursos utilizados en ellos; asi como disenar nuevas MORDAZA que generen otros ingresos o recursos a favor de la Policia Nacional; Lo establecido en la Ley del Poder Ejecutivo aprobada por Decreto Legislativo Nº 560, y en la Ley Organica del Ministerio del Interior aprobada por Decreto Legislativo Nº 370; y, Lo propuesto por la Secretaria Ejecutiva de la Comision Especial de Alto Nivel para la Modernizacion de la Policia Nacional del Peru, y con la visacion del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir una Comision Ejecutiva encargada de formular un plan institucional para la captacion y generacion de recursos para la Policia Nacional del Peru; integrada de la siguiente manera: - El Director Ejecutivo de Administracion de la PNP, quien la preside; - Un representante de la Oficina General de Administracion del MIN; - Un representante de la Oficina General de Planificacion del MIN; - Un representante del Gabinete de Asesores del MIN; - Un representante de la Asesoria Juridica del MIN; - Un representante de la Direccion de Economia y Finanzas PNP; - Un representante de la Asesoria Juridica de la Direccion General PNP; - Un representante del Comite de Asesoramiento de la Direccion General PNP; - Un representante de la Direccion del Estado Mayor General PNP; y, - Un representante de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Especial de Alto Nivel para la Modernizacion de la Policia Nacional. Articulo 2º.- La Comision presentara su Informe Final al Despacho Ministerial en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario siguientes a su instalacion, adjuntando los documentos de accion necesarios para la aprobacion y aplicacion de los instrumentos a que se refiere la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 11094

miento, Control, Apoyo, Coordinacion y Procuraduria Publica (TUPA-IN/ONPOL), Direccion General de Gobierno Interior (TUPA-IN/DGGI), Direccion General de la Policia Nacional del Peru (TUPA-IN/PNP), Direccion General de Migraciones y Naturalizacion (TUPA-IN/DIGEMIN) y Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil (TUPA-IN/ DICSCAMEC). CONSIDERANDO Que, la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la informacion consagrado en la Constitucion Politica del Peru; Que, de acuerdo con el MORDAZA de publicidad regulado en el articulo 3º de la mencionada Ley se presume que toda la informacion que posee el Estado es publica, salvo las excepciones expresamente previstas en la misma Ley; Que, el articulo 17º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica - Ley Nº 27806 ha sido modificado por el articulo 1º de la Ley Nº 27927, estableciendo: "El solicitante que requiera informacion debera abonar solamente el importe correspondiente a los costos de reproduccion de la informacion requerida. El monto de la tasa debe figurar en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de cada entidad de la Administracion Publica. Cualquier costo adicional se entendera como una restriccion al ejercicio del derecho regulado por esta Ley, aplicandose las sanciones correspondientes". Que, en consecuencia, es necesario modificar, en la parte pertinente, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a los Organos de Alta Direccion, Asesoramiento, Control, Apoyo, Coordinacion y Procuraduria Publica, Direccion General de Gobierno Interior, Direccion General de la Policia Nacional del Peru, Direccion General de Migraciones y Naturalizacion y Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municion y Explosivos de Uso Civil aprobado por los respectivos Decretos Supremos; Que, el articulo 36.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General establece las disposiciones concernientes a la eliminacion de procedimientos, requisitos o la simplificacion de los mismos, los cuales pueden ser aprobados por Resolucion Ministerial; Que, asimismo, en el articulo 38.5 de la MORDAZA legal acotada se establece que toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial; Estando a lo propuesto por la Oficina Sectorial de Planificacion y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el articulo 5º de la Ley Organica del Ministerio del Interior - Decreto Legislativo Nº 370; SE RESUELVE Articulo 1º.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a los Organos de Alta Direccion, Asesoramiento, Control, Apoyo, Coordinacion y Procuraduria Publica (TUPA-IN/ ONPOL), Direccion General de Gobierno Interior (TUPA-IN/ DGGI), Direccion General de la Policia Nacional del Peru (TUPA-IN/PNP), Direccion General de Migraciones y Naturalizacion (TUPA-IN/DIGEMIN), Direccion General de Control de Servicios de Seguridad, Control de MORDAZA, Municiones y Explosivos de Uso Civil (TUPA-IN/DICSCAMEC); suprimiendo derechos de tramitacion en el procedimiento o servicio administrativo Acceso a la Informacion. El administrado pagara unicamente el importe correspondiente a los costos de reproduccion de la misma. Articulo 2º.- Aprobar la descripcion del Procedimiento o Servicio Administrativo Acceso a la Informacion en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior de conformidad a lo establecido en los seis (6) anexos que se adjuntan y que forman parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

Modifican MORDAZA del Ministerio en lo relativo a Organos de Alta Direccion y otros, DICSCAMEC, DIGEMIN y las Direcciones Generales de la PNP y de Gobierno Interior
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0917-2003-IN-0301 MORDAZA, 4 de junio del 2003 Visto, el expediente mediante el cual la Directora General de la Oficina Sectorial de Planificacion eleva el proyecto de Resolucion Ministerial que modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior en lo relativo a los Organos de Alta Direccion, Asesora-

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