Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2003 (12/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, jueves 12 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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Designan Directora de la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo del Viceministerio de Comunicaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 443-2003-MTC/03
MORDAZA, 11 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27791, se aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determinandose su estructura organica basica, competencia y funciones; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del MTC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 041-2002MTC, contempla una Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo dentro de la estructura organica del Viceministerio de Comunicaciones, a cargo de un Director; Que, en consecuencia, es necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo; De conformidad con lo establecido en las Leyes Nºs. 27791 y 27594, Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a la economista MORDAZA Salardi Bramont en el cargo de Directora de la Oficina de Recaudacion y Soporte Operativo del Viceministerio de Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 11084

Que, segun lo dispuesto por el Articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 014-2003-MTC/12 del 16 de enero del 2003, es necesaria la expedicion del acto administrativo correspondiente para revocar el Permiso de Operacion otorgado; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- REVOCAR a solicitud de la compania el Permiso de Operacion de Aviacion Comercial para brindar Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, otorgado a MORDAZA UNION PERU S.A.. Articulo Segundo.- REVOCAR a solicitud de la compania el Permiso de Operacion de Aviacion Comercial para brindar Servicio de Transporte Aereo Especial, otorgado a MORDAZA UNION PERU S.A.. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto la Resolucion Directoral Nº 148-2002-MTC/15.16 del 25 de junio del 2002, y la Resolucion Directoral Nº 014-2003-MTC/12 del 16 de enero del 2003, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZAQUEN R. Director General de Aeronautica Civil 10981

Revocan permisos otorgados a MORDAZA Union Peru S.A. para prestar servicios de transporte aereo especial y no regular nacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 168-2003-MTC/12
MORDAZA, 2 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 148-2002MTC/15.16 del 26 de junio del 2002, y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de MORDAZA del 2002, se otorgo a MORDAZA UNION PERU S.A. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial para brindar el Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 26 de MORDAZA del 2002; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 014-2003MTC/12 del 16 de enero del 2003, y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de febrero del 2003, se otorgo a MORDAZA UNION PERU S.A. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Transporte Aereo Especial, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del 8 de febrero del 2003; Que, de acuerdo al Documento con Registro Nº 026610 del 20 de MORDAZA del 2003 MORDAZA UNION PERU S.A. solicita se revoquen sus Permisos de Operacion de Aviacion Comercial para brindar Servicio de Transporte Aereo Especial y Transporte Aereo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; Que, de lo MORDAZA senalado se desprende que para MORDAZA UNION PERU S.A. se constituye la causal de Revocacion de Permiso de Operacion senalada en el Literal k), Numeral 97.2, del Articulo 97º de la Ley de Aeronautica Civil - Ley Nº 27261; Que, segun lo dispuesto por el Articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 148-2002-MTC/12 del 26 de junio del 2002, es necesaria la expedicion del acto administrativo correspondiente para revocar el Permiso de Operacion otorgado;

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Aceptan renuncia de Juez Suplente del Duodecimo Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0236-2003-P-CSJL/PJ
MORDAZA, 9 de junio del 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por documentos presentados con fecha nueve de Junio del ano en curso la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formula renuncia al cargo de Juez Suplente del Duodecimo Juzgado de Trabajo de MORDAZA asi como al cargo Titular de Secretaria Judicial I; Que, para los efectos de la solicitud presentada la recurrente adjunta la conformidad expedida por el Area correspondiente de no adeudar firmas de planillas de haberes y/ o bonificacion jurisdiccional en la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la MORDAZA de No adeudar Libros en la Biblioteca de esta Corte, el Registro y Record de Medidas Disciplinarias expedidas por la Oficina de Control de la Magistratura asi como por la Oficina Distrital de Control de la Magistratura respectivamente, la certificacion de firma efectuada ante el Jefe de la Oficina de Administracion Distrital, el inventario de expedientes asignados al Despacho a su cargo y la respectiva credencial de Magistrado; asimismo solicita la exoneracion del tiempo a que se refiere el articulo ciento ochentiocho del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa; Que, habiendose cumplido con las formalidades de ley y de conformidad con lo dispuesto por el inciso b) del articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, en concordancia con los articulos 182º, 183º, 184º y 185º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento

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