Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2003 (12/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 12 de junio de 2003

encontraba abandonado y cerrado, no teniendo puesto de vigilancia alguno en la jurisdiccion; Que con fecha 19.FEB.2003, la referida empresa, comunica su domicilio fiscal en la MORDAZA de Chimbote en la Urb. Los Cipreces Mz. "T" Lt. 5 - MORDAZA Chimbote y un domicilio procesal en la MORDAZA de MORDAZA en Jr. MORDAZA Dolcci Mz."Q" Lt. 21- Urb. MORDAZA de MORDAZA - Chorrillos; Que, la DICSCAMEC con Oficio Nº 3366-2003-IN-1704/ 1.2 del 26.FEB.2003, solicita a la Delegacion DICSCAMEC -Chimbote, efectue una verificacion de local a las oficinas de la aludida Empresa de Vigilancia Privada, debiendo informar sobre el funcionamiento o la situacion del local: obteniendo como resultado que el local se encontraba cerrado y la empresa no estaba funcionando, luego de haberse constituido en tres oportunidades al mismo; Que, el Art. 203º, numeral 203.2, inciso 203.2.2, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que excepcionalmente cabe la revocacion de actos administrativos, con efectos a futuro. "Cuando sobrevenga la desaparicion de las condiciones exigidas legalmente para la emision del acto administrativo cuya permanencia sea indispensable para la existencia de la relacion juridica creada"; Que, de la documentacion que obra en los actuados se colige que a pesar que la EVP. SOCIEDAD DE SEGURIDAD PRIVADA CERPEN S.A., comunico la direccion donde debia estar funcionando el local de la misma; sin embargo se verifico que la empresa no viene funcionando y el local esta cerrado, lo que hace imposible mantener la relacion juridica creada con la R.D. Nº 1014-2002-IN-1704 del 30.MAY.2002, no pudiendo la DICSCAMEC cumplir con sus funciones de control de las actividades de Servicios de Seguridad Privada; Que, al no contar fisicamente la mencionada empresa, con un domicilio o local en la jurisdiccion del departamento de MORDAZA - Chimbote, que permita a esta cumplir con las obligaciones que le demanda el Reglamento de Servicios de Seguridad Privada, y la DICSCAMEC a traves de su delegado, con las funciones de control; habrian desaparecido las condiciones legalmente exigidas por el aludido Reglamento, las mismas que son indispensables para mantener la relacion juridica creada con la R.D. Nº 10142002-IN-1704, acto administrativo que de acuerdo a ley merece su revocacion Estando a lo solicitado y a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior, en el Informe Nº 2158-2003-IN-0204 del 21.ABR.2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- REVOCAR la R.D. Nº 1014-2002-IN-1704/ 1 del 30.MAY.2002, que renueva la Autorizacion de Funcionamiento de la EVP. SOCIEDAD DE SEGURIDAD PRIVADA CERPEN S.A., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Queda prohibida la citada empresa a seguir prestando servicios de seguridad privada en cualquiera de sus modalidades. Articulo 3º.- La empresa, en cumplimiento del Art. 83º del Reglamento de la Ley Nº 25054 aprobado por D.S. Nº 007-98-IN, modificado por D.S. Nº 010-2001-IN del 26.DIC.01, debera entregar las MORDAZA de su propiedad en calidad de deposito a la DICSCAMEC, en termino de sesenta (60) dias a partir de la vigencia de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 10916

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la R.M. Nº 01472003-IN-1701 del 10.FEB.2003. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0147-2003-IN1701 del 10.FEB.2003, se declara Infundado el Recurso de Apelacion interpuesto por la EVP. SERVICIOS INTEGRALES NACIONALES SAC., contra la Resolucion Directoral Nº 2384-2002-IN-1704 del 8.NOV.2002, que resuelve declarar Improcedente el Recurso de Reconsideracion, toda vez que los argumentos expuestos por la citada empresa no desvirtuan los fundamentos que dieron origen a la resolucion impugnada; Que, mediante escrito de fecha 17.MAR.2003, la EVP. SERVICIOS INTEGRALES NACIONALES SAC., interpone Recurso de Revision contra la Resolucion Ministerial Nº 0147-2003-IN-1701 del 10.FEB.2003, a fin de que se revise y reconsidere las medidas adoptadas contra dicha empresa; Que, el Art. 210º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que excepcionalmente hay lugar a recurso de revision, ante una tercera instancia de competencia nacional si las dos instancias anteriores fueron resueltas por autoridades que no son de competencia nacional; presupuesto que no se cumple en el presente caso, teniendo en cuenta que las resoluciones expedidas han sido aprobadas por autoridades con ambito de competencia a nivel nacional, por lo que el Recurso de Revision interpuesto deviene en Inadmisible; y, Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; en su Informe Nº 2031-2003-IN-0203 del 8.ABR.2003; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INADMISIBLE el Recurso de Revision interpuesto por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la EVP. SERVICIOS INTEGRALES NACIONALES SAC., contra la R.M. Nº 01472003-IN-1701 del 10.FEB.2003, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 10918

Aceptan renuncia de Directora de Sistema Administrativo I, Subdirector de la Unidad de Produccion Periodistica de la Oficina de Comunicacion Social del ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0951-2003-IN/0701
MORDAZA, 6 de junio del 2003 VISTA: La carta de Renuncia de fecha 30 de MORDAZA del 2003, mediante la cual la Subdirectora de la Unidad de Produccion Periodistica de la Oficina de Prensa de la Oficina de Comunicacion Social del Ministerio del Interior presenta renuncia al cargo; CONSIDERANDO:

Declaran inadmisible impugnacion interpuesta por empresa contra la R.M. Nº 0147-2003-IN-1701
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0942-2003-IN/1701
MORDAZA, 4 de junio del 2003 Visto, la solicitud de fecha 24.MAR.2003, relacionado con el Recurso de Revision interpuesto por el Sr. MORDAZA

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 2095-2002-IN del 22 de noviembre del 2002, se designo a la senorita MORDAZA Beczabeth MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Director de Sistema Administrativo I, Categoria F-2, Subdirector de la Unidad de Produccion Periodistica de la Oficina de Comunicacion Social del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 77º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM del 15 de enero de 1990, Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 370, Ley Organica del Ministerio del Interior y Articulo 3º de la Ley Nº 27594, que regula la participacion del Poder

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