Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2003 (30/03/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 30 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 241875

alojamiento y que previamente hayan manifestado su acuerdo. IIb) Becas de Estudio - La seleccion de los candidatos para ser propuestos para las becas de estudio sera efectuada cada ano, en cada uno de los Paises, por una Comision Mixta en la que participara por lo menos un representante de la Embajada del MORDAZA que ofrece las becas; - La lista de los candidatos pre-elegidos debe incluir tambien candidatos de reserva y debe ser presentada a la Embajada del MORDAZA que ofrece las becas dentro de los plazos que esta MORDAZA fijado, los candidatos que no MORDAZA incluidos en la mencionada lista no podran ser aceptados; - Los candidatos tendran que tener edad no superior a los 38 anos; cada una de las dos Partes notificara a la otra si los candidatos propuestos y sus planes de estudio hayan sido aceptados, e indicara ademas las Instituciones por las cuales han sido aceptados; - Los becarios no podran partir para el MORDAZA en el que se alojaran MORDAZA de haber recibido de la Embajada del MORDAZA que ofrece la beca una formal comunicacion sobre la fecha a partir de la cual puede tener lugar la partida. - La Parte italiana ofrecera a los becarios peruanos: a) una cantidad mensual no menor a MORDAZA 619.75 netos; b) un seguro contra accidentes y enfermedades, excepto enfermedades previas y protesis dentales. - La Parte peruana se reserva tambien de comunicar, a traves de las vias diplomaticas, anualmente las modalidades de caracter financiero de las becas que ofrecera a ciudadanos italianos. IIc) Intercambio de muestras Considerando lo establecido en el punto 5.9, durante el intercambio de muestras, la parte que envia ofrecera, por las vias diplomaticas, los datos tecnicos relativos a la organizacion de los eventos, con un considerable periodo de anticipacion con relacion a la inauguracion de la muestra. Las Partes establecen las siguientes condiciones financieras para el intercambio de muestras: A) La Parte que envia tendra a su cargo: - los gastos de seguro del material expositivo "de MORDAZA a clavo"; - los gastos de embalaje y de transporte hasta la primera sede expositiva, y aquellos desde la MORDAZA sede de la muestra hasta la sede de partida del material; - los gastos para la preparacion del material destinado al catalogo de la muestra;

- los gastos relativos al viaje de los expertos que acompanen la muestra. B) La Parte que recibe tendra a su cargo: - los gastos de transporte de la muestra entre las distintas sedes de exposicion en el interior de su propio territorio; - los gastos locales de organizacion y de publicidad de la muestra, incluidos aquellos derivados de la publicacion del catalogo; - los gastos relativos a la estadia de los expertos que acompanen la muestra. El numero de los expertos que acompanen la muestra y la duracion de su estadia seran establecidos por las vias diplomaticas; - En caso que el material MORDAZA sido danado, el MORDAZA que recibe debera transmitir al MORDAZA que envia toda la documentacion relativa a los danos. Los gastos de tasacion de los danos estan a cargo del MORDAZA que recibe. En ningun caso pueden ser efectuadas restauraciones sin la expresa autorizacion del MORDAZA que envia. IId) Cine y espectaculos en vivo Los gastos relativos a la organizacion de las resenas cinematograficas y de eventos musicales, teatrales y de danza seran concordados, cada vez, entre las Partes en base a la disponibilidad financiera y a las modalidades economicamente mas ventajosas para las mismas Partes, y tambien de acuerdo a los procedimientos internos de cada Pais. IIe) Tutela de obras y personas Las obras literarias artisticas, musicales, dramaticas, liricas, folcloricas, cinematograficas, radiofonicas, televisivas, y las otras obras de naturaleza analoga protegidas por la legislacion sobre la propiedad intelectual de una de las Partes contratantes, gozaran en el territorio de la otra Parte de la proteccion que la legislacion de esta MORDAZA concede a este MORDAZA de obras, sin perjuicio con relacion a todo lo establecido en los Acuerdos o Convenios Internacionales que las dos Partes hayan suscrito. IIf) Las Partes contrayentes ofreceran el tratamiento mas favorable, compatible con las respectivas legislaciones, a las personas o grupos que se encuentren en el otro MORDAZA para misiones o actividades encuadradas en el presente Protocolo Cultural, tanto para lo que se refiere a la entrada, a la permanencia o a la salida de las personas como a la importacion temporal de los objetos necesarios para cumplir la mision o la actividad. 05892

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- MORDAZA Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe.

LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.