Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2003 (30/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de marzo de 2003

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Autorizan contratar el servicio de seguros mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO N° 17
Miraflores, 25 de marzo del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Miraflores, es un organo de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, con autonomia politica, economica y administrativa de acuerdo a lo dispuesto por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante MORDAZA de seleccion de Concurso Publico Nº 002-2001-CE/MM - Primera Convocatoria, cuyo objeto fue seleccionar y contratar a una compania de seguros, se otorgo la Buena Pro al Consorcio ROYAL & SUNALLIANCE SEGUROS FENIX - ROYAL & SUNALLIANCE MORDAZA, suscribiendose el respectivo Contrato de Programa de Seguros por el periodo del 31 de enero al 31 de diciembre del ano 2002, emitiendose a favor de la Municipalidad de Miraflores, las siguientes Polizas de Seguros: - Poliza contra Incendio a Todo Riesgo. - Comprensivo 3-D. - Vehiculos (Dano propio y responsabilidad civil, para la flota liviana y algunos vehiculos de la flota pesada). - Vehiculos (Responsabilidad civil, para la flota pesada). - Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA (SOAT). - MORDAZA Ley, D. Leg. Nº 688 - Obreros (personal estable). - MORDAZA Ley, D. Leg. Nº 688 - Empleados. (personal estable). Que, posteriormente, el citado contrato fue MORDAZA hasta por el 30% adicional al monto del contrato original y prorrogado hasta el 31 de marzo de 2003, en merito a la Addenda suscrita con fecha 23 de diciembre de 2002, de conformidad con el Articulo 141º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, a traves de la Resolucion Directoral Nº 029-2003-DM/ MM de fecha 14 de marzo de 2003, se designo a los miembros titulares y suplentes del Comite Especial encargado de la conduccion del Concurso Publico Nº 002-2003-CE/MM destinado a la contratacion del Servicio de Seguros para el presente Ejercicio, de acuerdo a lo contemplado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2003, aprobado por Resolucion Directoral Nº 001-2003-DM/MM de fecha 10 de enero de 2003. Las polizas a contratarse mediante dicho Concurso Publico son las siguientes: - Poliza contra Todo Riesgo de Incendio y Lineas Aliadas. - Poliza 3-D. - Poliza de Vehiculos. - Poliza SOAT. - Poliza de MORDAZA Ley D. Leg. Nº 688. Que, el Comite Especial del Concurso Publico Nº 002-2003CE/MM ha elaborado las Bases correspondientes, por lo que de acuerdo con el calendario del referido MORDAZA de seleccion, la convocatoria se encuentra programada para el 23 de marzo de 2003 y la Buena Pro seria otorgada recien el 8 de MORDAZA de 2003, por lo que considerando el plazo de consentimiento de dicho acto y el plazo para la firma del contrato respectivo, este recien tendria vigencia a partir del 31 de MORDAZA de 2003, fecha que excede largamente del plazo de ejecucion y/o vencimiento del Contrato de Programa e Seguros suscrito con el Consorcio ROYAL & SUNALLIANCE SEGUROS FENIX - ROYAL & SUNALLIANCE VIDA; siendo por ello, inminente la posibilidad de que la Municipalidad de Miraflores no cuente con dicho servicio esencial durante un periodo de tiempo con-

siderable, con las consecuencias negativas que tal situacion implica, toda vez que los bienes patrimoniales de nuestra Entidad (locales, mobiliario, equipos de computo, automoviles, etc.) deben estar amparados por las polizas de seguros correspondientes, ante la eventualidad de un siniestro o contingencia que afecte la prestacion de servicios a cargo de esta Municipalidad o el desarrollo de las labores, principalmente en lo que se refiere a la atencion de los vecinos y contribuyentes, asi como el personal estable de Serenazgo y el personal obrero permanente con la Poliza de MORDAZA Ley (Decreto Legislativo Nº 688); Que, debe tenerse que oportunamente la Administracion Municipal anterior debio llevar a cabo el MORDAZA de seleccion de Concurso Publico correspondiente que garantizara la prestacion del Servicio de Seguros en el presente ejercicio. Sin embargo, al asumir la actual Administracion Municipal a partir del 2 de enero de 2003, esta se dio con la sorpresa de que dicha gestion no fue realizada en su oportunidad por motivos que no se han informado oficialmente; lo cual constituye una situacion extraordinaria e imprevisible que compromete en forma directa la continuidad del Servicio de Seguros, ademas de que dicha omision estuvo fuera del ambito del poder de decision de la actual Administracion Municipal, debiendo por ello necesariamente evaluar la situacion encontrada y realizar todos los actos preparativos previos para la convocatoria del MORDAZA de Concurso Publico Nº 002-2003-CE/MM; Que, conforme a lo informado por la Unidad de Abastecimientos mediante Informe Nº 096-2003-UA-OAF/MM y por la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 3372003-OAJ/MM, es necesario declarar en Situacion de Urgencia el Servicio de Seguros, exonerando su contratacion del MORDAZA de Concurso Publico correspondiente; y en tal sentido, se autorice la realizacion de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para la contratacion del mencionado servicio, por un valor referencial total de US$ 16,000.00 y por el periodo del 31 de marzo al 31 de MORDAZA de 2003, en tanto dure y se culmine el MORDAZA de seleccion de Concurso Publico Nº 002-2003-CE/MM, con cargo a ser financiado con otros impuestos municipales, en concordancia con los Articulos 19º, 20º y 21° del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM); Que, el Articulo 21º del Decreto Supremo N° 012-2001PCM, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 20º de la MORDAZA MORDAZA senalada, las exoneraciones de los procesos de Concurso Publico, se realizan en los gobiernos locales, mediante Acuerdo del Concejo Municipal; De acuerdo a las facultades conferidas por la Ley N° 23853, el Concejo por Mayoria, y con dispensa de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Seguros; exonerandola del MORDAZA de Concurso Publico. Articulo Segundo.- Autorizar la realizacion de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para la contratacion del Servicio de Seguros; hasta por un monto referencial total de US$ 16,000.00 (Dieciseis Mil y 00/100 Dolares Americanos), financiados con otros impuestos municipales, por el periodo del 31 de marzo al 31 de MORDAZA de 2003, en tanto se culmine con el MORDAZA de seleccion de Concurso Publico Nº 002-2003-CE/MM. Articulo Tercero.- Disponer que el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, sera conducido por el Comite Especial que debera ser designado para tal efecto, conforme al Articulo 34º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM que aprueba el Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Oficial y remitir MORDAZA del mismo y el informe que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06149

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