Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2003 (30/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de marzo de 2003

ciones y Contrataciones que debe prever el MORDAZA de bienes y servicios en general, consultoria y ejecucion de obras en base a sus metas indicando prioridades; Que, de conformidad con los articulos 5º, 6º y 6º del acotado dispositivo legal establece que el Plan Anual minimamente debe contener: las Licitaciones Publicas, Concursos Publicos y Adjudicaciones Directas; el resumen de las especificaciones tecnicas de los bienes, servicios u obras a adquirir o contratar, los niveles de centralizacion y desconcentracion de la facultad de adquirir y contratar, y las fechas probables de las convocatorias de los procesos de seleccion; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, ha sido formulado por la Subgerencia de Administracion de la Gerencia Subregional - Chota en concordancia con las actividades estrategicas y operativas para el ano 2003, aprobadas en sesion conjunta con participacion de los Responsables de las Subgerencias de Administracion, Planificacion y Operaciones; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, Estando a lo solicitado, a lo actuado y contando con el visto MORDAZA de las Subgerencias de Administracion, de Planificacion, de Operaciones y a lo dispuesto en la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, lo establecido por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion y Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales y en uso a las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 002-2003-RECAJ-CAJ/P; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Gerencia Subregional - Chota, para el ano 2003, con efectividad al 30 de diciembre del 2002. Y, que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Subgerencia de Administracion de la Gerencia Subregional - Chota efectue la publicacion y difusion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado por el articulo precedente de conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Articulo 3º.- Publiquese la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del articulo 7º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA YDROGO Gerente Subregional 06102

men como referencia la UIT, dado que ello conlleva a la generacion de indexaciones automaticas que incrementan el gasto publico que no cuenta con el financiamiento correspondiente, por lo que dichos conceptos deben ser establecidos en montos fijos dinerarios; Que, mediante Oficio Nº 497-2003-GRL-GRPPAT/SGP, de fecha 12 de marzo del 2003, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, pone en conocimiento el Oficio Nº 331-2003-EF/76.15 remitido por el Director General de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, y solicita al Consejo Regional la modificacion del articulo 25º del Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA aprobado mediante Ordenanza Nº 001 de fecha 2 de enero del 2003, sobre la remuneracion del Presidente y Vicepresidente Regional; Que, el Decreto Legislativo Nº 847 de fecha 24 de setiembre de 1996, dispone que las escalas remunerativas y reajustes de remuneraciones, bonificaciones, beneficios y pensiones del Sector Publico se aprueben en montos de dinero. Asimismo, en su articulo 1º senala que las remuneraciones, bonificaciones, beneficios, pensiones y, en general, toda cualquier retribucion por cualquier concepto de los trabajadores y pensionistas de los organismos y entidades del Sector Publico, excepto gobiernos locales y sus empresas, asi como los de la actividad empresarial del Estado, continuaran percibiendose en los mismos montos en dinero recibidos actualmente; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902, concordante con el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-CR/RL, y con el MORDAZA por mayoria de los senores Consejeros; SE ACUERDA: Articulo Primero.- MODIFICAR el articulo 25º del Reglamento Interno del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 001, en lo referente a la Remuneracion Mensual del Presidente y Vicepresidente Regional, por lo que SE APRUEBA que la Remuneracion Mensual del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA es el monto de VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27,900.00), y la Remuneracion Mensual del Vicepresidente del Gobierno Regional de MORDAZA es el monto de VEINTIUN MIL SETECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 21,700.00). Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Oficina Regional de Administracion y a la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos, dar cumplimiento al acuerdo adoptado conforme a la competencia de cada area. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria del Consejo Regional la publicacion del presente Acuerdo de Consejo Regional, en el Diario Oficial El Peruano, disponiendo su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA 06174

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban modificacion del Art. 25º del Reglamento Interno del Gobierno Regional
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 027-2003-GRL
Iquitos, 17 de marzo del 2003 VISTO, en Sesion Ordinaria de fecha 17 de marzo del 2003, la modificacion del articulo 25º del Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 001 de fecha 2 de enero del 2003, sobre la remuneracion del Presidente y Vicepresidente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 331-2003-EF/76.15, de fecha 12 de marzo del 2003, el Director General de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas indica que con respecto a la aprobacion de remuneraciones que toman como base la UIT efectuada por algunos Gobiernos Regionales, es pertinente recordar que en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 847, no esta permitido establecer montos de remuneraciones que to-

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanza que aprobo Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 316
MORDAZA, 29 de noviembre de 2002 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA

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