Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2003 (30/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, MORDAZA 30 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, con Ordenanza Nº 051-MDEA del 23-7-99, se modifica el articulo 1º de la Ordenanza Nº 028-MDEA, prohibiendose la circulacion de vehiculos de alto tonelaje en toda la extension de las avenidas MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mariategui, Las Magnolias y por los jirones Chiquian, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y la MORDAZA MORDAZA Ugarte de la urbanizacion San MORDAZA del distrito de El MORDAZA, asi como de los vehiculos de transporte publico, que no se encuentren debidamente autorizados por la autoridad competente; Que, la Municipalidad ha recepcionado sendos memoriales de los pobladores de los jirones MORDAZA y Los MORDAZA de nuestro distrito, por la circulacion de vehiculos de alto tonelaje, asi como de vehiculos de transporte publico, situacion que ha devenido en el MORDAZA deterioro de las pistas, congestionamiento vehicular, ademas del mal uso de estas vias por parte del transporte pesado para evitar el pago de peaje, situacion que es menester tener en cuenta y por tanto ampliar los alcances del Articulo Primero de la Ordenanza MORDAZA aludida; Por tanto, estando a lo expuesto en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, por MORDAZA unanime el Concejo Municipal, aprueba la presente: ORDENANZA Articulo 1º.- Incluir en los alcances del articulo 1º de la Ordenanza Nº 051 del 23-7-1999 de esta Municipalidad, la prohibicion de circulacion de MORDAZA pesado y/o de alto tonelaje por los jirones MORDAZA y Los Algarrobos de la jurisdiccion del distrito de El MORDAZA, asi como del transporte publico, que no este autorizado por la autoridad competente. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA de esta Municipalidad el cumplimiento de la presente Ordenanza, debiendo coordinar acciones con la Autoridad Policial del distrito de El MORDAZA, para su cumplimiento, asi como la elaboracion de la propuesta de sanciones de acuerdo a Ley, para los conductores que incumplan con la senalada ordenanza prohibitiva de circulacion de transporte pesado. Articulo 3º.- La Secretaria General del Concejo transcribira el contenido de la presente ordenanza a la Secretaria Municipal de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para los fines consiguientes, disponiendo su publicacion por el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06151

Por tanto, estando a lo expuesto en uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, por votacion unanime y con dispensa de aprobacion de acta; ACUERDA: Articulo 1º.- Declarar en Reorganizacion Administrativa y Reestructuracion Organica, todas las Instancias Administrativas Funcionales y de Personal de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Articulo 2º.- Establecer que el plazo para efectuar los trabajos MORDAZA aludidos es de 60 dias calendario, contados a partir de la fecha. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Municipal la elaboracion de la propuesta de reorganizacion administrativa y organica de esta Municipalidad, asi como de las acciones para su modernizacion. Articulo 4º.- Igualmente la Direccion Municipal, debera proponer la modificacion de documentos de gestion como son el Reglamento de Organizacion y Funciones, Manual de Organizacion y Funciones, Cuadro de Asignacion de Personal, Texto Unico de Procedimientos Administrativos y Otros. Articulo 5º.- Concluido el MORDAZA de reorganizacion, la Direccion Municipal procedera a la redistribucion de los espacios fisicos que ocuparan las dependencias en los locales de la Municipalidad. Articulo 6º.- Dejar sin efecto cualquier disposicion anterior que se oponga al presente Acuerdo. Articulo 7º.- Disponer que la Secretaria General del Concejo publique el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06147

MUNICIPALIDAD DE LURIN
Establecen remuneracion de MORDAZA distrital y monto de dieta de regidores para el Ejercicio Fiscal 2003
ACUERDO DE CONCEJO Nº 029-2003/ML
Lurin, 26 de marzo del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LURIN POR CUANTO: Visto en Sesion Extraordinaria celebrada en la fecha; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 en su articulo 21º modificado por el Art. 1º de la Ley Nº 26317, establece que los Alcaldes y Regidores son rentados; Que, las labores ejecutivas del gobierno municipal en su mas alto nivel corresponden al MORDAZA, siendo este un trabajo a dedicacion exclusiva, de intensiva responsabilidad en la administracion y conduccion integral de la Municipalidad para la prestacion de servicios en bien de la comunidad, por lo que la remuneracion debe guardar relacion con el desarrollo de tales funciones; Que, asimismo el MORDAZA y Regidores son autoridades politicas elegidas por voluntad popular y como tales su funcion es velar por el bienestar y el desarrollo integral de los vecinos de la jurisdiccion a la que representan; Que, el compromiso MORDAZA citado demanda la dedicacion permanente por parte de las autoridades referidas precedentemente en todos los ambitos del quehacer municipal; Que, el distrito de Lurin, es una circunscripcion con caracteristicas singulares, a decir su gran extension geografica, su numero de poblacion; y tales condiciones hacen necesario que las autoridades de este distrito redoblen aun mas sus esfuerzos a fin de lograr los objetivos de desarrollo integral y bienestar general del pueblo de Lurin; Que, las consideraciones MORDAZA expuestas justifican fijar en un monto prudente y acorde con sus responsabilidades, la remuneracion del senor MORDAZA y el monto de la dieta por asistencia efectiva de los Regidores a cada Sesion de Concejo; Que, si bien la percepcion de la dieta esta sujeta a dicha condicion legal, la labor de los senores Regidores no

Declaran en reorganizacion administrativa y reestructuracion organica a la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-A-2003-SEGE-06-MDEA
El MORDAZA, 28 de enero de 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL MORDAZA VISTO.- En Sesion Ordinaria del 28 de enero del ano 2003, el Informe Nº 07-2003-DIMU-MDEA, presentado por el Director Municipal al senor MORDAZA, sobre la necesidad de reorganizar la estructura organica y administrativa de la Municipalidad de El Agustino; CONSIDERANDO: Que, el Inc. 1) del articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru concordante con el Inc. 1) del articulo 10º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son competentes para acordar su Regimen de Organizacion y Funciones; Que, la actual estructura organica de esta comuna, no permite el logro de los objetivos politicos-sociales planteados por la Alcaldia, ni cuenta con la suficiente modernidad y eficiencia que la poblacion de El MORDAZA espera de su Gobierno Local, impidiendo de esta manera que la Municipalidad cumpla con el rol de promotor de desarrollo que establece la Constitucion Politica del Peru y demas Leyes conexas, por lo que se hace necesario su revision y/o reestructuracion adecuandola a la Nueva Administracion 2003 - 2006;

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