Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2004 (25/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 25 de febrero de 2004

MORDAZA, Jueces del Primer y Noveno Juzgado Laboral de MORDAZA, asuman, durante el MORDAZA periodo vacacional, solamente los Despachos de los Juzgados a su cargo, dejandose sin efecto las alternancias dispuestas mediante Resolucion Administrativa Numero 070-2004-P-CSJL/PJ respecto del 2º Juzgado Laboral de Lima. Articulo Cuarto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion y de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los magistrados interesados. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 03874 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 082-2004-P-CSJL/PJ MORDAZA, 24 de febrero del 2004 VISTAS: Las solicitudes presentadas por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Provisional de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel y por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Decimo Primer Juzgado Penal de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la solicitud de vista el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Provisional de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel, solicita su programacion para el goce del descanso vacacional correspondiente al MORDAZA periodo programado por el Consejo Ejecutivo del Poder, esto es, del dos al treintiuno de marzo del ano en curso; Que, para los efectos del pedido formulado, el recurrente senala que al vencimiento de la programacion del primer periodo vacacional (primero de marzo del presente) ha acumulado mas de un ano y seis meses de labor efectiva, correspondiendole el goce de su derecho vacacional; Que, revisada la documentacion presentada se advierte que si bien el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue reincorporado en condicion de Juez Titular a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, via accion de MORDAZA, con fecha nueve de MORDAZA del ano dos mil tres, tambien lo es que, el referido magistrado al tiempo de su cese como Juez Titular, habia acumulado un periodo de vacaciones que sumado al presente alcanza a cubrir el periodo exigido por ley para la programacion del derecho vacacional correspondiente; Que, siendo esto asi, y habiendose indicado en el MORDAZA considerando de la Resolucion Administrativa Nº 0702004-P-CSJL/PJ de fecha dieciocho de febrero ultimo que, en el caso especifico de aquellos magistrados reincorporados al cargo por Accion de MORDAZA, se debera tener en cuenta, que al computo del record de labor efectiva requerido y exigido por ley, se debera adicionar los dias trabajados con anterioridad al cese o no ratificacion decretado, ello en consideracion a que el fin de las Acciones de Garantia es el de reponer las cosas al estado anterior a la violacion o amenaza de violacion de un derecho constitucional, razon por la cual resulta necesario para este Despacho emitir las disposiciones administrativas pertinentes; Que, por otro lado, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Decimo Primer Juzgado Penal de MORDAZA, conforme a la informacion proporcionada por la Oficina de Personal de esta Corte Superior, ha venido prestando servicios dentro de este Distrito Judicial desde el ano 1988, manteniendose desde la referida fecha dentro de los alcances del Regimen Laboral del Sector Publico, regulado por el Decreto Legislativo Nº 276, indicandose ademas que al tener continuidad de vacaciones y no haber variado de regimen laboral le corresponde efectivizar su descanso vacacional en el presente ano judicial;

Que, por lo expuesto y siendo atendible la solicitud planteada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se debera programar sus vacaciones dentro del MORDAZA periodo establecido, esto es, del 2 al 31 de marzo del presente ano; Que, estando a lo expuesto en los articulos 207º, 208º y de mas pertinentes de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y estando a la facultad conferida por los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR Fundada la solicitud planteada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vocal Provisional de la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel, debiendose proceder, consecuentemente, a la programacion del descanso vacacional correspondiente al presente ano judicial, del 2 al 31 de marzo del 2004, quedando conformada la Sala Penal referida, por el periodo en mencion, de la siguiente manera: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

Articulo Segundo.- DECLARAR Fundada la solicitud cursada por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Decimo Primer Juzgado Penal de MORDAZA, debiendose, proceder, consecuentemente, a la programacion de su descanso vacacional correspondiente al presente ano judicial, del 2 al 31 de marzo del 2004, disponiendose en cuanto al funcionamiento de los Juzgados para Procesos Sumarios con reos libres durante el MORDAZA periodo vacacional, lo siguiente: Dr. MORDAZA MORDAZA Avanzini, Juez del 21º Juzgado Penal de MORDAZA, debera asumir ademas el Despacho del 11º Juzgado Penal de MORDAZA, del 2 al 31 de marzo, estando a las vacaciones del Dr. MORDAZA MORDAZA Acevedo. Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del 31º Juzgado Penal de MORDAZA, debera asumir ademas el Despacho del 6º Juzgado Penal de MORDAZA, del 2 al 31 de marzo, estando a las vacaciones del Dr. MORDAZA MORDAZA Davila. Articulo Tercero.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Oficina de Administracion Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y de los magistrados interesados. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 03872

Disponen que magistrada asuma despacho del 14º Juzgado Laboral de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 083-2004-P-CSJL/PJ MORDAZA, 24 de febrero del 2004 VISTA: La solicitud presentada por la doctora ELICEA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del 10º Juzgado Laboral de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vista la doctora Elicea MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del 10º Juzgado Laboral de MORDAZA, solicita se designe un Juzgado distinto del cual MORDAZA es titular a efectos de que asuma el Despacho del 14º Juzgado Laboral de MORDAZA, atendiendo a que mediante Resolucion

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