Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2004 (13/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, miercoles 13 de octubre de 2004 -

NORMAS LEGALES

Pag. 278151

FUERZA AEREA Oficiales de MORDAZA Especialistas y Oficiales de Servicios.

C)

En atencion a su condicion en el servicio: Oficiales efectivos. Oficiales asimilados. CAPITULO IV CATEGORIA

Division, Vicealmirante o MORDAZA General treinta y un (31) anos de servicios reales y efectivos. Para los Oficiales de Servicios procedentes de universidades, para el ascenso a MORDAZA o Capitan de Navio se requiere un minimo de veinte (20) anos de servicios reales y efectivos. Para el ascenso a General de Brigada, Contralmirante o Mayor General veinticinco (25) anos de servicios reales y efectivos. Articulo 8º.- Efectividad en el grado militar y asimilacion Los Oficiales procedentes de las Escuelas de Formacion de las Instituciones Armadas, tienen la condicion de Oficiales Efectivos al obtener el Despacho. Los Oficiales procedentes de universidades, se incorporan en la condicion de Oficiales Asimilados, sin derecho sobre el grado; conservan los atributos de este, unicamente mientras desempenan sus funciones. El tiempo minimo de servicios requeridos para la asimilacion es de dos (2) anos en la respectiva Institucion Armada, al cabo de los cuales, se otorga la efectividad en el grado, o se cancela la asimilacion, de conformidad con la normativa sobre la materia. Los Oficiales asimilados, al MORDAZA en el servicio tienen derecho a la compensacion prevista en la Ley sobre la materia. Articulo 9º.- Caracter MORDAZA del grado militar El grado militar conferido a los Oficiales de las Instituciones Armadas tiene caracter vitalicio. Unicamente puede ser retirado por sentencia judicial consentida y ejecutoriada. Articulo 10º.- Del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y del Comandante General de la respectiva Institucion Armada El General de Division del Ejercito, el Vicealmirante de la MORDAZA de MORDAZA, el MORDAZA General de la Fuerza Aerea, en situacion de actividad, que sea designado Jefe del Comando Conjunto o Comandante General de su Institucion Armada ostentara la denominacion de General de Ejercito, MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA o General del Aire, respectivamente, otorgandoseles los distintivos correspondientes. Las denominaciones previstas en el parrafo precedente son ejercidas unicamente con fines de representatividad. No constituye grado en la jerarquia militar. No implica mayor remuneracion o beneficio adicional alguno al percibido por los Generales de Division, Vicealmirantes y Tenientes Generales de la respectiva Institucion Armada. Los Oficiales Generales y/o Almirantes que MORDAZA nombrados como Jefe del Comando Conjunto y Comandantes Generales de las Instituciones Armadas, ejercen la funcion por un periodo no mayor de dos (2) anos. En caso de cumplir los treinta y cinco (35) anos de servicios como Oficial durante el ejercicio de cualquiera de los cargos senalados en el parrafo precedente, pasan a la situacion de retiro. CAPITULO VI TITULO PROFESIONAL Articulo 11º.- Grado academico y Titulo profesional Las escuelas de formacion de Oficiales de las Fuerzas Armadas otorgan el grado academico de bachiller a nombre de la Nacion al termino de su formacion academica. Las exigencias para la opcion de MORDAZA academicos y titulos se rigen por la Ley Universitaria y la legislacion sobre la materia. Los citados MORDAZA y titulos son equivalentes a los expedidos por el sistema universitario. CAPITULO VII ANTIGUEDAD, PRECEDENCIA Y EQUIVALENCIAS Articulo 12º.- Antiguedad y precedencia La antiguedad es la permanencia en el servicio o en el desempeno de un empleo que constituye la prelacion existente entre los Oficiales de cada una de las Instituciones Armadas y entre estas, en atencion a los criterios contenidos en el presente articulo, con sustento en el tiempo de servicios reales y efectivos prestados por el Oficial a partir de la fecha de haber sido conferido el grado militar.

Articulo 4º.- Categoria Es el nivel, en la escala jerarquica establecida por las leyes de las Instituciones Armadas, que agrupa MORDAZA de la MORDAZA militar, para el tratamiento respectivo de los Oficiales de las Fuerzas Armadas. Las categorias de los Oficiales para la MORDAZA militar son: A) Oficiales Generales y Almirantes B) Oficiales Superiores C) Oficiales Subalternos CAPITULO V GRADO MILITAR Articulo 5º.- Grado militar y Despacho El Grado militar es el derecho que se le concede al Oficial y que establece una ubicacion dentro de la categoria correspondiente en la escala jerarquica establecida en la Ley de la Institucion Armada respectiva, de conformidad a lo prescrito por la Ley de Ascensos de las Fuerzas Armadas. El Grado militar se acredita con el Despacho otorgado a nombre de la Nacion: A) Por el Presidente de la Republica, mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa, para Oficiales Generales y Almirantes, a propuesta de su respectiva Institucion Armada. B) Por el Ministro de Defensa, mediante Resolucion Ministerial, para Oficiales Superiores, a propuesta de su respectiva Institucion Armada. C) Por el Comandante General, mediante Resolucion de Comandancia General, para Oficiales Subalternos. Articulo 6º.- Atribuciones al grado militar Son atribuciones inherentes al grado: los MORDAZA, tratamiento, preeminencias, remuneraciones y demas beneficios determinados por la ley sobre la materia. El grado en la situacion de actividad otorga derecho al mando y al empleo, obligando a su ejercicio. Articulo 7º.- Tiempo minimo de servicios en el grado militar El numero minimo de anos de servicio en cada grado militar, requerido para el ascenso al grado inmediato superior es el siguiente:
Subteniente, MORDAZA de Fragata o MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA Capitan o MORDAZA Primero Mayor o Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA, Capitan de Fragata o Comandante MORDAZA o Capitan de Navio General de Brigada, Contralmirante o Mayor General General de Division, Vicealmirante o MORDAZA General 4 anos 4 anos 4 anos 5 anos 5 anos 5 anos 4 anos Hasta cumplir 35 anos de ser vicios.

Para el ascenso a MORDAZA o Capitan de Navio se requiere un minimo de veintidos (22) anos de servicios reales y efectivos. Para el ascenso a General de Brigada, Contralmirante o Mayor General veintisiete (27) anos de servicios reales y efectivos, y para el ascenso a General de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.