Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2005 (20/02/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 287564

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 20 de febrero de 2005

Dejan sin efecto resolucion que otorgo Exequatur a Consul de la Republica de Colombia en la MORDAZA de Iquitos
RESOLUCION SUPREMA Nº 076-2005-RE MORDAZA, 18 de febrero de 2005 Vista la Resolucion Suprema Nº 112-2003-RE, del 13 de MORDAZA de 2003, que reconoce al senor MORDAZA MORDAZA Baquero Soler, como Consul de la Republica de Colombia en la MORDAZA de Iquitos; Vista la Nota Nº E. 001, de fecha 3 de enero de 2004, de la Embajada de la Republica de Colombia, mediante la cual se informa el termino de funciones del senor MORDAZA MORDAZA Baquero Soler, como Consul de la Republica de Colombia en la MORDAZA de Iquitos; Con la opinion favorable de la Direccion General de Asuntos Consulares, en el sentido que procede la cancelacion del Exequatur otorgado al senor MORDAZA MORDAZA Baquero Soler, mediante el cual se le reconoce como Consul de la Republica de Colombia en la MORDAZA de Iquitos; De conformidad con lo establecido en el articulo 118º, inciso 11, de la Constitucion Politica del Peru; y en el articulo 25º, incisos a y b, de la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 112-2003-RE, mediante la cual el Gobierno Peruano otorgo el Exequatur al senor MORDAZA MORDAZA Baquero Soler, como Consul de la Republica de Colombia en la MORDAZA de Iquitos. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 03926

De conformidad con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 27829 modificada por la Ley Nº 28210, y Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; DECRETA: Articulo 1º.- MODIFICACION Modifiquese las Definiciones contenidas en el Articulo 1º y el inciso b) del Articulo 7º del Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2004-VIVIENDA: Definiciones y Abreviaturas del Articulo 1º: "- Miembro (s): Persona natural asociada, afiliada o vinculada a una OP y que participa en el MORDAZA de postulacion al BFH en representacion o como integrante de su Grupo Familiar Postulante." "- Organizacion Postulante (OP): Asociacion de vivienda, asociaciones civiles u otras entidades con personeria juridica vigente que tenga incluido en su objeto social la promocion y desarrollo de programas de vivienda para sus asociados, afiliados o vinculados. La OP sera el titular de la postulacion, en representacion de sus CAPs." "- Postulacion Colectiva: La realizada a traves de una OP, la misma que ha de haber definido un proyecto de vivienda al cual aplicaran el BFH, el mismo que debera estar inscrito en el Registro de Proyectos de Vivienda del Proyecto Techo Propio. En Construccion en Sitio Propio el predio sobre el cual se ubicara la vivienda podra pertenecer al Grupo Familiar Postulante o a la OP. En Mejoramiento de Vivienda y la Postulacion Colectiva tambien podra realizarse a traves del promotor inmobiliario o la entidad tecnica. En la modalidad de Postulacion Colectiva, por lo menos uno de los miembros del Grupo Familiar Postulante que integra la CAP debera ser asociado a la OP, para el caso de Asociaciones. En la modalidad de adquisicion de vivienda nueva podran participar a traves de una OP, entidad tecnica o de promotores." "Articulo 7º.- Requisitos Minimos para la Postulacion Colectiva: (...) b) Presentar MORDAZA de la Escritura Publica de constitucion de la asociacion de vivienda, asociacion civil, promotor inmobiliario u otra entidad con personeria juridica que promocione o desarrolle programas de vivienda para sus asociados, afiliados y vinculados, a traves del cual se realice la postulacion. En mejoramiento de vivienda, el promotor inmobiliario o la Entidad Tecnica deben presentar los documentos que se senalen mediante Resolucion Ministerial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento". Articulo 2º.- INCORPORACION Incluyase en el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2004VIVIENDA, el siguiente articulo: "Articulo 14º.- Cambio de modalidad de postulacion Los postulantes al MORDAZA Familiar Habitacional que se hubieren presentado bajo la modalidad de postulacion individual, podran modificarla por la modalidad de postulacion colectiva, para lo cual presentaran al Fondo MIVIVIENDA el documento que acredite su condicion de asociado, afiliado o vinculado a una OP, entidad tecnica o promotor, segun corresponda y los demas requisitos que MORDAZA exigidos para dicha modalidad. Igual derecho asiste a los postulantes bajo la modalidad de postulacion colectiva que posteriormente manifiesten su voluntad de cambiar la modalidad por la de postulacion individual." Articulo 3º.- DISPOSICION TRANSITORIA Incluyase en el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional, aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2004-

VIVIENDA
Modifican el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional aprobado mediante el D.S. Nº 016-2004-VIVIENDA
DECRETO SUPREMO Nº 006-2005-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27829 modificada por la Ley Nº 28210 se creo el MORDAZA Familiar Habitacional (BFH) en el MORDAZA de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, destinado a promover el acceso de la poblacion de escasos recursos a la propiedad privada, que se otorga por una sola vez a los beneficiarios con criterio de utilidad publica, sin cargo de restitucion por parte de estos y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro, y de su esfuerzo constructor. El BFH se destinara exclusivamente a la adquisicion, construccion en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interes social; Que, por Decreto Supremo Nº 016-2004-VIVIENDA del 13 de setiembre de 2004, se aprobo el Reglamento del MORDAZA Familiar Habitacional (BFH), siendo necesario ampliar los alcances del articulo 1º en cuanto a la definicion de "Postulacion Colectiva", incorporando a los "vinculados" asi como en el Articulo 7º inciso b) del mencionado Reglamento, con la finalidad de facilitar a los beneficiarios definitivos la adquisicion de vivienda nueva, conjuntamente con un promotor inmobiliario;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.