Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2005 (02/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

5. Promover la cooperacion internacional para el adecuado financiamiento de los Programas y Proyectos asi como la capacitacion del personal encargado de la ejecucion de la Convencion. 6. Aprobar los Acuerdos o Convenios Internacionales, de caracter no administrativo, que se suscriban a nombre de la institucion. Articulo 4º.- El Ministerio de Relaciones Exteriores prestara el apoyo del caso a CONTRAMINAS, facilitando su infraestructura y logistica para sus operaciones. Articulo 5º.- De considerarlo pertinente, se podra establecer Oficinas Regionales de Desminado Humanitario bajo el mando de la Secretaria Tecnica de CONTRAMINAS. De existir Oficinas Regionales a la entrada en vigencia del presente Reglamento, estas pasaran inmediatamente a formar parte de CONTRAMINAS, bajo la administracion y supervision directa de su Secretaria Tecnica. Articulo 6º.- CONTRAMINAS, a traves de su Secretaria Tecnica, podra realizar coordinaciones con diferentes sectores tanto del ambito nacional como internacional, con el fin de alcanzar el cumplimiento de los objetivos propuestos por el Decreto Supremo. Articulo 7º.- CONTRAMINAS, como autoridad nacional en el tema de minas antipersonal, debera ser permanentemente informado de las acciones desarrolladas por los sectores nacionales, organismos internacionales de derecho internacional publico y no gubernamentales, asi como por el personal nacional como internacional vinculado. Para ello, se tendra en cuenta el esquema de "Flujo de informacion" que como Anexo I consta al final del presente Reglamento. TITULO II DE LA ORGANIZACION CAPITULO I DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 8º.- El Centro Peruano de Accion contra las Minas Antipersonal - CONTRAMINAS, esta integrado por dos organos: Un Consejo Ejecutivo y una Secretaria Tecnica. CAPITULO II DEL CONSEJO EJECUTIVO Articulo 9º.- Son funciones del Consejo Ejecutivo de CONTRAMINAS: 1. Aprobar el Plan Nacional de Accion Integral contra las Minas Antipersonal, asi como los programas y proyectos derivados de este; 2. Ejecutar el Plan Nacional de Accion Integral contra las Minas Antipersonal; 3. Aprobar el presupuesto de la institucion; 4. Aprobar las modificaciones o propuestas de normas legales vinculadas a CONTRAMINAS; 5. Efectuar el seguimiento del Plan Nacional de Accion Integral contra las Minas Antipersonal; 6. Aprobar los Acuerdos o Convenios Internacionales, de caracter no administrativo que se suscriban a nombre de la institucion. Articulo 10º.- Los integrantes a que se refiere el Decreto Supremo, seran designados y acreditados a CONTRAMINAS mediante la expedicion de una Resolucion Ministerial de su sector. Articulo 11º.- La Presidencia del Consejo Ejecutivo recaera en el representante del Ministerio de Relaciones Exteriores. En ausencia del Presidente, debera asumir en calidad de Presidente interino, el MORDAZA representante de ese sector. Articulo 12º.- El Consejo Ejecutivo celebrara dos Sesiones Ordinarias en el ano, convocadas por la Presidencia, a traves de comunicaciones oficiales remitidas con una anterioridad de quince dias, adjuntando la agenda del dia y la documentacion sobre la cual versara la sesion. Cuando las circunstancias lo ameriten, se podra celebrar Sesiones Extraordinarias a pedido de la Presidencia,

REGLAMENTO DEL CENTRO PERUANO DE ACCION CONTRA LAS MINAS ANTIPERSONAL (CONTRAMINAS) TITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- El presente reglamento MORDAZA la estructura, organizacion y funciones del Centro Peruano de Accion contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS). Articulo 2º.- El Centro Peruano de Accion contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS), es el ente encargado de proponer la politica de Estado en materia de la accion integral contra las minas antipersonal en el Peru, asi como de supervisar el cumplimiento de los objetivos de la Convencion de Ottawa. De acuerdo a las definiciones que ofrece la Convencion de Ottawa y el presente Reglamento, se entendera por: 1. Mina, todo artefacto explosivo disenado para ser colocado debajo, sobre o cerca de la superficie del terreno u otra superficie cualquiera y concebido para explosionar por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona, un vehiculo o un animal. 2. Mina Antipersonal, toda mina concebida para que explosione por la presencia, la proximidad o el contacto de una persona, y que incapacite, hiera o mate a una o mas personas. Las minas disenadas para detonar por la presencia, la proximidad o el contacto de un vehiculo, y no de una persona, que esten provistas de un dispositivo antimanipulacion, no son consideradas minas antipersonal por estar asi equipadas. 3. MORDAZA Minada, constituye una MORDAZA peligrosa debido a la presencia de minas o en la que se sospecha su presencia. 4. Plan Nacional de Accion Integral contra las Minas Antipersonal, constituido por la integracion de tres Programas Nacionales que son de: Desminado Humanitario; Educacion sobre el Riesgo de Minas Antipersonal; y Asistencia a las Victimas por las Minas Antipersonal. 5. IMAS (Normas Internacionales para las actividades relativas a las minas), constituye las normas internacionales aprobadas por la comunidad internacional para el tema de minas antipersonal. 6. IMSMA (Information Management System Mine Action), constituye un sistema de almacenamiento de datos relativo a las minas antipersonal, proporcionado por el Centro Internacional de Desminado Humanitario de Ginebra. 7. Aseguramiento de la Calidad Interna (ACI): constituye el control de calidad de los trabajos de desminado humanitario efectuados. 8. CONTRAMINAS, estara referido al Centro Peruano de Accion contra las Minas Antipersonal; 9. Convencion, estara referido a la Convencion de Ottawa - Convencion sobre la Prohibicion del Empleo, Almacenamiento, Produccion y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destruccion; 10. MPD, se esta haciendo referencia al Manual de Procedimientos de Desminado Humanitario. Articulo 3º.- Las funciones de CONTRAMINAS son: 1. Propiciar la destruccion de las minas antipersonal del territorio peruano; 2. Fomentar campanas educativas de prevencion sobre el riesgo de las minas antipersonal; 3. Fomentar el desarrollo de tecnicas para la destruccion de minas antipersonal, aprobadas por la comunidad internacional, adecuandolas a las caracteristicas del territorio peruano. 4. Promover la atencion y rehabilitacion de victimas provocadas por accion de las minas antipersonal, asi como su reintegracion economica y social.

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