Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2005 (02/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

SUNAT
Aprueban formatos de "Declaracion Jurada de Equipaje - Ingreso" y "Declaracion Jurada de Equipaje - Salida"
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 318-2005/SUNAT/A Callao, 30 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Intendencia Nacional Nº 001614 publicada el 4.7.1998 se aprobo el formato denominado "Declaracion Jurada de Equipaje" al MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 7º del Reglamento de Equipaje y Menaje de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-95-EF; Que, la Sexta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 28306, establece la obligacion para toda persona que ingrese y/o salga del MORDAZA, nacional o extranjera, de declarar bajo juramento el dinero en efectivo y/o instrumentos financieros que porte consigo por mas de US $ 10,000,00 (Diez mil y 00/100 dolares americanos), encargando a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria la implementacion, control y fiscalizacion de lo dispuesto; Que, en tal sentido, se estima conveniente actualizar el formato "Declaracion Jurada de Equipaje Ingreso", a fin de adecuarlo a las necesidades exigi-

das por la legislacion vigente; y aprobar el MORDAZA formato "Declaracion Jurada de Equipaje - Salida" necesario para ejercer los controles encargados; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuesto en el inciso g) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los nuevos formatos de "Declaracion Jurada de Equipaje- Ingreso" y "Declaracion Jurada de Equipaje - Salida", que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Autoricese a las companias de transporte internacional la impresion de los formatos "Declaracion Jurada de Equipaje - Ingreso" y "Declaracion Jurada de Equipaje - Salida", las que seran entregadas a las personas que ingresen y/o salgan del pais. Articulo 3º.- Dejese sin efecto la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 001614 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4.7.1998. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia a los diez (10) dias habiles contados a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUINE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete y deberan venir elaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

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