Norma Legal Oficial del día 02 de julio del año 2005 (02/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, sabado 2 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA
Declaran nulas y sin efecto legal evaluaciones y ratificaciones de Directores Regionales
ORDENANZA REGIONAL Nº 0011-2005-GORE-ICA Ica, 15 de junio de 2005 El Consejo Regional de Ica: aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, especifica que los Gobiernos Regionales gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con el articulo 15º inciso a ) de la Ley Nº 27867 - "Ley Organica de Gobiernos Regionales" son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional y habiendose designado a los Directores Regionales hace mas de dos anos y en estricta MORDAZA con lo que disponen los articulos 11º y 13º de la Ley Nº 27867, Ley de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional es el Organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, en tal virtud le corresponde a este ventilar y regular su funcionamiento y la fiscalizacion de los actos de la administracion publica e incluso de la conducta publica de los funcionarios; Que, al haber recorrido el Consejo Regional todas las provincias, encuentran la necesidad imperiosa de proceder a la evaluacion inmediata de los Directores Regionales; Que, el articulo 38º de la Ley acotada, senala que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional, Reglamento materia de su competencia; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARAR NULOS Y SIN EFECTO LEGAL las evaluaciones y ratificaciones de los Directores Regionales que se hubieran podido efectuar a la fecha. Articulo Segundo.- ORDENAR que el Consejo Regional efectue la evaluacion de los Directores Regionales al haber trascurrido mas de dos anos, y siendo funcion de los Consejeros Regionales conforme lo establece la Ley Nº 27867 - Ley de Gobiernos Regionales, la Fiscalizacion de los Actos de la Administracion Publica y de su conducta publica. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ica a los quince dias del mes de junio del 2005. EDDY MORDAZA MORDAZA Presidente Regional (e) 11917

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCON EL CONCEJO DISTRITAL DE ANCON VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 31 de agosto los Informes Nº 304-2004-GDU/MDA de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y el Dictamen Nº 005-CDLTP/MDA de la Comision de Desarrollo Local y Transporte Publico, referente al ordenamiento MORDAZA y Saneamiento Fisico Legal de la MORDAZA denominada Las Conchitas; CONSIDERANDO: Que, el numeral del articulo 73º de la Ley Organica de las Municipalidades, Ley Nº 27972, senala las competencias de las municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico - uso del suelo de sus jurisdicciones; entre las mismas se consideran los siguientes temas: Saneamiento fisico legal de asentamientos humanos, acondicionamiento territorial, asi como el referente al catastro MORDAZA y rural, todo ello en concordancia con las normas provinciales; Que, el articulo 79º de la MORDAZA en comentario establece las competencias y funciones especificas de las Municipalidades distritales en materia de "organizacion del espacio fisico y del uso del suelo", entre las que se encuentra: aprobar el plan MORDAZA o rural distrital; disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeracion del predial, recorrer los asentamientos humanos y promover su desarrollo y formalizacion; Estando a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 con el MORDAZA unanime de los miembros del Concejo con dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente Ordenanza: ORDENANZA SOBRE SANEAMIENTO FISICO LEGAL Y ORDENAMIENTO DE LAS ZONAS "LAS CONCHITAS" Articulo Primero.- Disponer el Saneamiento Fisico Legal de la MORDAZA denominada "LAS CONCHITAS" en concordancia con lo establecido en la Ordenanza Nº 023-2004/MDA. Articulo Segundo.- Ordenar a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA implementar e iniciar los trabajos de Ordenamiento MORDAZA en la MORDAZA denominada "LAS CONCHITAS" y a las demas unidades organicas el cumplimiento de esta Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11731

MUNICIPALIDAD DE ATE
Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de leche evaporada entera para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 078 Ate, 21 de junio de 2005

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Disponen saneamiento fisico legal de la MORDAZA denominada "Las Conchitas"
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Ancon, mediante Oficio Nº 552005-SG/MDA, recibido el 30 de junio de 2005) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 038-2004-MDA. Ancon, 31 de agosto del 2004

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 21 de junio del 2005; el Dictamen Nº 01-05-CPAyAM/MDA de la Comision de Programas Alimentarios y Agencias Municipales; el Memorandum Nº 0155-2005-AA-MDA del Asesor de Alcaldia que remite la documentacion sobre exoneracion para la Adquisicion de Leche Evaporada Entera (612,816 bolsas); el Informe Nº 1456-05-GAJ/MDA del Gerente de Asuntos Juridicos; el Informe Nº 064-2005SGPVL/GGM-MDA del Subgerente del Programa del Vaso

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