Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2006 (27/03/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 27 de marzo de 2006

representacion de la Asociacion no tenia facultades suficientes para disponer de los bienes de esta entidad. Revisada la partida registral No. 01068563 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral XIISede MORDAZA, tenemos que mediante asamblea de regularizacion del 23 de MORDAZA de 2004, se reconocio, entre otra, a la junta directiva que ejercio funciones del 16 de enero de 2001 al 16 de enero de 2003, siendo el presidente MORDAZA por este periodo MORDAZA MORDAZA Delgado. Debe por tanto determinarse si por el solo hecho de haber sido designado presidente de la junta directiva, tenia facultades para poder disponer de bienes de la Asociacion, en este caso a favor de un tercero. 8. El articulo 86º del Codigo Civil, establece " La asamblea general elige a las personas que integran el consejo directivo, aprueba las cuentas y balances, resuelve sobre la modificacion del estatuto, la disolucion de la asociacion y los demas asuntos que no MORDAZA competencia de otros organos". De lo establecido por el numeral precitado, tenemos que tratandose de asociaciones, se establece las competencias que la asamblea general de toda asociacion debe tener, senalandose al final, como clausula numerus apertus, que la competencia de este organo alcanza a todos los asuntos que los estatutos de la asociacion no hayan establecido como propias de algun otro organo. Si esto es asi, tenemos que, si una asociacion, al margen de las atribuciones tipicas citadas, no quiere que determinada funcion sea ejercida por la asamblea general, debe otorgarsela expresamente a otro organo de la asociacion, como puede ser su presidente en forma conjunta a su junta directiva. En el caso del titulo venido en grado tenemos que revisados los estatutos de la Asociacion de Vivienda de Docentes de la Universidad Catolica MORDAZA MORDAZA, el articulo 23º senala las atribuciones de su Presidente, siendo estas: a) Representar a la Asociacion en todos sus actos administrativos, financieros, legales y sociales. b) Convocar y presidir asambleas. c) Firmar toda la documentacion conjuntamente con el Secretario y el Tesorero segun sea el caso. d) Cumplir con los encargos y/o comisiones que acuerden en Asamblea General y en Junta Directiva. De lo expuesto se aprecia que el presidente de la Asociacion no tiene facultades para disponer de bienes inmuebles de propiedad de este ente juridico, por lo que en aplicacion del articulo 86º del Codigo Civil, dicha atribucion es propia de la asamblea general, salvo que esta la otorgue a otra persona en su representacion. Siendo el estatuto, un conjunto de normas que, en concordancia con lo dispuesto por el Codigo Civil, rige la MORDAZA de una asociacion; dicho conjunto de normas es aprobado por la asamblea general (organo MORDAZA de la asociacion), por ende la asociacion esta obligada a cumplir las normas que se impuso a si misma, mientras no MORDAZA modificadas en nueva asamblea general realizada con el quorum y mayorias establecidas en la MORDAZA sustantiva. El articulo 82º del Codigo Civil establece que el estatuto debe expresar entre otros aspectos, " La constitucion y funcionamiento de la asamblea general de asociados, consejo directivo y demas organos de la asociacion". En el asiento B00008 de la partida registral 01068563 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº XII ­ Sede MORDAZA, corre extendida el reconocimiento de juntas directivas, entre ellas, la correspondiente al periodo del 16.01.2001 al 16.01.2003 presidida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y que segun el titulo archivado que dio merito para extender dicho asiento consta que ademas la directiva estuvo integrada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA como vicepresidente, MORDAZA Paz MORDAZA como tesorero, MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Fiscal, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA como Secretario y MORDAZA MORDAZA MORDAZA como vocal. En la escritura publica presentada para su inscripcion de fecha 01.10.2001, intervienen en representacion de la asociacion transfiriendo el lote, el presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tesorero MORDAZA Paz MORDAZA y el fiscal MORDAZA MORDAZA Ortiz.

En el estatuto de la asociacion no consta que el presidente, secretario, fiscal y tesorero, ya sea individualmente alguno de ellos o conjuntamente, esten facultados para adjudicar lotes de propiedad de la Asociacion a favor de terceros, por lo tanto, al no tener los directivos mencionados anteriormente, la atribucion para enajenar los bienes de la asociacion, es la asamblea general la que le compete tomar el acuerdo de facultar a las personas que lo representen para la adjudicacion de los lotes de su propiedad, en vista, que se trata de un MORDAZA que en el estatuto no aparece como de competencia de otro organo. A mayor abundamiento, debe senalarse que revisados los diversos asientos de inscripcion de la partida registral No. 01068563 donde esta inscrita la Asociacion, podremos darnos cuenta que esta ha sido la forma como ordinariamente a actuado, asi por ejemplo en el asiento 3) se autoriza por asamblea general a su presidente para firmar contratos de compraventa; en el asiento 5) se autoriza a los miembros de la junta directiva, entre ellos a su presidente para otorgar y suscribir minutas y escrituras publicas de adjudicacion de lotes. Ello con el agravante que en el caso submateria, la dacion en pago otorgada no es a favor de un socio, sino a favor de un tercero que actua en tal calidad. 9. Se declara en la introduccion de la minuta inserta en la escritura publica del 1 de octubre de 2001, que los otorgantes por la Asociacion ejercen la representacion de este ente colectivo por haberseles elegido en elecciones celebradas el 25 de MORDAZA del ano 2001, advirtiendo que proceden a celebrarla en ejecucion del cuerdo que consta en el acta del dia 10.11.1999. Como ya se establecio en el considerando anterior la sola eleccion como miembros de la directiva no los faculta para celebrar el contrato de transferencia objeto de calificacion. Asimismo, en el acta del 10.11.1999 que corre archivada en el legajo E-00333668 del ano 1999 que dio lugar a la extension al asiento 4) de la partida registral Nº 01068563, se acordo convalidar los actos y acuerdos de la junta directiva conformada por el presidente Sr. MORDAZA MORDAZA Br iceno, vicepresidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal MORDAZA del Car MORDAZA MORDAZA, Tesorera MORDAZA MORDAZA de Bahamonde, Secretario MORDAZA MORDAZA MORDAZA y elegida el 28.04.1997, desde la fecha en que finalizo su mandato (28.04.1999) hasta este dia en que se realiza la asamblea (el 10 de noviembre de 1999), asi como prorrogar su mandato por seis meses a partir de la fecha (10.11.1999). Tambien se acordo entre otros asuntos, facultar a la anterior junta directiva nombrada para que firme las minutas y escritura publicas de transferencia de lotes a los socios, asi como para que salden las cuentas con los senores MORDAZA MORDAZA y otros, esto es, que en dicha acta no se faculto a la directiva elegida para el periodo 16.01.2001 al 16.01.2003 presidida por MORDAZA MORDAZA MORDAZA para que transfiera el citado lote a favor de los esposos Ramirez-Calderon, por lo que cabe confirmar el acapite 2.2) de la observacion venida en grado. 10. Agregan en su escrito de apelacion que los representes legales gozan de las facultades inherentes al objeto social, no por tanto no se requieren facultades expresas. Este colegiado estima que tal apreciacion no es correcta, no solamente porque como ya se ha establecido en el ultimo parrafo del considerando octavo de esta resolucion, la transferencia por dacion en pago se efectuo a favor de terceros que actuaron en tal calidad, sino tambien como lo senala el ilustre tratadista MORDAZA MORDAZA Vasquez2 , si bien las personas juridicas carecen de intelecto y de corporiedad para poder celebrar actos juridicos, los organos de gobierno constituyen uno de los elementos esenciales que integran la persona juridica, sin los cuales no podria tener actuacion social. Se habla de representacion organica debido a que la voluntad del organo produce efectos en una esfera juridica ajena: la

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MORDAZA MORDAZA, Anibal. Acto Juridico. Editorial IDEMSA. MORDAZA edicion 2001. Pag. 334, acapite 55.6.

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