Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2007 (17/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de febrero de 2007

Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- IMPONER con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupacion de bienes publicos para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica convencional MORDAZA subterranea para Servicio Publico de Electricidad Nº 131, ubicada en la Avenida MORDAZA cuadra 5 (Berma Central), esquina Larraburre y Unanue, distrito de Lima-Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbre Area de servidumbre MORDAZA de Propiedad MORDAZA de terreno

31194506

Subestacion de Distribucion Electrica Suelo, subsuelo y aires 75,00 m2 Nº 131 Ubicacion: distrito de Lima-Cercado provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: (PSAD 56) Vertice Norte A 8 665 297,3669 B 8 665 296,6405 C 8 665 311,4813 D 8 665 312,2077 Este 278 524,8092 278 519,8623 278 517,6831 278 522,6300

Publica

MORDAZA

Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio senalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupacion sobre un area de 15,08 metros cuadrados, de propiedad privada, para la Subestacion de Distribucion Electrica compacta MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5173 (sotano), conforme consta en el Contrato de Servidumbre de fecha 8 de febrero de 2006, cuya MORDAZA obra en el Expediente; Que, el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades electricas, pueden solicitar al Ministerio de Energia y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicacion a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 306-2006-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad privada, para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica compacta MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5173 (sotano), ubicada con frente a la MORDAZA Siete Nº 760-758, urbanizacion MORDAZA de MORDAZA, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Contrato de Servidumbre de fecha 8 de febrero de 2006, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Nº 31193506 Descripcion de la servidumbre Subestacion de Distribucion Electrica Nº 5173 Ubicacion: distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM (PASAD 56): Vertice Norte 8 653 354,237 8 653 352,121 8 653 355,678 8 653 357,793 Este 280 899,499 280 901,483 280 905,276 280 903,293 Area de MORDAZA de MORDAZA de Servidumbre Propiedad terreno Suelo: 15,08 m² y sus aires Privada MORDAZA

Articulo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podra construirse obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Articulo 3º.- Luz del Sur S.A.A. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la imposicion, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- Luz del Sur S.A.A. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

26005-9

Reconocen servidumbre de ocupacion de bien a favor de concesion definitiva de la que es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 059-2007-MEM/DM
MORDAZA, 7 de febrero de 2007 VISTO: El Expediente Nº 31193506, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona juridica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº 11008689 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica compacta MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5173 (sotano); CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., titular de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de distribucion de energia electrica en merito de la Resolucion Suprema Nº 107-96EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado el reconocimiento de la servidumbre de ocupacion sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalacion de la Subestacion de Distribucion Electrica compacta MORDAZA pedestal para Servicio Publico de Electricidad Nº 5173 (sotano), ubicada con frente a la MORDAZA Siete Nº 760758, urbanizacion MORDAZA de MORDAZA, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, segun las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

A B C D

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

26005-10

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Designan Jefe Zonal Ica de la Unidad Gerencial de Articulacion Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del PRONAA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 070-2007-MIMDES
MORDAZA, 16 de febrero del 2007

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