Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2007 (17/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

339828
DEBE DECIR: ...

NORMAS LEGALES
b. c.

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de febrero de 2007

VISTOS; Y CONSIDERANDO: ... Que en merito al documento acotado, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, debe proceder a la designacion de los magistrados superiores para el normal desenvolvimiento de dicho organo jurisdiccional, a partir de la fecha, y hasta el dia 2 de marzo proximo. ... DICE: ... SE RESUELVE: Articulo Primero.... LUZ MORDAZA CAPUNAY MORDAZA (Titular) Presidente MORDAZA IRRIVARREN FALLAQUE (Titular) MORDAZA MORDAZA MORDAZA VILLASANTE (Provisional)

d.

Instrumentos emitidos o garantizados por el Banco Central de Reserva del Peru La suma de las inversiones a que se refieren los incisos a y b precedentes Instrumentos emitidos por Gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad economica mayoritariamente se realice en el exterior

30% 40%

13,5%

II. Sublimite Instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano (Inciso a): - Bonos MORDAZA 10%

La presente Circular entra en vigencia a partir del dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y deja sin efecto la Circular Nº 027-2006-BCRP. MARYLIN CHOY CHONG Gerente General (i)

... DEBE DECIR: ... SE RESUELVE: Articulo Primero.... LUZ MORDAZA CAPUNAY MORDAZA MORDAZA YRIVARREN FALLAQUE MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Titular) Presidenta (Titular) (Provisional)

28319-1

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunto responsable de la comision de ilicitos penales en la ODPE Yarowilca
RESOLUCION JEFATURAL Nº 029-2007-J/ONPE
MORDAZA, 14 de febrero de 2007 VISTOS; el Memorando Nº 009-2007-GCI/ONPE de la Gerencia de Control Institucional; el Memorando Nº 070-2007GOECOR/ONPE de la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional; los Informes Nº 005-2007-JEHC-GAJ/ ONPE y Nº 010-2007-JEHC-GAJ/ONPE; y el Memorando Nº 087-2007-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2006PCM, publicado el 22 de marzo de 2006, el Presidente de la Republica convoco a "Elecciones Regionales de Presidentes, Vicepresidentes y Consejeros del Consejo Regional de las Regiones de toda la Republica" y a "Elecciones Municipales de Alcaldes y Regidores de los Concejos Provinciales y Distritales de toda la Republica", para el MORDAZA 19 de noviembre del 2006; Que, para la ejecucion de las referidas elecciones, la ONPE en su calidad de MORDAZA autoridad en la organizacion y ejecucion de procesos electorales, conformo las correspondientes Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales (ODPE) en cada una de las circunscripciones determinadas para el efecto, entre otras, la ODPE de Yarowilca; Que, mediante Memorando Nº 070-2007-GOECOR/ ONPE la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional remite a la Gerencia de Asesoria Juridica, diversa documentacion que acreditaria la existencia de la comision de ilicitos penales en las que estaria incurso el ex jefe de la ODPE Yarowilca; Que, de la revision y analisis efectuados a la documentacion remitida por la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional, y habiendose evaluado los hechos descritos por el personal de la ODPE Yarowilca, queda subsistente la imputacion formulada, situacion que amerita se investiguen en la instancia correspondiente; Que, mediante Informes Nº 005-2007-JEHC-GAJ/ ONPE y Nº 010-2007-JEHC-GAJ/ONPE la Gerencia de Asesoria Juridica en cumplimiento al Memorando Nº 0092007-GCI/ONPE de la Gerencia de Control Institucional y a la opinion solicitada mediante Memorando Nº 0702007-GOECOR/ONPE por la Gerencia de Organizacion Electoral y Coordinacion Regional, recomienda poner en

...

28300-1

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Modifican Limites de inversion generales para los fondos administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
CIRCULAR Nº 003-2007-BCRP
MORDAZA, 16 de febrero del 2007 Ref: Limites de inversion generales para los fondos administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

El Directorio de este Banco Central, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 25º -D del Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97EF, de acuerdo con las modificaciones realizadas por la Ley Nº 27988, y contando con la opinion de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, ha resuelto elevar el limite de inversion que realicen los fondos de pensiones administrados por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en instrumentos emitidos por Gobiernos, entidades financieras y no financieras cuya actividad economica mayoritariamente se realice en el exterior. En consecuencia, los porcentajes operativos maximos para los limites de inversion generales y el sublimite son los siguientes (en porcentaje del valor del Fondo): I. Limites de Inversion Generales a. Instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano

30%

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