Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2007 (17/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de febrero de 2007

de los programas para la liquidacion de intereses y de pagos de las empresas, asi como en los estados de cuenta que estas emiten para las operaciones activas pactadas bajo el sistema de cuotas; Estando a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, Riesgos y Asesoria Juridica, asi como por las Gerencias de Estudios Economicos y de Productos y Servicios al Usuario; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7, 9 y 18 del articulo 349º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el Reglamento de Transparencia de informacion y disposiciones aplicables a la contratacion con usuarios del sistema financiero aprobado mediante Resolucion SBS Nº 1765-2005 de la siguiente manera: a) Modificar el MORDAZA parrafo del articulo 10º segun el siguiente texto: Cuando se utilicen folletos informativos para la difusion de operaciones activas y pasivas y servicios, dichos folletos deberan contener informacion actualizada de las caracteristicas de la operacion y/o servicio, asi como de las tasas de interes, comisiones y gastos, en caso corresponda. Cuando el objetivo del folleto sea difundir las caracteristicas propias de una operacion o servicio sin incorporar informacion cuantitativa referida a tasas de interes, comisiones, gastos o montos de credito, se debera indicar que la informacion sobre costos estara disponible en el tarifario, la plataforma de atencion al cliente o en la pagina web de la entidad. Si el objetivo del folleto es difundir los aspectos cuantitativos MORDAZA indicados correspondientes a determinadas operaciones, entonces, dichos folletos deberan contener ejemplos explicativos de las operaciones que se ofrezcan bajo el supuesto de cumplimiento de las condiciones previstas, ademas, para las operaciones activas celebradas bajo el sistema de cuotas, deberan incluir la tasa de costo efectivo anual aplicable al ejemplo. Igualmente, en dichos folletos debera indicarse todos los cargos por cuenta del cliente en el supuesto de incumplimiento de sus obligaciones, incluyendo los intereses moratorios y otros cargos que resulten aplicables. b) Modificar el MORDAZA parrafo del articulo 13º segun el siguiente texto: Tratandose de las operaciones activas otorgadas bajo el sistema de cuotas, el cronograma de pagos y las simulaciones que se efectuen a traves de los programas para la liquidacion de intereses y de pagos de la empresa, que se encuentren a disposicion del publico, deberan contener la tasa de costo efectivo anual que pagaria el cliente por la operacion crediticia, la que se calculara de conformidad con el procedimiento indicado en el articulo 17° del Reglamento. c) Modificar el articulo 31º segun el siguiente texto: Articulo 31º.- Obligacion de brindar Informacion periodica a los clientes Las empresas tienen la obligacion de brindar informacion periodica a sus clientes respecto de sus estados de cuenta por operaciones que realizan, y de ser aplicable, tambien por los servicios que contraten. Ello procedera de conformidad con la normativa vigente comprendida en la Ley General y en normas complementarias emitidas por la Superintendencia. Los estados de cuenta que remitan las empresas a sus clientes por las operaciones activas, celebradas bajo el sistema de cuotas, deberan incluir la tasa de costo efectivo anual. La modalidad a ser utilizada para brindar informacion periodica referida a los estados de cuenta debera estar pactada en los contratos que suscriba la empresa con el cliente. Adicionalmente, las empresas podran utilizar distintos medios de comunicacion que permitan que el cliente este en capacidad de tomar conocimiento adecuado y oportuno de la informacion respectiva. Las empresas tienen la obligacion de informar a sus clientes, de manera adecuada, en las comunicaciones periodicas, tales como estados de cuenta, las distintas instancias ante las que pueden recurrir para presentar reclamos y/o denuncias por las operaciones y servicios que realicen, tales como la propia empresa, el Defensor

del Cliente Financiero, el INDECOPI y la Superintendencia, respectivamente. d) Modificar el MORDAZA parrafo del articulo 33º segun el siguiente texto: En las oficinas en que se pueda solicitar las operaciones activas y pasivas MORDAZA citadas, las empresas, posean o no paginas web, deberan mantener a disposicion de los clientes las formulas en medios impresos y, a traves del personal de atencion a los clientes, los programas para la liquidacion de intereses y de pagos de la empresa; en estos ultimos se debera incluir, en el caso de operaciones activas pactadas bajo el sistema de cuotas, la tasa de costo efectivo anual. e) Modificar el MORDAZA parrafo del articulo 34º segun el siguiente texto: Los productos activos bajo el sistema de cuotas deberan contar, ademas, con un programa. Los resultados de los programas deberan ser los mismos que se obtengan utilizando las formulas respectivas de dichos productos; los cronogramas simulados deberan cumplir con los requisitos que se establecen en el literal f) del articulo 15° del Reglamento. Articulo Segundo.- Las empresas sujetas al Reglamento contaran con un plazo de sesenta (60) dias calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolucion para adecuarse a lo dispuesto en la misma. Articulo Tercero.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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Autorizan a Financiera CMR S.A. la apertura de oficina especial en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 146-2007 MORDAZA, 9 de febrero de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por Financiera CMR S.A. para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial de caracter permanente, ubicada en el MORDAZA Sor MORDAZA MORDAZA Nº 151, Barrio Pueblo MORDAZA (Centro Comercial El Quinde Shopping Plaza), distrito, provincia y departamento de Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion Bancaria "C" mediante Informe Nº 023-2007DEB "C"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, con la Circular Nº F-0487-2005; y, en virtud a la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a Financiera CMR S.A. la apertura de una Oficina Especial de caracter permanente,

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