Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2007 (17/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

339823

REPUBLICA DEL PERU MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS SOCIO-AMBIENTALES LINEAMIENTOS PARA ELABORAR ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL A NIVEL DEFINITIVO EN PROYECTOS PORTUARIOS SUBSECTOR TRANSPORTES
Noviembre 2006 LIMA-PERU

se consideraran los Anexos SNIP-05, SNIP-06 y SNIP-07 y los lineamientos que la Direccion General de AsuntosAmbientales emita para cada caso en particular.

CONTENIDO DE UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL A NIVEL DEFINITIVO
RESUMEN EJECUTIVO CAPITULO I ASPECTOS GENERALES: Se considerara: - Una vision general de las operaciones que estan involucradas en las actividades del puerto, teniendo en cuenta las ampliaciones o remodelaciones. - Antecedentes del proyecto. - Justificacion del proyecto. - Objetivos del proyecto. - Metodologia aplicada para desarrollar el EIA incluyendo una secuencia de actividades y las etapas del proyecto en el aspecto ambiental. - Breve descripcion de los componentes ambientales. CAPITULO II MORDAZA LEGAL E INSTITUCIONAL: Se debera indicar la legislacion ambiental existente en el ambito nacional relacionada con el proyecto, asi como tambien las instituciones que coordinan la implementacion del EIA. MORDAZA LEGAL - Constitucion Politica del Peru. - Ley General del Ambiente: Ley Nº 28611, publicada el 13 de octubre de 2005. - Ley del Sistema Portuario Nacional: Ley Nº 27943, publicada el 1 de marzo de 2003. - Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional: D. S. Nº 003-2004-MTC, publicado el 4 de febrero de 2004. - Ley General de Residuos Solidos: Ley Nº 27314, publicada el 20 MORDAZA del 2000. - Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental (SNGA): Ley Nº 28245, publicada el 4 de junio de 2004. - Reglamento de la Ley Nº 28245, Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM del 28 de enero de 2005. - Ley del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental: Ley Nº 27446, publicada el 23 de MORDAZA del 2001. - Ley General de Expropiaciones: Ley Nº 27117. - Ley Organica de Municipalidades: Ley Nº 23853. - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: Ley Nº 27791. - Ley de Sistema Nacional de Inversion Publica : Ley Nº 27293 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion: Ley Nº 28296, publicada el 22 de MORDAZA de 2004. - Texto Unico de Procedimentos Administrativos: D.S. Nº 016-2005-MTC, publicado el 29 de junio de 2005 - Reglamento de Investigaciones Arqueologicas: R.S. Nº 004-2000-ED, publicado el 25 de enero de 2000. - Reglamento de la Resolucion Ministerial Nº 116-2003MTC/02 a traves de la Resolucion Directoral Nº 004-2003MTC/16, emitida por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, publicada el 30 de marzo del 2003. - Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional: D.S. Nº 034-2004-MTC, publicado el 22 de agosto de 2004. - Decreto Supremo Nº 006-2005-MTC: Plan Nacional de Desarrollo Portuario-PNDP, publicado el 19 de marzo de 2005. - Reglamento de la Resolucion Ministerial Nº 1162003-MTC/02 a traves de la Resolucion Directoral Nº 0042003-MTC/16, emitida por la Direccion General de Asuntos Socio-Ambientales, publicada el 30 de marzo del 2003. - Plan Nacional de Desarrollo Portuario-PNDP, D. S. Nº 006-2005-MTC publicado el 19 de marzo de 2005. - Convenio sobre la Prevencion de la Contaminacion MORDAZA por Vertimientos de Desechos y otras Materias o Convencion de Londres sobre Vertimientos, en MORDAZA internacional desde 1975. Se refiere al vertimiento de

LINEAMIENTOS PARA ELABORAR ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL A NIVEL DEFINITIVO EN PROYECTOS PORTUARIOS
INTRODUCCION La elaboracion del presente documento tiene como finalidad brindar los lineamientos, no restrictivos, para el desarrollo de Estudios de Impacto Ambiental-EIA del Sistema Portuario Nacional, el mismo que se MORDAZA en el Articulo 132º del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional mediante el cual se designa a la Direccion General de Asuntos Socio-Ambientales-DGASA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones-MTC como la autoridad competente en tema ambiental y por tanto sera la entidad responsable de velar y exigir su cumplimiento. La finalidad de desarrollar un EIA es definir los impactos que generan la construccion, operacion y cierre de la infraestructura portuaria, asi como mitigar y prevenir el deterioro ambiental que podrian causar las operaciones futuras del puerto. En tal sentido, es recomendable que las Administraciones Portuarias realicen sus actividades en base a un Sistema de Gestion Ambiental Integrado, a fin de que puedan controlar y mitigar los impactos ambientales. OBJETIVO DEL EIA El Estudio de Impacto Ambiental tiene como objetivos primordiales: - Presentar el diagnostico ambiental pre-operacional del proyecto. - Realizar la descripcion de las actividades del proyecto con enfasis en aquellas que presenten un mayor potencial de afectacion sobre los componentes ambientales. - Identificar los impactos ambientales potenciales en la etapa de construccion y operacion de la infraestructura portuaria. - Proponer un Plan de Manejo Socio-Ambiental que contenga las medidas proteccion, prevencion, atenuacion, restauracion y compensacion de los efectos perjudiciales que se produzcan. AMBITO DE APLICACION DEL DOCUMENTO El ambito de aplicacion del documento son los puertos maritimos, fluviales y lacustres del Sistema Portuario Nacional. NIVEL DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA EN EL AMBITO PORTUARIO Los Estudios de Impacto Ambiental para proyectos portuarios deben enmarcarse en el Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP) que define el Ciclo de un Proyecto en tres fases: - Preinversion : Estudios de perfil, prefactibilidad y factibilidad - Inversion : Estudios definitivos o expediente tecnico - Post-Inversion : Operacion, mantenimiento y evaluacion ex post Los lineamientos presentados en el presente documento, se aplican para un Estudio Definitivo. Para los Proyectos de Preinversion a nivel de perfil, prefactibilidad y factibilidad

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