Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2007 (17/02/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de febrero de 2007

NORMAS LEGALES

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Convenio MORDAZA suscrito entre PRONASAR-MINISTERIO DE VIVIENDA CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO y la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCO-HUALLO; los Decretos Supremos 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; el Titular del Pliego contando con la aprobacion y facultades autorizativas de la Ley Organica Nº 27972 y del Concejo Municipal en sesion extraordinaria de fecha 5 de febrero del presente ano: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Huallo comprension de la Provincia de Chincheros de la Region MORDAZA del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva por causal de Situacion de Desabastecimiento Inminente, y autoricese a contratar a traves de acciones inmediatas el Servicio de Supervision para El Expediente Tecnico y Ejecucion incluida la Liquidacion de la Obra AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUAS SERVIDAS URIPA, hasta por la suma de S/.64,000.00 (Sesenta y cuatro Mil 00/100 Nuevos Soles) Articulo 2º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves del Area de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Huallo, y de conformidad con las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo 3º.- El egreso que irrogue la presente Resolucion se aplicara con cargo al presupuesto del Pliego 0390 Municipalidad Distrital de MORDAZA Huallo cadena funcional Funcion:14 SALUD Y SANEAMIENTO, Programa: 047 Saneamiento, Subprograma: 0127 Saneamiento General, Proyecto: 2003298 Ampliacion Sistema Desague, Componente: 2086837 Ampliacion y Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas distrito de MORDAZA Huallo Provincia de Chincheros, Finalidad: 01433 Supervision y Control de Obras. Articulo 4º.- Disponer el inicio de las acciones que correspondan, de acuerdo al articulo 47º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 5º.- MORDAZA de la presente Resolucion y sus antecedentes seran remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Articulo 6º.- La presente Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y a traves del SEACE dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

28017-2

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios y la adquisicion de bienes para la obra Construccion del Coliseo Cerrado de Uripa - Tintipuquio
ACUERDO DE CONCEJO Nº 07 -2007-A-MDA/U
MORDAZA Huallo, 1 de febrero del 2007 VISTO; El Informe Nº 008-2007-G/MDA/U, de la Gerencia Municipal, adjunto el Informe Nº 009-2007-ODUR/ MDA/U. De la Oficina de Desarrollo MORDAZA y Rural y el Informe Nº 003-2007-AJ/MDA/U Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion

las adquisiciones y contrataciones que se realicen: "en situacion de emergencia o en desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley"; Que, mediante el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera Desabastecimiento Inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; Que, el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones y el articulo 146º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, prescriben que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion, debiendose publicar dicho instrumento aprobatorio en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso b) del articulo 19º de la Ley; Que, en tal sentido, mediante la emision del Informe Nº 008-2007-G/MDA/U, de la Gerencia Municipal, adjunto el Informe Nº 009-2007-ODUR/MDA/U. De la Oficina de Desarrollo MORDAZA y Rural y el Informe Nº 003-2007-AJ/ MDA/U Asesoria Juridica, se da cumplimiento a dicho requerimiento legal; Que, mediante Informe Nº 009-2007-ODUR/MDA/ U. De la Oficina de Desarrollo MORDAZA y Rural, sustenta tecnicamente la exoneracion y la necesidad inmediata de contar con los Bienes (Materiales ) y Servicios (Mano de Obra Calificada, No Calificada, Maquinarias y Equipos ) para la ejecucion de la Obra por Administracion Directa "CONSTRUCCION PRIMERA ETAPA COLISEO CERRADO URIPA - TINTIPUQUIO ", (estructura tribunas y techo) se tiene previsto que desde el 06 de Febrero del ano 2007, se inicie con mayor intensidad el trabajo de MORDAZA para el movimiento de tierras, acopio de agregados y stock de materiales en vista de haber sido declarado en emergencia las vias carrozables en toda la Provincia por la Municipalidad Provincial de Chincheros, generandose la necesidad de tomar las previsiones necesarias y dotar de inmediato de bienes y servicios a la obra. Que, adicionalmente, mediante Informe Nº 008-2007G/MDA/U, de la Gerencia Municipal ha determinado que siendo el valor referencial de la primera etapa en Bienes y Servicios la suma de S/.740,000.00 (Setecientos Mil y 00/100 Nuevos Soles), financiados por Recursos por Operaciones Oficiales de Credito Interno la suma de S/.580,000.00, aporte de la Asignacion Provincial del Foncomun la suma de S/.20,000.00 y con recursos Directamente Recaudados de la Municipalidad Distrital de MORDAZA Huallo S/.140,000.00; debido a que esta Obra se ejecutara por administracion directa y tomando en consideracion las inclemencias del tiempo se hace urgente el Acuerdo de la declaracion en desabastecimiento inminente; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad siendo la facultad de aprobar exoneraciones indelegable; Que, MORDAZA de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que la sustenta deben remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, el articulo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda, y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos N°s. 083-2004-PCM, 084-2004-PCM; el Titular del Pliego contando con la aprobacion y facultades autorizativas de la Ley Organica Nº 27972 y del Concejo Municipal en sesion extraordinaria de fecha 31 de enero del presente ano: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerese a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Huallo comprension de la Provincia de

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