Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2007 (24/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345851

Que, mediante Oficio Nº 157-2006-JC04-CSJSA/ PJ.WETC con registro de ingreso Nº 00006508 del 30 de enero del 2006, el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA remite a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la Resolucion Nº TRES del 24 de enero del 2006, entre otros, y los partes a fin de que se efectue la inscripcion de la medida cautelar en el registro correspondiente, por haberse dispuesto en el MORDAZA seguido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALTA contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y OTROS sobre ejecucion de GarantiasCuaderno Cautelar; Que mediante los escritos del visto, la empresa INVERSIONES GARRA S.A. solicita cambio del titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial N° 247-97-PE/DNE, modificada en su titularidad por la Resolucion Directoral Nº 305-2003-PRODUCE/DNEPP para operar la embarcacion pesquera "BIBACO 20" de matricula CE-2457-CM, en virtud a la transaccion extrajudicial, dacion en pago y cancelacion de deuda y levantamiento de hipotecas que celebro con los deudores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y con los propietarios de dicha embarcacion pesquera senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA RIVASPLATA RIOS; acreditando mediante el Certificado Compendioso de Gravamen de fecha 10 de MORDAZA del 2007, no tener ninguna carga y/o gravamen pendiente y a traves del Certificado Compendioso de Dominio de fecha 10 de octubre del 2006, la posesion de la citada embarcacion pesquera; Que los Articulos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y /o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados, aprobado por Resolucion Ministerial N° 1502001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada Resolucion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 06 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE publicado a traves de la Resolucion Ministerial N° 341-2005-PRODUCE, por lo que resulta procedente atender lo solicitado en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, a traves del Informe N° 4022006-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 20 de octubre del 2006 y Informe Nº 093-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 19 de MORDAZA del 2007 y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley N° 25977-Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Decreto Supremo N° 001-2002-PRODUCE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo N° 0352003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial N° 24797-PE, modificado por Resolucion Directoral Nº 305-2003PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera denominada "BIBACO 20", de matricula N° CE-2457-CM a favor de la empresa INVERSIONES GARRA S.A., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado. Articulo 2°.- El acceso al recurso sardina, sera ejercido conforme a los dispuesto por el Decreto Supremo N° 0012002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano

directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas por el Decreto Supremo N° 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o sistema de preservacion a bordo CSW o RSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3° .- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA RIVASPLATA MORDAZA, mediante la Resolucion Directoral N° 305-2003-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera denominada "BIBACO 20" de matricula N° CE-2457-CM. Articulo 4°.- Incorporar a la empresa INVERSIONES GARRA S.A. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "BIBACO 20" de matricula N° CE-2457-CM, asi como la presente Resolucion en el literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 0842007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial N° 086-2007--PRODUCE, excluyendo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA RIVASPLATA MORDAZA y la Resolucion Directoral N° 3052003-PRODUCE/DNEPP, de dichos anexos respecto de la citada embarcacion. Articulo 5°.-Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce. gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

63441-2 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 232-2007-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2007 Visto el escrito con Registro Nº 00071856 de fecha 8 de noviembre de 2006 y adjuntos 1 y 2 de fechas 28 de diciembre y 15 de febrero de 2007, presentados por PESQUERA SABY E.I.R.L. CONSIDERANDO Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde, y que la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorga; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 324-97-PE del 3 de MORDAZA de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado en adecuacion a la Ley General de Pesca y su Reglamento a la empresa INVERSIONES PESQUERAS JOSELINE S.A. para operar la embarcacion pesquera denominada "OSCAR" de matricula Nº CE-1243-PM de 265.37 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1/2 pulgada ( 13 mm.); Que la citada embarcacion se encuentra consignada en el literal J), con permiso de pesca para el recurso hidrobiologico anchoveta del Anexo I, y en el Anexo V con permiso de pesca suspendido para el recurso sardina por no contar con la red de cerco sardinera, del listado de embarcaciones pesqueras de mayor escala de MORDAZA, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 084-2007PRODUCE; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE, de fecha 5 de septiembre de 2002, establecen que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca

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