Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2007 (24/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

345853

AUSTRAL S.A., autorizacion de incremento de flota para cinco (5) embarcaciones pesqueras de cerco con sistema de conservacion RSW, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de 38 mm. para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados, destinados al consumo humano directo. Cuatro (4) de las embarcaciones "sin nombre" con volumen de bodega refrigerada de 435.93 m3 y 326.95 m3 de carga MORDAZA, cada una; y la embarcacion "ROSA II" con 441.20 m3 de volumen de bodega refrigerada y 330.90 m3 de carga MORDAZA de pescado; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 424-98-PE del 7 de septiembre de 1998, se otorgo un plazo improrrogable de seis (6) meses a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, para que PESQUERA AUSTRAL S.A. termine de ejecutar la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE, respecto a las embarcaciones "MARINA", "SIMON", "PITI" y "KIANA"; Que mediante Resolucion Directoral Nº 301-2005PRODUCE/DNEPP del 24 de octubre del 2005, se resuelve modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 424-98-PE y a su vez modificada por el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 273-99-PE/DNE, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "KIANA"; en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 378.28 m3; como consecuencia de la aplicacion parcial de 55.60 m3 provenientes de la embarcacion siniestrada "JONICA" de matricula CO-10450PM; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota; Que en consecuencia se modifico el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 273-99-PE/DNE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "KIANA" de matricula CO-18812-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 378.28 m3; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se otorgo el permiso de pesca, es decir, la embarcacion "KIANA" cuenta con una capacidad de bodega total de 430.24 m3; Que mediante Resolucion Directoral Nº 301-2005PRODUCE/DNEPP del 24 de octubre del 2005, se resuelve modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 374-98-PE/DNE y a su vez modificada por el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 091-99PE, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "SIMON"; en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 380.98 m3; como consecuencia de la aplicacion parcial de 55.60 m3 provenientes de la embarcacion siniestrada "JONICA" de matricula CO-10450-PM; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota; Que asimismo, se modifico el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 091-99-PE/DNE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "SIMON" de matricula CO-18517-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 380.98 m3; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se otorgo el permiso de pesca, es decir, la embarcacion "SIMON" cuenta con una capacidad de bodega total de 433.84 m3; Que mediante Resolucion Directoral Nº 301-2005PRODUCE/DNEPP del 24 de octubre del 2005, se resuelve modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 31597-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 424-98PE y a su vez modificada por el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 272-98-PE, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "ROSA II" de matricula CO-16948-PM; en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 386.50 m3; como consecuencia de la aplicacion parcial de 55.60 m3 provenientes de la embarcacion siniestrada "JONICA" de matricula CO-10450PM; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota; Que asimismo, se modifico el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 272-98-PE, con el que se otorgo el permiso

de pesca para operar la embarcacion pesquera "ROSA II" de matricula CO-16948-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 386.50 m3; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se otorgo el permiso de pesca, es decir, la embarcacion "ROSA II" cuenta con una capacidad de bodega total de 441.20 m3; Que mediante Resolucion Directoral Nº 301-2005PRODUCE/DNEPP del 24 de octubre del 2005, se resuelve modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 424-98-PE y a su vez modificada por el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 167-99-PE/DNE, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "PITI"; en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 382.12 m3; como consecuencia de la aplicacion parcial de 55.60 m3 provenientes de la embarcacion siniestrada "JONICA" de matricula CO-10450-PM; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota; Que asimismo, se modifico el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 167-99-PE/DNE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "PITI" de matricula CO-18813-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 382.12 m3; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se otorgo el permiso de pesca, es decir, la embarcacion "PITI" cuenta con una capacidad de bodega total de 435.36 m3; Que mediante Resolucion Directoral Nº 301-2005PRODUCE/DNEPP del 24 de octubre del 2005, se resuelve modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 31597-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 424-98PE y a su vez modificada por el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 106-99-PE/DNE, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "MARINA"; en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 383.725 m3; como consecuencia de la aplicacion parcial de 55.60 m3 provenientes de la embarcacion siniestrada "JONICA" de matricula CO-10450-PM; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota; Que asimismo se resolvio modificar el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 106-99-PE/DNE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "MARINA" de matricula CO-18644-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 383.725 m3; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se otorgo el permiso de pesca, es decir, la embarcacion "MARINA" cuenta con una capacidad de bodega total de 437.50 m3; Que mediante Resolucion Directoral Nº 047-2001-PE/ DNEPP del 30 de MORDAZA del 2001, se modifico el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 091-99-PE, los articulos 2º y 9º de la Resolucion Directoral Nº 273-99-PE/DNE, el articulo 3º de las Resoluciones Directorales Nº 106-99-PE/DNE y 167-99-PE/DNE y los articulos 1º y 3º de las Resoluciones Directorales Nºs. 190-99-PE/DNE, 257-99-PE/DNE y 290-99-PE/DNE, en los extremos correspondientes a la razon social AUSTRAL GROUP S.A., consignandose la actual denominacion social AUSTRAL GROUP S.A.A., manteniendose en lo demas que contienen; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 576-97-PE del 16 de octubre de 1997, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a PESQUERA MORDAZA SEIS S.R.Ltda. para operar la embarcacion "JOCAMI" de matricula CE-4997-CM de 174.30 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen respectivamente, que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran

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