Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2007 (24/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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En MORDAZA a los nueve dias del mes de MORDAZA del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA TAMAYO Consejero Delegado del Consejo Regional del MORDAZA POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional del MORDAZA, a los catorce dias del mes de MORDAZA del dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAYAN Presidente del Gobierno Regional del MORDAZA

Economica", la que debe constituirse mediante Ordenanza Regional; Que, el Pleno del Consejo en Sesion del 8. mayo.2007 ha debatido y votado la aprobacion de la Ordenanza para la conformacion de la referida Comision, y en uso de atribuciones establecidas por la Ley Organica de Gobiernos Regionales, articulos 37º y 38º, asi como, estando a lo regulado por el Reglamento Interno del Consejo Regional, se emite la presente:

ORDENANZA REGIONAL
Articulo 1º.- Objeto de la Ordenanza Conformase una Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica Economica ­ Region Cusco; con la finalidad de orientar la toma de decisiones sobre los mejores usos del territorio, considerando las necesidades de la poblacion que la habita y en MORDAZA del medio ambiente; proponiendo, opinando, acompanando y coordinando la ejecucion del MORDAZA de la Zonificacion Ecologica Economica ­ ZEE a nivel Regional y local; asi como los aspectos relacionados a la macro zonificacion nacional; y: a) Conciliar los intereses regionales de la conservacion del patrimonio cultural con el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales; b) Orientar la formulacion, aprobacion y aplicacion de politicas nacionales regionales, sectoriales y locales sobre el uso sostenible de los recursos naturales y del territorio, asi como la gestion ambiental en concordancia con las caracteristicas y potencialidades de los ecosistemas, la conservacion del medio ambiente y el bienestar de la poblacion; c) Proveer el sustento tecnico para la formulacion de los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial, en el ambito regional y local; d) Apoyar el fortalecimiento de capacidades de las autoridades correspondientes para conducir la gestion de los espacios y los recursos naturales de su jurisdiccion; e) Proveer informacion tecnica y el MORDAZA referencial para promover y orientar la inversion publica y privada; f) Contribuir a los procesos de concertacion entre los diferentes actores sociales sobre la ocupacion y uso adecuado del territorio; y, g) Otras tendientes a la adecuada implementacion de lo concerniente a la Zonificacion Ecologica Economica Region Cusco. Articulo 2º.- De la Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica Economica ­ Region MORDAZA Encarguese a la Gerencia de Recursos Naturales la conformacion de una Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica y Economica ­ Region Cusco; y al PER IMA su implementacion, bajo responsabilidad; el cual debera estar integrada por un representante de cada uno de organismos estatales e instituciones siguientes: · Un representante de cada uno de los Alcaldes de las Municipalidades Provinciales; · Un representante de una institucion cientifica del area de trabajo; · Un representante por cada una de las Universidades del area de trabajo; · Representante de los sectores y de los niveles de gobierno con competencia en el otorgamiento de autorizaciones sobre el uso del territorio o los recursos naturales existentes en el area a ser objeto de la ZEE; · Dos representantes de las Organizaciones de Pueblos Indigenas; · Dos representantes de la empresa privada; y, · Dos representantes de los organismos no gubernamentales; · Un representante de los Colegios Profesionales de la Region. La convocatoria a los representantes se MORDAZA de acuerdo a los requerimientos especificos, segundos niveles de la Zonificacion Ecologica y Economica ­ ZEE y ambitos geograficos y manteniendo, la participacion equitativa de los representantes del sector publico, privado y de la sociedad civil, es decir se podran realizar modificaciones a la composicion de la comision, de acuerdo a las necesidades y caracteristicas particulares que crea conveniente la Gerencia de Recursos Naturales; para ello el PER IMA debera constituir un registro de Actores Sociales y Agentes participantes.

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Conforman Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica Economica Region MORDAZA
ORDENANZA Nº 005-2007-CR/GRC.CUSCO
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en Sesion de fecha 8. mayo. 2007, ha debatido; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica para el Aprovechamiento de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821; cuyo objetivo es promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables, estableciendo un MORDAZA adecuado para el fomento a la inversion, procurando un equilibrio dinamico entre el crecimiento economico, la conservacion de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de la persona humana; regula el regimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales en tanto constituyen patrimonio de la Nacion y establece la responsabilidad del Estado para promover a traves de leyes especiales sobre la materia, asi como de politicas adecuadas como la relimitacion de areas, el uso de los recursos. MORDAZA que destaca la soberania del Estado peruano en el aprovechamiento de sus recursos naturales, soberania que se traduce en la competencia que tiene para legislar y ejercer funciones ejecutivas y jurisdiccionales sobre ellos; Que, la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611, senala que la Gestion ambiental se estructura mediante el Sistema Nacional de Gestion Ambiental que tiene a su cargo la integracion funcional y territorial de la politica en la materia; se constituye sobre la base de la institucionalidad publica y privada del pais. Lo integran, los sistemas sectoriales, regionales y locales. Y, se vale de instrumentos que son los mecanismos orientados a la ejecucion de la politica ambiental. Siendo que, uno de instrumentos fundamentales del Sistema, es el ordenamiento territorial ambiental; Que, el Art. 19º de la Ley Nº 28611 precisa que el ordenamiento territorial ambiental es uno de los instrumentos es un MORDAZA tecnico politico orientado a la definicion de criterios e indicadores ambientales que condicionan la asignacion de usos territoriales y la ocupacion ordenada del territorio. Accion que tiene objetivos determinados segun lo regulado por el Art. 20º del mismo cuerpo legal. Es importante considerar el Art. 22º que dispone que el ordenamiento territorial ambiental es un objetivo de la descentralizacion en materia de gestion ambiental, debiendo observarse la politica nacional en materia de ordenamiento territorial ambiental en cuanto referente obligatorio de las politicas publicas en todos los niveles del gobierno; Que, habiendo sido declarad de interes nacional el ordenamiento territorial ambiental en todo el MORDAZA, mediante D.S. Nº 045-2001-PCM, se viene constituyendo la Comision Nacional para el Ordenamiento Territorial Ambiental; y habiendo sido Reglamentado por Presidencia del Consejo de Ministros mediante D.S. Nº 087-2004-PCM. El Gobierno Regional del MORDAZA, ha priorizado como politica de gobierno, la Zonificacion Ecologica y Economica ­ ZEE; Que; debiendo complementarse las consideraciones precedentes el Articulo 16º del D.S. Nº 087-2004-PCM, establece que para el desarrollo de un MORDAZA de ZEE en la jurisdiccion de una determinada Region, se debe conformar una "Comision Tecnica de Zonificacion Ecologica

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