Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2007 (24/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2007

destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1502001-PE, debiendo para cuyo efecto adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que a traves de los escritos del visto, la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A., solicita el cambio de titular de permiso de pesca de la embarcacion "JOCAMI" de matricula CE-4997-CM y capacidad de bodega 174.30 m3 autorizada a extraer los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, asimismo la sustitucion parcial del diferencial de RSW (carga neta) de las embarcaciones "KIANA" de matricula CO-18812-PM, "ROSA II", de matricula CO-16948-PM, "SIMON" de matricula CO-18517-PM, "MARINA" de matricula CO-18644-PM" y "PITI" de matricula CO-18813-PM, en el extremo referido a la ampliacion de las capacidades de carga MORDAZA de las mismas, solo en lo que corresponde para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina; via sustitucion y aplicacion de 86.44 m3 de volumen de bodega provenientes de la embarcacion "JOCAMI" de 174.30 m3 y la reserva del saldo de 87.86 m3 con acceso a los recursos anchoveta y sardina con acceso al consumo humano indirecto; Que el articulo 38º, numeral 38.4 del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece "que podra excepcionalmente dividirse la bodega autorizada en el permiso de pesca unicamente en cuanto a la capacidad de esta, para solicitar la ampliacion de bodega de embarcaciones pesqueras que cuenten con el incremento de flota o permiso de pesca que les otorguen acceso a los mismos recursos hidrobiologicos, siempre que se reduzca el numero de embarcaciones pesqueras que cuenten con acceso a la pesqueria materia de la ampliacion. Esta excepcion no incluye la division de pesquerias"; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se determina que la solicitud de sustitucion parcial de los diferencial de RSW, es decir, carga MORDAZA de las embarcaciones pesqueras "KIANA", "ROSA II", "SIMON", "MARINA" y "PITI" para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, via sustitucion y aplicacion parcial de la capacidad de bodega de la embarcacion "JOCAMI", no implica ningun incremento de esfuerzo pesquero sobre los recursos plenamente explotados anchoveta y sardina, toda vez que se reduce el numero de unidades para la extraccion de los mencionados recursos; y ademas las embarcaciones mantendran los mismos volumenes de bodega totales consignados en sus permisos de pesca; por lo que procede atender lo solicitado; Que asimismo, en lo que corresponde a los recursos jurel y caballa, las referidas embarcaciones pesqueras, cuando operen en la extraccion de los citados recursos, mantendran la misma capacidad de carga MORDAZA consignada en sus respectivos permisos de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 267-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Ley General del Procedimiento Administrativo Nº 27444; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Acumular el procedimiento de cambio de titular de permiso de pesca de la embarcacion "JOCAMI" de matricula CE-4997-CM, solicitud de modificacion de capacidad de carga MORDAZA de las embarcaciones "KIANA" con matricula CO-18812-PM, "PITI" con matricula CO18813-PM, "ROSA II" con matricula CO-16948-PM, "SIMON" con matricula CO-15817-PM y "MARINA" con matricula CO-18644-PM via aplicacion parcial del derecho de sustitucion de la embarcacion "JOCAMI" y reserva de un saldo de 87.86 m3 de capacidad de bodega formulado por AUSTRAL GROUP S.A.A. Articulo 2°.-Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion "JOCAMI" de matricula CE-

4997-CM con 174.30 m3 de capacidad de bodega a favor de la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado inicialmente. Articulo 3°.-Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 576-97-PE a la empresa PESQUERA MORDAZA SEIS S.R.Ltda. para operar la embarcacion pesquera "JOCAMI" de matricula CE-4997-CM de 174.30 m3 de capacidad de bodega. Articulo 4°.- Excluir a la empresa PESQUERA MORDAZA SEIS S.R.Ltda., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "JOCAMI" de matricula Nº CE-4997-CM de 174.30 m3 de capacidad de bodega del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 0862007-PRODUCE, asi como tambien del literal del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE. Articulo 5º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 424-98-PE y a su vez modificada por el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 273-99-PE/ DNE y el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 3012005-PRODUCE/DNEPP, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "KIANA"; en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 399.61 m3; como consecuencia de la aplicacion parcial de 21.33 m3 provenientes de la embarcacion "JOCAMI" de matricula CE-4997-CM; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota. Consecuentemente, modifiquese el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 273-99-PE/DNE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "KIANA" de matricula CO-18812-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 399.61 m3; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se otorgo el permiso de pesca. Articulo 6º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 374-98-PE/DNE y a su vez modificada por el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 091-99PE y el articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 3012005-PRODUCE/DNEPP, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "SIMON"; en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 399.61 m3; como consecuencia de la aplicacion parcial de 18.63 m3 provenientes de la embarcacion "JOCAMI" de matricula CE-4997-CM; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota. Consecuentemente, modifiquese el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 091-99-PE/DNE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "SIMON" de matricula CO-18517-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 399.61 m3; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se otorgo el permiso de pesca. Articulo 7º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 424-98-PE y a su vez modificada por el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 272-98-PE y el articulo 3º de la Resolucion Directoral Nº 301-2005-PRODUCE/ DNEPP, respecto a la autorizacion de incremento de flota de la embarcacion pesquera "ROSA II"; en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos, es de 399.61 m3; como consecuencia de la aplicacion parcial de 13.11 m3 provenientes de la embarcacion "JOCAMI" de matricula CE-4997-CM; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se autorizo el incremento de flota. Consecuentemente, modifiquese el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 272-98-PE, con el que se otorgo el permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "ROSA II" de matricula CO-16948-PM, con sistema de preservacion RSW a bordo, en el extremo referido a la carga MORDAZA para los recursos anchoveta y sardina; entendiendose que la nueva capacidad de carga MORDAZA para dichos recursos es de 399.61 m3; manteniendose los demas terminos y condiciones con las que se otorgo el permiso de pesca.

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