Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2008 (26/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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y MORDAZA MORDAZA Yong, Jefe de Promocion de Inversiones de PROINVERSION, debiendo dicha Agencia asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes, viaticos y Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto (TUUA); De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29142 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, por excepcion, el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Proyecto en Telecomunicaciones (e) y MORDAZA MORDAZA Yong, Jefe de Promocion de Inversiones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 27 al 29 de marzo de 2008, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al presupuesto de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada ­ PROINVERSION, de acuerdo al siguiente detalle: Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos TUUA : : : US$ US$ US$ 587,65 400,00 30,25

Senor MORDAZA MORDAZA Yong Pasajes Viaticos TUUA : : : US$ US$ US$ 587,65 400,00 30,25

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberan presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4°.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios cuyos viajes se autorizan. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

de necesidad publica expresamente declarada por decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros conforme a Ley; Que, RIO TINTO MINING AND EXPLORATION LIMITED, SUCURSAL DEL PERU, empresa peruana en la cual la empresa RIO TINTO MINING AND EXPLORATION LIMITED S.A., constituida en Bristol ­ Inglaterra, tiene el 100% de participacion, ha solicitado autorizacion para adquirir dieciocho (18) derechos mineros ubicados en la MORDAZA de frontera con Bolivia y MORDAZA del departamento de Tacna; Que, el numeral V del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-92-EM, establece que la industria minera es de utilidad publica y la promocion de inversiones en la actividad minera es de interes nacional; Que, el articulo 13° del Decreto Legislativo Nº 757, Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada y sus normas reglamentarias, declara de necesidad nacional la inversion privada, nacional y extranjera, en actividades productivas realizadas o por realizarse en las zonas de frontera del pais; Que, la solicitud formulada por la empresa RIO TINTO MINING AND EXPLORATION LIMITED, SUCURSAL DEL PERU se encuentra incluida dentro del supuesto de necesidad publica establecido en el articulo 71° de la Constitucion Politica del Peru, dado que el interes en establecer la titularidad del derecho minero solicitado trasciende al interes privado, incidiendo de manera importante en el bienestar de la comunidad, toda vez que mediante dicha excepcion se trata de lograr el desarrollo de las zonas de frontera, con el consiguiente aumento del nivel de MORDAZA en la MORDAZA de incidencia de las actividades mineras descritas en el presente decreto supremo; Que, la solicitud de RIO TINTO MINING AND EXPLORATION LIMITED, SUCURSAL DEL PERU, cuenta con la opinion favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emitida mediante Oficio N° 2264 EMCFFAA-D4/PLN MOV de fecha 26 de MORDAZA de 2007 del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1°.- Objeto Declarar de necesidad publica la inversion privada en actividades mineras, a fin de que RIO TINTO MINING AND EXPLORATION LIMITED, SUCURSAL DEL PERU, pueda adquirir y poseer concesiones y derechos sobre minas y recursos complementarios para el mejor desarrollo de sus actividades productivas, dentro de los cincuenta (50) kilometros de la frontera sur del MORDAZA, en los lugares donde se ubican los derechos mineros que se detalla en el articulo 2° del presente decreto supremo. Articulo 2°.- Autorizacion de adquirir derechos mineros Autorizar a RIO TINTO MINING AND EXPLORATION LIMITED, SUCURSAL DEL PERU, para adquirir dieciocho (18) derechos mineros, ubicados en el departamento de Tacna, en la MORDAZA de frontera con Bolivia y MORDAZA, detallados a continuacion:
Nº Derecho minero Codigo Has. Distrito Provincia Departamento 1 MORDAZA TRES 2 01-02247-06 800 Sitajara - Susapaya Tarata Tacna 2 3 4 5 6 7 8 9 MORDAZA TRES 5 MORDAZA TRES 6 MORDAZA TRES 7 MORDAZA TRES 8 MORDAZA TRES 9 MORDAZA TRES 10 MORDAZA TRES 11 MORDAZA TRES 12 01-02245-06 1000 Sitajara 01-02242-06 1000 Sitajara 01-02244-06 900 Tarata Tarata Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna Tacna

179854-5

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a empresa minera a realizar actividades dentro de los cincuenta kilometros de MORDAZA de frontera
DECRETO SUPREMO Nº 017-2008-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 71° de la Constitucion Politica del Peru establece que, dentro de los cincuenta (50) kilometros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer, por titulo alguno, minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni MORDAZA de energia, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en beneficio del Estado, el derecho asi adquirido y que se exceptua el caso

01-02243-06 1000 Sitajara - Susapaya Tarata Sitajara - Susapaya Tarata Tarata Tarata Tarata Tarata Tarata Tarata Tarata Tarata Tarata Tarata 01-02241-06 1000 Sitajara 01-02240-06 1000 Sitajara 01-02239-06 1000 Sitajara 01-02238-06 1000 Sitajara 01-02411-06 400 01-02414-06 800 01-02413-06 900 01-02412-06 900 Sitajara Chucatamani - Sitajara Chucatamani - Sitajara Sitajara

10 MORDAZA TRES 13 11 MORDAZA TRES 14 12 MORDAZA TRES 15 13 MORDAZA TRES 16 14 MORDAZA I 15 MORDAZA II

01-03768-06 1000 Estique MORDAZA Estique MORDAZA 01-03767-06 900 Chucatamani

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