Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2009 (12/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de marzo de 2009

NORMAS LEGALES

392259

donde con Informe Tecnico emite la conformidad al presente proyecto de Ordenanza de modificacion del MORDAZA, por encontrarse de acuerdo a Ley. Donde se senala que respecto al pago unico a efectuar por los vendedores emolienteros, propuesto, cabe precisar que en el punto de procedimientos, la indicacion de venta de emolientes, quinua y afines, debera de ser solamente Venta de Emolientes, Quinua, Maca, Soya y Bebidas Tradicionales Naturales sin Alcohol, ya que al decir afines, podria dar lugar a la venta de productos no acordes con la del vendedor emolientero. Asimismo es necesario agregar como requisito, que los solicitantes cuenten con el respectivo carne de sanidad, ya que se trata de manipular alimentos, lo que da lugar a un control sanitario por parte de la municipalidad; Que, a merito del Oficio Nº 053-2008-GRDEL-MDR, respecto al punto de la aprobacion automatica, se deberia aplicar lo establecido en los articulos 33º y 34º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, los mismos que se encuentran regulados por el articulo 2º de la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo, que establece, que los procedimientos administrativos sujetos al silencio positivo, se consideran automaticamente aprobados si, vencido el plazo establecido o MORDAZA la entidad no hubiera emitido pronunciamiento correspondiente, no siendo necesario expedirse pronunciamiento o documento alguno, para que el administrado pueda hacer efectivo su derecho, bajo responsabilidad del funcionario o servidor publico que lo requiera, de modo que el procedimiento de evaluacion previa, contempla un plazo para la evaluacion de la entidad edilicia; Que, a merito del Oficio Nº 053-2008-GRDELMDR, en el caso de la aprobacion automatica

contemplado en el articulo 31º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, la solicitud es considerada aprobada desde el mismo momento de su MORDAZA ante la entidad municipal, siempre que cumpla los requisitos exigidos en el MORDAZA, no siendo necesario ningun pronunciamiento expreso. En tal sentido se considera que la aprobacion automatica se de conforme a lo regulado por la Ley Nº 29060, Ley del Silencio Administrativo; Que, a merito del Informe Legal Nº 131-2008-OAJ-MDR emitido por la Oficina de Asuntos Juridicos, da conformidad al presente Proyecto de Ordenanza por encontrarse de acuerdo a Ley, con las observaciones que indica; De conformidad a lo dispuesto por los incisos 8 y 9 del articulo 9º y por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Dictamen Nº 0012009-CARC-SR-MDR emitida por la Comision de Administracion, Rentas y Comercializacion, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ­ MORDAZA EN EL NUMERAL 3.13 (Numeral adecuado al MORDAZA en tramite de Ratificacion en la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Ordenanza Nº 172-MDR) Articulo Primero: APRUEBESE y AGREGESE el numeral 3.13 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, el mismo que tendra el siguiente texto: Derecho de Clasificacion Previa Pago Autoridad que aprueba % S/. Positivo Negativo UIT 3.51 123.00 15 dias Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local



Procedimiento

Requisitos 1.- Solicitud dirigida al Sr. Alcalde. 2.- MORDAZA de DNI del solicitante. 3.- MORDAZA de vigencia de padron de Asociados y domicilio fiscal. 4.- Carne Sanitario 5.- Pago de derechos correspondientes

3.13 Autorizacion y/o renovacion de autorizacion de uso de via publica con fines comerciales (venta de emoliente, quinua, maca, soya y bebidas tradicionales naturales sin alcohol). "Art. 79º numeral 3) Inc. 3.6 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades

Articulo Segundo.- Dejese sin efecto toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo ratificatorio expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Desarrollo Economico Local, el cumplimiento de la presente Ordenanza.

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los once dias de febrero de dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 321982-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Conforman la Comision Distrital de Superacion de la Pobreza en el Distrito de San MORDAZA de Porres
ORDENANZA Nº 263-MDSMP San MORDAZA de Porres, 16 de enero del 2009 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 16.ENERO.2009 se trato sobre la conformacion de la Comision Distrital de Superacion de la Pobreza en el Distrito de San MORDAZA de Porres; y

CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de la fecha se trato sobre el proyecto de Ordenanza que conforma la Comision Distrital de Superacion de la Pobreza en el Distrito de San MORDAZA de Porres, en cumplimiento a los objetivos principales que contiene el Acuerdo Nacional sobre las MORDAZA prioridades y politicas de Estado para alcanzar la equidad y justicia social, entre otros; habiendose aprobado el Plan de Reforma de los Programas Sociales a traves del Decreto Supremo Nº 0292007-PCM que establece como objetivo general mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion y la reduccion de los niveles de pobreza extrema mediante el desarrollo integrado de acciones constantes y continuas que logren tener incidencia en las poblaciones o localidades afectadas, implementandose para ello actividades que no solo deben verificarse a nivel de gobierno central sino tambien a nivel de los gobiernos regionales y locales; Que, dentro de este contexto, la Estrategia Nacional CRECER, aprobada por Decreto Supremo Nº 055-2007PCM, esta orientada a superar la pobreza y reducir las brechas de inequidad y exclusion social, proponiendo la aprobacion articulada de las entidades publicas a nivel de gobiernos nacional, regional y local con las entidades

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