Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2009 (12/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de marzo de 2009

o que afecten la defensa y seguridad nacional"; y de conformidad con el Articulo 22º de la MORDAZA precitada, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, el Art. 128º del Decreto Supremo Nº 184-2008EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones del Estado, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobreviviente, despues de lo cual debera convocar el MORDAZA de seleccion que corresponda. De igual forma, senala que toda contratacion o Adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los (10) dias siguientes de la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, y los informes tecnico y legal en el SEACE, igualmente remitir dicha informacion a la Contraloria General de la Republica, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, por Decreto Supremo Nº 068-2007 se declaro en Estado de Emergencia al departamento de Ica y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, debido al fuerte sismo registrado el 15/08/2007, por el plazo de 60 (sesenta) dias naturales, disponiendose que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, entre otros, ejecutaran las acciones necesarias para la atencion de la Emergencia y la Rehabilitacion de las zonas afectadas; disposicion que se ha venido ampliando a traves de los Decretos Supremos Nº 071-2007-PCM, Nº 084-2007PCM, Nº 097-2007-PCM, Nº 011-2008-PCM, y ultimamente por Decreto Supremo Nº 084-2008-PCM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 25.DIC.2008, se declara el Estado de emergencia en el departamento de Lima. Ica y Huancavelica y otras jurisdicciones, por el plazo de sesenta (60) dias naturales; Que, mediante Acta de fecha 29.ABR.08, el Comite de Defensa Civil del distrito de San MORDAZA acuerda declarar en emergencia el Sistema de Agua Potable del distrito de San MORDAZA en atencion al Informe Tecnico de la Inspectora Basica de Instituto Nacional de Defensa Civil; y asimismo mediante Informe Nº 826-DOM-EMAPACANETE SA. de fecha 17.SET.08 emitida por el Jefe del Departamento de Operaciones y Mantenimiento de EMAPA CANETE, se recomienda el Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del distrito de San Antonio; Que, segun Informe Nº 107-2008-ACHF-GDUR-MDSA, de fecha 23.SET.08, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, ha verificado el estado situacional del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado en el distrito de San MORDAZA de Canete, constatando que el sistema de tendido de la red de agua y alcantarillado esta en mal estado, recomendando se Ejecute el Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del distrito de San MORDAZA de Canete, el cual cuenta con Ficha de Codigo SNIP Nº 55259 y aprobacion de Perfil mediante Resolucion de Alcaldia Nº 020-2009-AL-MDSA del 09.FEB.2009, siendo urgente la ejecucion de dicha obra, para lo cual es pertinente la elaboracion de los Estudios Especializados y Complementarios, requiriendose de la Contratacion de profesionales, consultores en Ingenieria para elaboracion de los Estudios correspondientes, asi como para realizar el diagnostico y evaluacion de los sistemas existentes de agua potable y alcantarillado de la localidad, estudios de suelos y evaluacion del impacto ambiental, complementarios al Proyecto "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del distrito de San MORDAZA de Canete"; Que, estando al Informe Tecnico N° 025-2009-ACHFGDUR-MDSA emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural que senala la justificacion tecnica para que se de atencion inmediata a la situacion de emergencia de los sistemas de agua y alcantarillado del distrito de San MORDAZA, de conformidad con la evaluacion tecnica de los entes especializados MORDAZA son la Oficina de Defensa

Civil, asi como el area Tecnica de EMAPA CANETE S.A. sugiriendo respecto al "Proyecto de Mejoramiento y ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del distrito de San MORDAZA de Canete", la exoneracion de procesos de seleccion previsto en el Capitulo XIII del D.S.N° 184-2008- EF (articulos 127º al 135º) para la contratacion de las consultorias para el MORDAZA de formulacion del correspondiente expediente tecnico, siendo estas las siguientes: A).- "Elaboracion de los Estudios Complementarios del Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del distrito de San MORDAZA de Canete. B).- "Estudio Topografico, Planimetrico Altimetrico, para el mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Canete", C)."Expediente Final del PIP denominado: "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del distrito de San Antonio-Canete", Que, mediante Informe Legal Nº 018-2009-OAL/MDSA, la Asesoria Juridica de la Municipalidad, emite su opinion legal favorable acerca de la procedencia de Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, y senala asimismo que se debe modificar el Plan Anual de Adquisiciones a fin de que se incluya los procesos de seleccion MORDAZA senalados; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, estando a los Informes Nº 025-2009ACHF-GDUR/MDSA de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Rural, e Informe Nº 018-2009-OAL/MDSA de la Oficina de Asesoria Legal de la Municipalidad, y a lo acordado por unanimidad del pleno en aplicacion de lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la Exoneracion de los procesos de Seleccion correspondiente al "Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del distrito de San MORDAZA de Canete", y que corresponde a los siguientes Estudios: 1. MORDAZA de Seleccion correspondiente a la "Elaboracion de los Estudios Complementarios del Proyecto de Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del distrito de San MORDAZA de Canete", 2. MORDAZA de Seleccion correspondiente al "Estudio Topografico, Planimetrico Altimetrico, para el mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado de la MORDAZA MORDAZA del distrito de San MORDAZA de Canete". 3. MORDAZA de Seleccion para "Elaboracion del Expediente Tecnico de Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado del distrito de San Antonio-Canete". Articulo Segundo.­ DESIGNAR a la Oficina de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas como organo responsable de llevar a cabo el MORDAZA de Exoneracion, de conformidad con el Articulo 135º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones del Estado. Articulo Tercero.- DISPONER, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion y disponer su publicacion en el SEACE del Organismo Superior de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (antes CONSUCODE) de acuerdo con el Articulo 134º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado; Articulo Cuarto.- DISPONER, la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad distrital de San Antonio. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal remita en forma inmediata MORDAZA del presente Acuerdo de Concejo y de los Informes Tecnico y Legal, a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 322174-1

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