Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2009 (25/11/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de noviembre de 2009

NORMAS LEGALES
Pasajes Viaticos Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto US$ US$ US$

406513
3,252.14 1,760.00 62.00

Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio para asistir a conferencia que se realizara en la sede de la OACI en Canada
RESOLUCION SUPREMA Nº 075-2009-MTC MORDAZA, 24 de noviembre de 2009 VISTO: El Informe Nº 696-2009-MTC/12 de fecha 22 de octubre de 2009, de la Direccion General de Aeronautica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 9.3 del articulo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, entre otros, habiendose previsto que las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la politica aerea nacional; Que, mediante Carta TC2/3.49 (07/801) de fecha 14 de octubre de 2009, el Jefe de Operaciones para las Americas de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, curso invitacion a los senores MORDAZA MORDAZA Mareovich, Director General de la Direccion General de Aeronautica Civil y MORDAZA Crovetto MORDAZA, Coordinador Nacional del Proyecto OACI, para que asistan a una conferencia tripartita, a desarrollarse en la sede de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, en la MORDAZA de Montreal, Canada, del 1 al 4 de diciembre de 2009, con la finalidad de definir los planes de accion y tomar decisiones sobre las actividades del proyecto; Que, el costo del referido viaje sera financiado dentro del MORDAZA del Convenio de Gestion de Servicios PER/07/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organizacion de Aviacion Civil Internacional - OACI, organismo tecnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley Nº 29132, de conformidad con los terminos de la Autorizacion de la Beca/Mision Int. Nº 015-10-2009, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Mareovich, Director General de la Direccion General de Aeronautica Civil y MORDAZA Crovetto MORDAZA, Coordinador Nacional del Proyecto OACI del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Montreal, Canada, del 1 al 4 de diciembre de 2009, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje seran cubiertos por el Convenio de Gestion de Servicios PER/07/801, de acuerdo a la Autorizacion de Beca/Mision Int. Nº 015-10-2009 y al siguiente detalle:

Articulo 3º.- Dentro de los siete (7) dias calendario siguientes de su retorno al MORDAZA, los funcionarios mencionados, deberan presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los funcionarios mencionados en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, deberan presentar dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 427320-8

Autorizan a Icontec del Peru S.R.L. como Entidad Certificadora de Conversiones a GNV
RESOLUCION DIRECTORAL N° 3352-2009-MTC/15 MORDAZA, 2 de noviembre de 2009 VISTOS: El parte diario registrado con N° 136178 y los expedientes registrados con Nºs 2009-022374 y 2009023388 presentados por la empresa ICONTEC DEL PERU S.R.L., mediante los cuales solicita autorizacion como Entidad Certificadora de Conversiones a GNV y realizar la inspeccion fisica del vehiculo convertido al uso de Gas Natural Vehicular-GNV y del vehiculo originalmente disenado para la combustion de GNV (vehiculo dedicado, bi-combustible o dual), asi como la inspeccion inicial del taller que pretenda ser acreditado por la Direccion General de Transporte Terrestre, como Taller de Conversion a GNV autorizado y la inspeccion anual del Taller de Conversion a GNV autorizado, con el proposito de asegurar que los vehiculos cumplan con las exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas y complementarias, asi como en la normativa vigente en materia de Limites Maximos Permisibles. CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Vehiculos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC, establece los requisitos y caracteristicas tecnicas que deben cumplir los vehiculos para que ingresen, se registren, transiten, operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre; Que, el Articulo 29º del citado Reglamento establece el MORDAZA normativo que regula las conversiones de los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.