Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2009 (25/11/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 380-2009-CE-PJ

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de noviembre de 2009

MORDAZA, 23 de noviembre de 2009 VISTOS: El Oficio N° 720-2009-ETI-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal; el Oficio N° 111-2009-DOPD/PJ cursado por el Presidente de la Comision de Trabajo de Implementacion del ETI, y el Informe Nº 159-2009-SEPGP-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial; y; CONSIDERANDO:

para el Ano Fiscal 2009, y en la Ley N° 29425 que otorga recursos adicionales; Setimo: Que, los incisos 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE:

Primero: Que, mediante Decreto Legislativo N° 957, se promulgo el Codigo Procesal Penal y en su Primera Disposicion Final de las Disposiciones Complementarias se establecio su vigencia progresiva en los diferentes Distritos Judiciales segun calendario oficial. En tal sentido, y de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 016-2009-JUS, publicado el 21 de noviembre de 2009, que ha dispuesto adelantar la vigencia de la citada MORDAZA procesal en el Distrito Judicial de Ica para el 1° de diciembre del ano en curso, corresponde dictar las medidas pertinentes con tal objeto; Segundo: Mediante Ley Nº 28994 se modifico el articulo 18° del Decreto Legislativo N° 958, que regula el MORDAZA de implementacion y transitoriedad del MORDAZA Codigo Procesal Penal; estableciendo que el Poder Judicial implementara una organizacion de despacho judicial para conocer los nuevos procesos penales bajo el criterio de carga cero; contando a su vez con jueces dedicados exclusivamente a concluir con los procesos penales iniciados MORDAZA de la vigencia de la citada MORDAZA procesal; Tercero: Que, el articulo 13° del Decreto Legislativo N° 958, preve la facultad de integrar, indistintamente, los Juzgados Penales, Unipersonales y Colegiados, por los mismos Jueces, pudiendo inclusive establecerse Juzgados Penales Supraprovinciales; Cuarto: Que, el MORDAZA de implementacion, se sujeta en los siguientes criterios: a) Conversion de los actuales organos jurisdiccionales penales en los necesarios bajo el MORDAZA sistema procesal penal; b) Creacion de los organos jurisdiccionales indispensables en caso que la conversion resulte insuficiente para disenar la organizacion del MORDAZA despacho judicial; c) Creacion de los Juzgados Penales Liquidadores en numero necesario para procurar liquidar los expedientes tramitados bajo el sistema procesal anterior, en el menor tiempo posible; d) Crear una organizacion flexible a efectos que de acuerdo al flujo de carga procesal los Jueces de los Juzgados Unipersonales, puedan conformar Juzgado Penal Colegiado; y, e) Por razones de carga procesal, acceso a la justicia y racionalizacion de recursos, excepcionalmente los Juzgados Mixtos en adicion a sus funciones pueden asumir competencias de Juzgados Unipersonales o de la Investigacion Preparatoria, respectivamente; y, f) Por razones de carga procesal, acceso a la justicia y racionalizacion de recursos, excepcionalmente los Juzgados de Paz Letrados en adicion a sus funciones pueden asumir competencia de Juzgado de la Investigacion Preparatoria; Quinto: Que, en el Distrito Judicial de Ica, se atiende jurisdiccionalmente a cinco provincias del Departamento del mismo nombre, tres provincias del Departamento de MORDAZA, y una del Departamento de Huancavelica, totalizando nueve provincias; con una poblacion total aproximada de 876 705 habitantes conforme al ultimo Censo de Poblacion y Vivienda, y funcionan seis MORDAZA Superiores Penales y Mixtas, doce Juzgados Especializados Penales Permanentes, dos Juzgados Especializados Penales Transitorios; ocho Juzgados Mixtos, y dieciocho Juzgados de Paz Letrados; Sexto: Se ha disenado una propuesta de conformacion de organos jurisdiccionales para la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal en el Distrito Judicial de Ica, orientada a brindar servicio eficiente y racionalizado de los recursos presupuestarios para ese proposito, previstos en la Ley N° 29289, Ley de Presupuesto del Sector Publico

Articulo Primero.- Convertir en el Distrito Judicial de Ica, los siguientes organos jurisdiccionales, en la forma que se indica a continuacion: - A partir del 1 de diciembre de 2009 a) PROVINCIA y DEPARTAMENTO DE ICA · La Primera Sala Superior Especializada Penal de la sede de la Corte Superior de Justicia, en Sala Penal de Apelaciones, con competencia en todo el Distrito Judicial de Ica; excepto las Provincias de Nazca, Palpa, Lucanas, Parinacochas y MORDAZA del MORDAZA Sara. · La MORDAZA Sala Superior Especializada Penal de la sede de la Corte Superior de Justicia, en Sala Penal Liquidadora Permanente, con competencia en toda la Provincia de Ica. · El Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados Especializados Penales, en el Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados de la Investigacion Preparatoria, con competencia territorial en toda la Provincia de Ica; exceptuando lo que es materia de competencia del Modulo Basico de Justicia de Parcona. · El MORDAZA y MORDAZA Juzgados Especializados Penales, en Primer y MORDAZA Juzgados Penales Unipersonales, con competencia territorial en toda la Provincia de Ica, exceptuando lo que es materia de competencia del Modulo Basico de Justicia de Parcona. Ademas, los citados organos jurisdiccionales tendran competencia en los Distritos de MORDAZA de Chocorvos, MORDAZA, Laramarca, Ocoyo, MORDAZA de Quirahuara, Querco, San MORDAZA de Sangayaico, San MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de Capillas, de la Provincia de Huaytara. Cuando la exigencia del juzgamiento lo requiera conformaran Juzgado Penal Colegiado, con competencia Supraprovincial. · El MORDAZA Juzgado Especializado Penal, en Juzgado Penal Liquidador Permanente en la sede de la Corte Superior, con competencia territorial en toda la Provincia de Ica; exceptuando lo que es materia de competencia del Modulo Basico de Justicia de Parcona. · El Primer Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Parcona, en Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con la misma competencia territorial que corresponde al citado Modulo Basico de Justicia. · El MORDAZA Juzgado Mixto del Modulo Basico de Parcona, en Juzgado Mixto y en adicion de sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal; asumiendo la carga del Primer Juzgado Mixto, con excepcion de la carga penal; con la misma competencia territorial que corresponde al referido Modulo Basico de Justicia. Cuando la exigencia de juzgamiento lo requiera conformaran Juzgado Penal Colegiado, con competencia Supraprovincial. b) PROVINCIA DE CHINCHA, DEPARTAMENTO DE ICA · La Primera Sala Mixta, en Sala Mixta Descentralizada, asumiendo la carga extrapenal de la MORDAZA Sala Mixta de la citada provincia, con competencia territorial correspondiente a la de las actuales MORDAZA Mixtas. · La MORDAZA Sala Mixta, en Sala Penal Liquidadora; debiendo liquidar la carga penal de las dos MORDAZA Mixtas, con competencia territorial correspondiente a la de las actuales MORDAZA Mixtas. · El Primer y MORDAZA Juzgados Especializados Penales, en Primer y MORDAZA Juzgados de la Investigacion

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