Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2010 (10/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

410779

Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo ordenado a traves de la Resolucion Numero UNO de fecha 01 de octubre de 2009, admitir a tramite el expediente presentado con fecha 21 de enero del 2003 via la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA, y como consecuencia de la evaluacion del mismo, otorgar permiso de pesca provisional a favor del senor MORDAZA MORDAZA URCIA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "AURORA MORDAZA 2" de matricula Nº PL-4332-PM y 109.70 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta para consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco con tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm), en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa. Articulo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca para la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo por no contar con el protocolo tecnico sanitario correspondiente. Articulo 3º.- Incluir a la embarcacion "AURORA MORDAZA 2" de matricula Nº PL-4332-PM en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; asi como en el Anexo II del listado de embarcaciones publicada por Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Articulo 4º.- La embarcacion pesquera "AURORA MORDAZA 2" de matricula Nº PL-4332-PM, para efectuar faenas de pesca debera contar con el Sistema de Seguimiento Satelital instalado y operativo. Articulo 5º.- El derecho administrativo concedido por la presente Resolucion quedara sin efecto en el caso que el Poder Judicial, como consecuencia de la revocacion de la medida cautelar lo ordene con sentencia firme y desfavorable al titular del derecho indicado. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Procuraduria Publica del Ministerio de la Produccion, Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y al MORDAZA Juzgado Transitorio Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 443058-2

Incorporan listados de captura por maximos de

dos embarcaciones en porcentajes maximos de embarcacion y de limites captura por embarcacion

RESOLUCION DIRECTORAL N° 994-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 23 de diciembre del 2009 Visto los escritos de Registro N° 00094856, Registro N° 00094857, Registro N° 00094858 y Registro N° 00096867 de fecha 27 de noviembre y 04 de diciembre de 2009, presentado por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C.- COPEINCA S.A.C., el Oficio N° 1298-2009PRODUCE/OGTIE-Oe emitido por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al Consumo Humano Indirecto, con la finalidad de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA

con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2008PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobandose a traves de su Articulo 2°, la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo N° 1084. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2009PRODUCE, se aprobo el reglamento para la aplicacion del Decreto Legislativo N° 1084 - Ley Sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del MORDAZA, asimismo, a traves de su Articulo 2°, se aprobo la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur (PMCE-Sur) como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo N° 1084 - Ley Sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del Pais. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante la Resolucion Directoral N° 8432008-PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, y con Resolucion Directoral N° 872-2009-PRODUCE-DGEPP de fecha 30 de octubre de 2009, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion del recurso anchoveta correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca del 2009, cuyos anexos fueron publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 376-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 25 de MORDAZA de 2009, se aprobo el Listado de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur ­ PMCE-SUR y con Resolucion Directoral N° 451-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 19 de junio de 2009, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur - LMCE-SUR del recurso anchoveta correspondiente a la primera temporada de pesca Julio-Diciembre de 2009 de la citada MORDAZA, cuyos Anexos fueron publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009PRODUCE, se adiciono un parrafo al Articulo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, senalando que en caso de los calculos de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), el Ministerio de la Produccion considera una nueva reserva de contingencia, la misma que sera utilizada para dar atencion, a lo senalado en el numeral 3 del citado articulo 11° que indica: "Cuando lo disponga una resolucion administrativa o judicial firme que implique (i) la modificacion de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en tramite por sustitucion de igual capacidad de bodega, (iii) el reconocimiento de un incremento de flota por sustitucion de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobacion del PMCE; o, (iv) la modificacion del permiso de pesca"; Que, el numeral 2) del Articulo 5º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, senala que se asignara un Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion a las embarcaciones pesqueras que cuentan con permiso de pesca vigente para la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA, en la fecha de vigencia de la Ley y aquellas reconocidas por el Ministerio en virtud de resolucion administrativa o judicial firme; Que, mediante Resolucion Directoral N° 894-2009PRODUCE/DGEPP, del 10 de noviembre de 2009, se aprobo a favor de COPEINCA S.A.C. la regularizacion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera GRUNEPA 3 con matricula CO-5069-PM a 412.78 m3 via

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