Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2010 (10/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de enero de 2010

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE URUBAMBA VISTO: En sesion extraordinaria del Concejo Municipal de fecha, 10 de Diciembre de 2009, bajo la convocatoria y presidencia del Senor MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA Ocsa, con asistencia de los Senores Regidores MORDAZA MORDAZA Tamayo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de Autonomia Politica, Economica y Administrativa, en asuntos de su competencia de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, reformado por la Ley Nº 27680 concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo que dispone el Art. X del T.P. de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento economico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental. La promocion del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinacion y asociacion con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de MORDAZA de su poblacion. Que, es politica de la actual gestion municipal promover el desarrollo economico local con incidencia en la micro y pequena empresa, a traves de planes de desarrollo economico local aprobadas en MORDAZA con la politica y planes nacionales y regionales de desarrollo; asi como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad de sus respectivas circunscripciones. Que, existiendo necesidad de caracter social es indispensable iniciar gestiones de expropiacion basada en los alcances de la Ley General de Expropiacion No. 27117, y en estricta aplicacion del articulo 9º de la mencionada Ley, que autoriza y avala el trato directo de expropiacion del predio denominado "OSCCOLLO", ubicado en el Distrito de Maras, Provincia de Urubamba, propiedad de los esposos A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyra de Arroyo. Que, el Certificado de Busqueda Catastral, expedido por la oficina de Registro de Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral Nº X de la MORDAZA del MORDAZA, el referido predio "Osccollo" no se encuentra inscrito y/o actualizado en los archivos de la Oficina Registral, dejandose MORDAZA que como resultado de la construccion del poligono e insercion en la base grafica, se informa que el predio "Osccollo" no se superpone con otros predios inscritos. Que asi mismo, conforme se tiene la documentacion del referido predio, se demuestra que los esposos A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreira de MORDAZA, vienen poseyendo dicho inmueble por mas de veinte anos consecutivos. Que, la expropiacion consiste en la transferencia forzada del derecho de propiedad privada, autorizada unicamente por la Ley expresa del Congreso a favor del estado, a iniciativa del Poder ejecutivo, Regiones o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnizacion justipreciada que incluya compensacion por el eventual perjuicio. Que mediante informe tecnico Nº 684B-GI-MPU-2009 de fecha 11 de Noviembre de 2009, se especifica, que resulta urgente y necesario se lleve a cabo la adquisicion del referido terreno que cuenta con un area de 15,225.68 m2, a fin de que una parte sea destinado para permutar con los terrenos del Instituto Nacional Penitenciario que actualmente viene poseyendo en el sector de Ccotohuincho de una extension de diez mil metros cuadrados y el restante sera destinado a la construccion de almacen Municipal.

Que, mediante informe Nº 096-2009-AL-MPU, de fecha 30 de Noviembre de 2009, la Oficina de Asesoria Juridica de la Municipalidad Provincial de Urubamba, emite opinion senalando que se de inicio al MORDAZA de expropiacion de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 9º de la Ley General de Expropiaciones Nº 27117. En uso de las facultades conferidas en el Art. 9º de la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, los Informes Tecnico y Legal senalados; el pleno de Concejo Municipal, con MORDAZA UNANIME del pleno del Concejo y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la iniciacion del MORDAZA de expropiacion por necesidad publica del predio rural denominado "OSCCOLLO" de un area de 15,225.68 M2, ubicado en el distrito de Maras, provincia de Urubamba y departamento del MORDAZA, de propiedad de los esposos A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA DE MORDAZA, en merito a los consideraciones expuestas precedentemente. Articulo Segundo.- DISPONER el pago del justiprecio a favor de los sujetos pasivos de la expropiacion la suma de S/ 240,261.23 (DOSCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON 23/100 NUEVOS SOLES) como valor comercial actualizado del inmueble. En este monto esta incluido el 5% (cinco por ciento) por concepto de indemnizacion justipreciada. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Planificacion y Presupuesto y Asesoria Legal el Cumplimiento estricto del presente acuerdo. Articulo Cuarto.- DISPONER, la publicacion del presente acuerdo conforme a Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA OCSA MORDAZA 443849-1

CONVENIOS INTERNACIONALES
FE DE ERRATAS CONVENIOS INTERNACIONALES Mediante Oficio RE (GAB) Nº 11 el Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de Erratas de la publicacion realizada el 8 de enero de 2010 respecto a la fecha de entrada en vigencia de un Convenio Internacional de la forma siguiente: DICE: Entrada en vigencia del "Addendum Nº 2 al Convenio de Financiacion Especifico entre la Comunidad Europea y la Republica del Peru "Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Peru - JUSPER", suscrito el 19 de diciembre del 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificada por Decreto Supremo Nº 105-2009-RE de fecha 18 de diciembre de 2009, publicado el 19 de diciembre de 2009. Entro en vigencia el 19 de noviembre de 2008. DEBE DECIR: Entrada en vigencia del "Addendum Nº 2 al Convenio de Financiacion Especifico entre la Comunidad Europea y la Republica del Peru "Proyecto de Apoyo a la Reforma del Sistema de Justicia del Peru - JUSPER", suscrito el 19 de diciembre del 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru y ratificada por Decreto Supremo Nº 105-2009-RE de fecha 18 de diciembre de 2009, publicado el 19 de diciembre de 2009. Entro en vigencia el 19 de diciembre de 2008. 443896-1

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