Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2010 (10/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

410767

CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 014-2009-PRODUCE, se dispuso que mediante Resolucion Directoral se publicara la relacion de embarcaciones pesqueras que presenten una diferencia mayor del 3% entre las descargas de recursos hidrobiologicos verificadas por el Ministerio de la Produccion con la informacion obtenida del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" y lo informado por el armador pesquero en las declaraciones juradas de pago de derechos presentadas, correspondientes al 2008; En tal sentido, el armador pesquero debera pagar la diferencia, teniendo como referencia el doble del pago de los derechos de pesca establecido en el articulo 45° del Reglamento de la Ley General de Pesca, por cada tonelada de exceso, dentro de los treinta (30) dias habiles contados a partir del dia siguiente de efectuada la comunicacion; En caso de incumplimiento la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero suspendera los permisos de pesca y comunicara a la Autoridad Maritima a fin de que suspenda el zarpe de dichas embarcaciones; Que, en el Informe N° 1202-2009-PRODUCE/DGEPPDchi, se adjunto la relacion de embarcaciones pesqueras, cuyos armadores realizaron descargas que presentan una diferencia mayor al 3% entre lo declarado por estos y lo verificado por la Administracion (Tolvas 2008) para Consumo Humano Indirecto; obtenida del "Programa de Vigilancia y Control de Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo". Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante el Informe 1202 -2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones de la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y modificado por los Decretos Supremos N° 007 y 0112002-PRODUCE;

Articulo 1°.- Aprobar la relacion de embarcaciones pesqueras que presentan una diferencia mayor del 3% entre las descargas de recursos hidrobiologicos (destinados al consumo humano indirecto) verificadas por el Ministerio de la Produccion con la informacion obtenida del "Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo" y lo informado por el armador pesquero en las declaraciones juradas de pago de derechos presentadas, correspondientes al 2008; relacion que se encuentra en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Establecer el plazo de treinta (30) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de efectuada la notificacion de la presente Resolucion Directoral, para que los armadores cuyas embarcaciones pesqueras se encuentran consignadas en el Anexo de la presente Resolucion Directoral, cumplan con efectuar la cancelacion de los adeudos correspondientes. Articulo 3°.- A efectos de cancelar los adeudos mencionados en el articulo anterior, los armadores podran ingresar diariamente a la pagina web del Ministerio de la Produccion (www.produce.gob.pe) y verificar el importe a pagar en el dia. Articulo 4°.- Vencido el plazo establecido en el articulo 2° de la presente Resolucion, la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Resolucion Directoral procedera a publicar la relacion de embarcaciones pesqueras cuyos permisos de pesca quedan suspendidos, y comunicara a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa dicha relacion para que no se les otorgue la autorizacion de zarpe respectiva. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

ANEXO DIFERENCIA MAYOR AL 3% ENTRE LO DECLARADO POR EL ARMADOR Y LO VERIFICADO POR LA ADMINISTRACION - TOLVAS 2008 CONSUMO HUMANO INDIRECTO (CHI) N° EMBARCACION MATRICULA COD. DE PAGO 1142 2088 5400 5203 5455 7816 7549 ARMADOR ANO DIFERENCIA t. 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 2008 377.19 415.65 155.60 4894.52 214.81 735.22 159.69 19.51 325.17 61.67

Regimen: DECRETO LEY N° 25977 1 MORDAZA MORDAZA 3 IO-2393-PM 2 DON MANUCO CO-11842-CM 3 MORDAZA NATHALY PT-3869-PM 4 MORDAZA 9 CO-4832-PM 5 MI MORDAZA II CE-1337-PM 6 MORDAZA CO-6236-PM 7 TASA 18 SE-0829-PM Regimen: LEY N° 26920 1 MORDAZA II 2 CRISTO SALVA PL-10424-CM PL-4853-CM

EMPRESA PESQUERA PERCAR S.A.C. EMPRESA PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. VARADERO LAS DELICIAS S.A.C. MORDAZA MORDAZA CORP S.A.C. PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C. MORDAZA MORDAZA CORP S.A.C. TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A.

3 MORDAZA DE CHALPON PL-5495-CM

4 MORDAZA DE CHALPON PL-19496-CM Nº 1

47 MORDAZA MORDAZA MORDAZA ,ALVARADO MORDAZA MORDAZA ,ALVARADO MORDAZA MORDAZA 13813 MORDAZA MORDAZA MORDAZA ,VENTURA MORDAZA MORDAZA 1750 QUEREBALU MORDAZA MORDAZA, QUEREBALU MORDAZA MORDAZA, QUEREBALU MORDAZA CALIXTRO, QUEREBALU MORDAZA MORDAZA, QUEREBALU MORDAZA MORDAZA MORDAZA, QUEREBALU MORDAZA MORDAZA MORDAZA ,QUEREBALU MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, QUEREBALU QUEREBALU MORDAZA 10043 QUEREBALU MORDAZA MORDAZA ,QUEREBALU MORDAZA MORDAZA, QUEREBALU MORDAZA CALIXTRO, QUEREBALU MORDAZA MORDAZA, QUEREBALU MORDAZA MORDAZA MORDAZA, QUEREBALU MORDAZA MORDAZA MORDAZA, QUEREBALU MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA, QUEREBALU QUEREBALU MORDAZA

2008

166.66

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