Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2010 (02/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

418346

NORMAS LEGALES
2.37% S/ 85.32 4.74% S/ 170.64 7.11%

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de MORDAZA de 2010

3.2 Por diligencia frustrada de embargo en forma de intervencion en recaudacion, en informacion o en administracion de bienes. 3.3 Por diligencia efectiva de embargo en forma de deposito o secuestro conservativo sin descerraje 3.4 Por diligencia frustrada de embargo en forma de deposito o secuestro conservativo sin descerraje 3.5 Por diligencia de embargo en forma de deposito o secuestro conservativo con descerraje 3.6 Por diligencia de devolucion de bienes muebles (no incluye traslado del lugar retirado) 3.7 Por diligencia de embargo en forma de inscripcion de bienes muebles e inmuebles 3.8 Por diligencia efectiva de embargo en forma de retencion 3.9 Por diligencia frustrada de embargo en forma de retencion 3.10 Por embargo en forma de retencion via transferencia telematica 3.11 Por diligencia de remate frustrado 3.12 Por fijacion de avisos de remate 4 Otros conceptos 4.2 Por MORDAZA simple (hoja) 5 Organos de MORDAZA Coactivo 5.1 Por Depositario 5.2 Por Interventor (por dia de intervencion) 5.3 Peritos 5.3.1 Peritajes por valores inferiores a 12 UIT 5.3.2 Peritajes por valores superiores a 12 UIT 5.3 Por Almacenaje ( por dia y metro cuadrado)

S/ 255.96

9.48% S/ 341.28

3.15%

S/. 113.40

6.30% S/. 226.80 4.74% S/ 170.64 10.00% S/ 360.00 2.24% S/ 80.64 6.00% S/ 216.00 3.20% S/ 115.20 1.54% S/ 55.44 1.10% S/ 39.60 1.54% S/ 55.44 0.70% S/ 25.20 0.02% 2.00% S/. 0.72 S/. 72.00

9.45%

S/. 340.20 12.60% S/. 453.60 9.48% S/ 341.28 20.00% S/ 720.00 4.48% S/ 161.28 12.00% S/ 432.00 6.40% S/ 230.40 3.08% S/ 110.88 2.20% S/ 79.20 3.08% S/ 110.88 1.40% S/ 50.40 0.04% S/. 1.44

2.37% S/ 85.32 5.00% S/ 180.00 1.12% S/ 40.32 3.00% S/ 108.00 1.60% S/ 57.60 0.77% S/ 27.72 0.55% S/ 19.80 0.77% S/ 27.72 0.35% S/ 12.60 0.01% 1.00% 1.50% 3.25% 0.3%(2) 0.02% S/. 0.36 S/. 36.00 S/. 54.00 S/. 117.00 S/. 0.72

7.11% S/ 255.96 15% S/ 540.00 3.36% S/ 120.96 9.00% S/ 324.00 4.80% S/ 172.80 2.31% S/ 83.16 1.65% S/ 59.40 2.31% S/ 83.16 1.05% S/ 37.80 0.03% 3.00% 4.50% S/. 1.08 S/. 108.00 S/. 162.00

4.00% S/. 144.00 6.00% S/. 216.00

3.00% S/. 108.00

6.50% S/. 234.00 9.75% 0.3%(2) 0.3%(2) 0.04% S/. 1.44 0.06%

S/. 351.00 13.00% S/. 468.00 0.3%(2) S/. 2.16 0.08% S/. 2.88

6 Gastos 6.1 Los gastos por actuaciones de otros que intervengan en el procedimiento de Ejecucion Coactiva, ademas de cualquier otro gasto dentro del procedimiento coactivo seran sufragados por la Oficina de Ejecucion Coactiva del Gobierno Regional La MORDAZA los mismos que seran reembolsados por el obligado, previo MORDAZA de Liquidacion de Gastos. a. UIT ano 2,010 = 3600 b. Del valor comercial del bien materia de tasacion

488130-1- 488132-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban otorgamiento de beneficios de rebaja del pago de multas administrativas en aplicacion de las Ordenanzas Nºs. 03-2001-C/MC y 116C/MC
ORDENANZA Nº 301-C/MC Comas, 23 de MORDAZA del 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen de la Comision de Fiscalizacion de fecha 22 de MORDAZA del 2010, que propone al pleno del Concejo Municipal la aprobacion del proyecto de Ordenanza de otorgamiento de beneficios a las personas que hayan subsanado o regularizado la infraccion administrativa; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, rigen su accionar por lo que dispone la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades y demas normas que, con arreglo a la Constitucion, regulan el funcionamiento y actividades del sector publico nacional,

entre las que se encuentran las normas que regulan las competencias y gestion tributaria municipal; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, corresponde al Concejo Municipal: "Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; y crear, modificar, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley"; al mismo tiempo, la propia Ley Organica de Municipalidades establece que las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea la aplicacion de las sanciones correspondientes, que mediante Ordenanza se determina el regimen de sanciones administrativas y la escala de multas de acuerdo a la gravedad de las faltas, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias; Que, con Informe Nº 377-2010-SGSA-GFSC/MC, de fecha 17 de marzo del 2010, la Subgerente de Sanciones Administrativas da cuenta que, por la aplicacion de las Ordenanzas Nºs. 290 y 291-C/MC, ampliada en su vigencia hasta diciembre del 2009, mediante la Ordenanza Nº 294C/MC, en el periodo de julio-diciembre del 2009 se ha tenido un total de 943 multas canceladas y actualmente se tienen registradas 4,039 Notificaciones de Infraccion, 669 Actas de Constatacion de Infraccion y 1474 Resoluciones de Sancion Administrativa, lo que justifica que se apruebe la vigencia de los descuentos a las multas administrativas establecidos y se incorporen nuevos codigos, de modo que mas administrados se vean favorecidos con el beneficio de rebaja de multa, se incentiva el MORDAZA de saneamiento de sus obligaciones y se rebaja la cartera de deudores; la propuesta es respaldada por la Gerencia de Fiscalizacion y Sanciones Administrativas, expresada en el Memorando Nº 158-2010-GFSC/MC y luego se ha emitido el Informe Nº 091-2010-GAJ/MC, en el que la Gerencia de Asuntos Juridicos opina por la viabilidad de la propuesta presentada; Que, siendo politica de la actual gestion promover que los administrados logren el cambio voluntario y adecuen

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