Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2010 (02/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

418361

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, que aclara que dicha autonomia radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, con relacion a la autonomia politica, el numeral constitucional MORDAZA senalado ha otorgado expresamente al Concejo la funcion normativa en los asuntos de su competencia; cumpliendose precisamente esta funcion, entre otros mecanismos, a traves de las Ordenanzas Municipales, mediante las cuales se aprueba el regimen de organizacion interior y funcionamiento del gobierno local, tal y como se recoge en el Numeral 3), 8) y 32) del Articulo 9º y el Articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 015-2007MDLP/ALC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de Noviembre del 2007 y su modificatoria Ordenanza Nº 010-2009-MDLP/OPP, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta, en el cual la Gerencia Central de Desarrollo Humano, cumple con las funciones de promover, programar, dirigir y supervisar las actividades de programas sociales, entre otros, y la Gerencia de Salud y Bienestar Social es la encargada de la atencion de los mismos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 399-2004PCM se crea el Sistema de Focalizacion de Hogares ­ SISFOH y se aprueba la Directiva de organizacion y funcionamiento del mismo, Sistema que tiene el proposito de proveer a los programas sociales informacion que sera utilizada para la identificacion y seleccion de sus beneficiarios, asi como facilitar a la Comision Interministerial de Asuntos Sociales ­ CIAS, la ejecucion, seguimiento y evaluacion del cumplimiento de la Politica Social; Que, conforme a la normativa citada, resulta necesario actualizar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta, incluyendo dentro las funciones correspondientes a la Gerencia Central de Desarrollo Humano y la Gerencia de Salud y Bienestar Social, las referidas a la gestion del Sistema de Focalizacion de Hogares ­ SISFOH, para el funcionamiento de la Unidad Local de Focalizacion; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 018-2007PCM, aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la administracion publica; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 110-2010MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, el Concejo Municipal, con el MORDAZA Unanime de sus miembros, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE INCLUYE EN EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES LAS FUNCIONES RELACIONADAS AL SISTEMA DE FOCALIZACION DE HOGARES ­SISFOH Articulo Primero.- Modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad de La Punta, numeral 12º del Articulo 60º, Articulo 62º, numerales 17 del Articulo 63º, con el texto siguiente: "Articulo 60º.- Son funciones generales de la Gerencia Central de Desarrollo Humano: (...) 12. Supervisar el funcionamiento de la Unidad Local de Focalizacion encargada del manejo del Sistema de Focalizacion de Hogares ­ SISFOH la que se responsabiliza de proveer a los programas sociales informacion que sera utilizada para la identificacion y seleccion de sus beneficiarios, asi como facilitar a la

Comision Interministerial de Asuntos Sociales ­ CIAS, la ejecucion, seguimiento y evaluacion del cumplimiento de la Politica Social " "Articulo 62º.- La Gerencia de Salud y Bienestar Social, es el organo encargado de atender al Centro Integral de Atencion al Adulto Mayor (CIAM) y los servicios sociales, tales como salud y atencion al MORDAZA, adolescente y discapacitado; asimismo es responsable de atender los Programas Sociales como, Programa del Vaso de Leche, el Comedor del Abuelo, la Lonchera Municipal, la Unidad Local de Focalizacion para integrar el Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH), entre otros que puedan crearse y/o vayan a ser transferidos por el Gobierno Nacional, cuya finalidad sea brindar un servicio de indole social a los sectores mas vulnerables de la poblacion. Esta a cargo de un Gerente, quien depende de la Gerencia Central de Desarrollo Humano" "Articulo 63º.- Son funciones generales de la Gerencia de Salud y Bienestar Social (...) 17. Ejecutar las funciones asignadas a la Unidad Local de Focalizacion para el Funcionamiento del Sistema de Focalizacion de Hogares ­ SISFO, tales como: - Planificar, ejecutar y conducir la operatividad de la aplicacion de la Ficha Socioeconomica Unica (FSU) en el ambito del Distrito de La Punta, atender pedidos para su aplicacion, controlar la calidad de la informacion recogida mediante la FSU y administrar reclamos por registro incorrecto. - Ejecutar el seguimiento de la aplicacion de la FSU en la jurisdiccion del Distrito de La Punta. - Formular recomendaciones para mejorar el desempeno del SISFOH. - Notificar a los hogares los resultados de la aplicacion de la FSU - Participar y colaborar en las actividades de capacitacion definidas por el nivel nacional - Ejecutar la estrategia de comunicaciones definida por el nivel nacional". Articulo Segundo.- Incluir los numerales 13 en el Articulo 60º y 18 en el Articulo 63º con el texto siguiente: "Articulo 60º.- Son funciones generales de la Gerencia Central de Desarrollo Humano: (...) 13. Cumplir otras funciones que asigne la Gerencia Municipal, en materia de su competencia." "Articulo 63º.- Son funciones generales de la Gerencia de Salud y Bienestar Social (...) 18. Cumplir otras funciones que asigne la Gerencia Central de Desarrollo Humano, en materia de su competencia" Articulo Tercero.- Por Resolucion de Alcaldia se aprobara el funcionamiento de la Unidad Local de Focalizacion (ULF) para la implementacion del Sistema de Focalizacion de Hogares (SISFOH) y se designara al responsable del cumplimiento de las funciones asignadas a dicha Unidad por la Resolucion Ministerial Nº 399-2004-PCM debiendo, asimismo, actualizar el Manual de Organizacion y Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de La Punta, segun las modificaciones aprobadas mediante la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y el Texto Integro del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) en el MORDAZA del Estado Peruano y en la Pagina Web: www.munilapunta.gob.pe, y a la Gerencia Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 488079-1

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