Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2010 (16/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2010

organizado, las cuales ponen en riesgo la seguridad global, regional y nacional; Que, del 01 al 02 de marzo de 2010, el Peru organizo la "Reunion Regional sobre la Implementacion del Programa de Accion sobre MORDAZA Pequenas y Ligeras", en la que se identificaron fortalezas, necesidades y nuevas areas de interes de la region en relacion al tema y se revisaron temas comunes que la region de MORDAZA Latina y el Caribe estaria interesada en abordar durante la Reunion Bienal; Que, el Peru ha sido elegido Vicepresidente por MORDAZA Latina y El Caribe en la Reunion Bienal y trabajara coordinadamente con la Presidencia a fin de que la reunion logre resultados positivos; Que, la Subsecretaria de Asuntos Multilaterales, a cargo de la Presidencia de la Comision Nacional contra la Fabricacion y el Trafico Ilicito de MORDAZA de Fuego, Municiones, Explosivos y Otros Materiales Relacionados - CONATIAF, viene trabajando de manera coordinada con los sectores nacionales vinculados al tema de las MORDAZA de fuego, municiones y explosivos, a fin de avanzar en el MORDAZA de implementacion del citado Programa de Accion; Que, el Peru, a traves de la CONATIAF, viene preparando el Informe Nacional sobre la Implementacion del Programa de Accion de Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Eliminar el Trafico Ilicito de MORDAZA Pequenas y Ligeras en todos sus aspectos (UNPOA) correspondiente al periodo 2008-2009, el mismo que se presentara en el MORDAZA de la Cuarta Reunion Bienal, por lo que se requiere hacer seguimiento al referido Programa de Accion de las Naciones Unidas y a sus mecanismos de implementacion; Teniendo en cuenta los Memoranda (SME) Nº SME0441/2010, de la Subsecretaria para Asuntos Multilaterales, de 27 de MORDAZA de 2010; y (FIN) Nº FIN0226/2010, de la Direccion de Finanzas, de 30 de MORDAZA de 2010, que otorga disponibilidad presupuestaria al presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º inciso g) y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 065-2009-RE; en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619 y su modificatoria la Ley Nº 28807 y su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29465; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Subsecretaria para Asuntos Multilaterales, a la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, del 14 al 18 de junio de 2010, a fin que participe en las actividades de la Cuarta Reunion Bienal de Estados Parte para considerar la Implementacion del Programa de Accion de las Naciones Unidas para Prevenir, Combatir y Eliminar el Trafico Ilicito de MORDAZA Pequenas y Ligeras en todos sus aspectos. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33855: Participacion en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Clase Economica US$ 1,355.00 Viaticos por dia US$ 220.00 Numero de dias 5+1 Total viaticos US$ 1,320.00 Tarifa aeropuerto US$ 31.00

funcionario diplomatico debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 494426-5

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a MORDAZA en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 071-2010-MTC MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 VISTO: El Informe No. 276-2010-MTC/12.04 del 26 de MORDAZA de 2010, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 143-2010-MTC/12.04 del 21 de MORDAZA de 2010, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiendose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral seran autorizadas mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 1 del Decreto de Urgencia No. 0012010, preciso que para el caso de las entidades publicas del Poder Ejecutivo, las excepciones a la restriccion establecida en el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 29465, se canalizan a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida comision, el mencionado

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