Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2010 (16/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 16 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419091

Adecuan asignacion de funciones de las Gerencias Regionales de Desarrollo Economico y de Desarrollo Social, conforme a la transferencia de funciones y competencias en materia de Micro y Pequena Empresa
ORDENANZA REGIONAL Nº 257GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS: POR CUANTO: El Consejo Regional de la Region Amazonas, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre descentralizacion, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, Ley Organica de los Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias; en Sesion Ordinaria de fecha 21 de MORDAZA del 2010, ha emitido por unanimidad la presente Ordenanza Regional: CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el Gobierno Nacional en la Ley Nº 29271, al Ministerio de la Produccion se le transfiere las competencias y funciones sobre Micro y Pequena Empresa (MYPE), previstas en la Ley Nº 27711 (Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo), asi como en el Articulo 6º de la Ley Nº 28015 Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa; Que, habiendo asumido el Ministerio de la Produccion el mandato de la Ley Nº 29271, del 22-10-2008 sobre las competencias y funciones de MYPE, y siendo MORDAZA que en la Region Amazonas se realice el MORDAZA de transferencia y sea la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, a traves de su organo de linea la Direccion Regional de la Produccion ­ Sector Industria, el area competente para ejercer las funciones y competencias inherentes a la MYPE, mediante Acta se realizo la Transferencia de funciones, por la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo y desde el inicio del presente ejercicio fiscal ya lo viene ejerciendo; por lo que es necesario formalizar esta transferencia mediante Ordenanza Regional; Que, debido a la autonomia que gozan los Gobiernos Regionales, facultadas en el Art. 2º de la Ley Nº 27867, asi como a los principios rectores de una gestion moderna y la concordancia que debe existir entre las politicas regionales con las Politicas Nacionales indicadas en el Art. 8º, Numeral 11, del acotado cuerpo normativo; se hace necesario dar cumplimiento al MORDAZA de transferencia de funciones especificas en materia de Micro y Pequena Empresa contempladas en el Art. 48º de la Ley Nº 27867 "Ley Organica de Gobiernos Regionales"; Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de Ordenanzas Regionales, de conformidad a lo previsto en el Art. 15º, Inc. "a" de la Ley Nº 27867 que senala: "Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional", concordante con el Art. 38º del mismo cuerpo normativo, que senala: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 08, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 066, de fecha 21 de MORDAZA del 2,010; y en uso de las atribuciones conferidas por el Inciso a) del Articulo Nº 37º, concordante con el Articulo Nº 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- ADECUAR la asignacion de funciones de las Gerencias Regionales de Desarrollo Economico y de Desarrollo Social previstas en el Articulo

29-a de la Ley Nº 27867, numerales 1 y 2 y el Articulo 48º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, conforme a la transferencia de funciones y competencias que en materia de Micro y Pequena Empresa, se ha dispuesto para el Gobierno Nacional, en la Ley Nº 29271. Articulo Segundo.- Que, conforme a las facultades previstas en el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, asi como a los principios de gestion moderna y eficiencia, contemplados en el Articulo 8º y Duodecima Disposicion Transitoria, Complementaria y Final de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, al MORDAZA de especialidad e integracion de funciones y competencia afines dispuestos en el Articulo 6º de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de la Modernizacion de la Gestion del Estado, corresponde transferir las funciones de Micro y Pequena Empresa de la Gerencia Regional de Desarrollo Social a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, con la finalidad que esta MORDAZA ejerza de manera eficiente, a traves de la Direccion Regional de la Produccion, las funciones especificas del Sector en materia de Micro y Pequena Empresa, contempladas en el Articulo 48º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales. Articulo Tercero.- TRANSFIERASE en un plazo no mayor de cuarentaicinco (45) dias calendario a partir de la publicacion de la presente Ordenanza Regional a la Gerencia Regional de Desarrollo Economico y a la Direccion Regional de Produccion, el acervo documentario, el personal, la logistica, los recursos presupuestales y otros que pudieran corresponder y estuvieran vinculados a la ejecucion de las funciones y competencias sobre micro y pequena empresa asignados a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo en el ambito del Gobierno Regional. La Transferencia estara a cargo de la Gerencia General Regional, siendo la responsable de promover y ejecutar todos los actos administrativos que se requieran para culminar dicho MORDAZA en el plazo previsto, asi como de la adecuacion administrativa de los documentos de gestion, de acuerdo a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de Internet del Gobierno Regional Amazonas. La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 23 dias del mes de MORDAZA del ano 2010. MORDAZA MORDAZA CHUQUIMBALQUI Consejero Delegado Consejo Regional de Amazonas POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas a los 28 dias del mes de MORDAZA del 2010. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas 493871-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
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