Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2018 (05/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Jueves 5 de julio de 2018

NORMAS LEGALES

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Que, INDECOPI, en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, es el ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección, por lo que su participación en el IGE en Política y Protección del Consumidor se hace vital, en virtud del sostenido compromiso asumido por nuestro país para implementar las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección de los Consumidores, especialmente con su contribución a la difusión de las mismas a nivel regional en el marco del Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor y la Red de Consumo Seguro (RCSS); Que, por otro lado, el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre Derecho y Política de la Competencia es un órgano permanente establecido en el marco del Conjunto de Principios y Normas Equitativas Convenidos Multilateralmente para el Control de las Prácticas Comerciales Restrictivas (Grupo de las Naciones Unidas) para supervisar la aplicación y la implementación del Grupo; Que, por su parte la Decimoséptima Reunión del Grupo Intergubernamental de Expertos (IGE) en Derecho y Política de Competencia, tendrá como temas centrales los siguientes: a) Revisión de las actividades de fortalecimiento de capacidades de la UNCTAD, b) Informe sobre el Grupo de debate sobre Cooperación Internacional, c) Revisión del repositorio de las mejores prácticas de la UNCTAD, d) Cuestiones de competencia relativas a la venta de derechos audiovisuales para los principales eventos deportivos, e) Desafíos que enfrentan los países en desarrollo en temas de competencia y la regulación en el sector de transporte marítimo y, f) Revisión de los capítulos V y VI del Modelo de Ley de Competencia; Que, entre los temas de libre competencia, se abordarán los desafíos que enfrentan los países en desarrollo y la regulación en el sector de transporte marítimo, siendo este tema de actualidad para nuestro país toda vez que, en mayo de 2018, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia desarticuló un cártel integrado por seis empresas navieras que se repartieron el transporte marítimo de vehículos de diversas marcas, por lo que, la participación del Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI resultará muy importante, puesto que permitirá dar a conocer los avances de Perú en la detección y sanción de conductas anticompetitivas, y posicionar al INDECOPI como una agencia importante en la región; Que, es importante mencionar que el Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI, tiene previsto realizar el 12 de julio del 2018 la presentación del "Catálogo Virtual de la UNCTAD en materias de competencia y protección al consumidor", liderado y desarrollado por el INDECOPI, en coordinación con la UNCTAD, que recoge las buenas prácticas en ambas materias a cargo de los Países Miembros de la UNCTAD, para compartir y replicar las mejores prácticas, en beneficio de más de 260 agencias de competencia y consumo a nivel mundial; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) ha sometido a consideración la participación del señor Ivo Sergio Gagliuffi Piercechi, Presidente del Consejo Directivo del Indecopi, en las referidas reuniones, debido a que de conformidad con el artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1033 - Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), el Presidente del Consejo Directivo constituye la autoridad de mayor nivel jerárquico de dicha institución, siendo una de sus funciones representar a la institución ante cualquier autoridad nacional e internacional incluidos los organismos de cooperación técnica; Que, en ese contexto, resulta importante la participación del Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI, señor Ivo Sergio Gagliuffi Piercechi, en los eventos debido a que se desarrollarán temas directamente relacionados con el ámbito de competencia institucional del INDECOPI; Que, la participación del Presidente del Consejo Directivo no sólo comprende su asistencia a las referidas sesiones, sino también a través de una presentación

frente al IGE de Competencia, contribuyendo a mantener nuestro liderazgo a nivel internacional mediante su participación activa en las sesiones en mención, presentando los últimos desarrollos del INDECOPI en temas de consumidor y competencia, por lo que intervenir en el debate de los mismos fortalecerá la presencia de nuestro país dentro de los grupos de trabajo de la UNCTAD a través del intercambio de experiencias y el establecimiento de mecanismos de cooperación y diálogo con otras agencias de competencia y de protección del consumidor de diferentes países del mundo; Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); De conformidad con la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619 ­ Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modificatoria; la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) y sus modificatoria; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 022-2017PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Ivo Sergio Gagliuffi Piercechi, Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), del 7 al 14 de julio de 2018, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2. - Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes : - Viáticos (US$ 540.00 x 1+5) : US$ 3,500.00 US$ 3,240.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona cuyo viaje se autoriza deberá presentar a su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1666159-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 164-2018-PCM Lima, 4 de julio de 2018 Vista la Carta N° 536-2018/PRE-INDECOPI de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 1033 - Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y

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