Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2018 (05/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Jueves 5 de julio de 2018 /

El Peruano

Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial N° 0193-2018-MINAGRI publicada en el Diario Oficial el Peruano el 08 de mayo de 2018, se designó al señor Walter Enrique Zegarra Figueroa, en el cargo de Asesor I del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias de este Ministerio; Que, en tal contexto, resulta necesario dar por concluida la designación del señor Ronald Fernando Montes Matos como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas u Originarios, efectuada mediante la Resolución Ministerial N° 0605-2016-MINAGRI; y designar en su reemplazo al Asesor I del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias; ratificando la designación efectuada, mediante Resolución Ministerial N° 0605-2016-MINAGRI del (la) Viceministro (a) de Políticas Agrarias, como representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego ante la citada Comisión Multisectorial de naturaleza permanente; Que, el sub numeral 1.3.2 del numeral 1.3 del Anexo de la Directiva N° 001-2013-PCM-SC "Lineamientos sobre las Comisiones Multisectoriales del Poder Ejecutivo", aprobada por Resolución Ministerial N° 268-2013-PCM, recomienda que en las Comisiones Multisectoriales se prevea la participación de miembros alternos; Que, asimismo, el artículo 22 del Decreto Supremo N° 0542018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, establece que la designación de los miembros de una comisión se hace en función del cargo; que, excepcionalmente, dicha designación puede hacerse en función de la persona que ocupa un determinado cargo; Con el visto del Viceministro de Políticas Agrarias y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Decreto Supremo N° 054-2018PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Legislativo N° 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir del 8 de mayo de 2018, la designación efectuada, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0605-2016-MINAGRI, al señor Ronald Fernando Montes Matos, como representante alterno del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas u Originarios, creada por Decreto Supremo N° 006-2016-MC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al Asesor (a) I del Despacho Viceministerial de Políticas Agrarias, como representante alterno, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego, ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas u Originarios, creada por Decreto Supremo N° 006-2016-MC. Artículo 3.- Ratificar la designación efectuada mediante Resolución Ministerial N° 0605-2016-MINAGRI, respecto al (la) Viceministro (a) de Políticas Agrarias, como representante titular del Ministerio de Agricultura y Riego ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas u Originarios, creada por Decreto Supremo N° 006-2016-MC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1666333-2

Aprueban los Lineamientos para la definición y procedimiento de desactivación y cierre de inversiones que generen duplicidades con las intervenciones de Reconstrucción del Sector Agricultura y Riego
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0286-2018-MINAGRI Lima, 4 de julio de 2018 VISTOS: El Memorando N° 868-2018-MINAGRI-SG/ OGPP-OPMI de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 001-2018-MINAGRIDM-USCTO-ECBP/AUT de la Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa, el Informe N° 272-2018-MINAGRI-SG/OGPP-OPMI; y, el Informe N° 548-MINAGRI-SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30556, "Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios", se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación y ejecución de un plan integral para la rehabilitación, reposición, reconstrucción y construcción de la infraestructura de uso público de calidad incluyendo salud, educación, programas de vivienda de interés social y reactivación económica de los sectores productivos, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, que incluya intervenciones que en conjunto tienen alto impacto económico y social; Que, con Resolución Ministerial N° 0452-2017-MINAGRI, de fecha 09 de noviembre de 2017, se crea la "Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa", dependiente del Ministerio de Agricultura y Riego, encargada de coordinar, proponer y supervisar la ejecución del Plan Sectorial en el marco de la Ley N° 30556, estableciendo además, en el inciso f) del artículo 4° de la misma Resolución; como una de sus funciones, la de proponer lineamientos para el cumplimiento de los objetivos del Plan Sectorial; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 8-A.3 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, incorporado por el Decreto Legislativo N° 1354, los Ministerios, en su calidad de entes rectores sectoriales, a propuesta de la Autoridad, emitirán en un plazo máximo de diez (10) días contados a partir de la publicación de la presente norma, los lineamientos que definan la existencia de duplicidades de las IRI con otras inversiones previamente registradas en el Banco de Inversiones así como las responsabilidades de las Entidades Ejecutoras, de la Autoridad y otras entidades involucradas; Que, a través del Oficio N° 411-2018-RCC/DE, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios remite al Sector Agricultura y Riego, la propuesta de Lineamientos para la definición y procedimiento de desactivación y cierre de inversiones que generen duplicidades con las intervenciones de reconstrucción, para su aprobación en calidad de ente rector sectorial; Que, mediante el Informe N° 001-2018-MINAGRIDM-USCTO-ECBP/AUT, de fecha 19 de junio de 2018, la Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa, ha realizado un análisis de la propuesta presentada por la Autoridad adecuándola al Sector, en ese contexto propone el proyecto de "Lineamientos para la definición y procedimiento de desactivación y cierre de inversiones que generen duplicidades con las intervenciones de reconstrucción, del Sector Agricultura y Riego;" Que, con el memorando N° 868-2018-MINAGRISG/OGPP-OPMI, la Oficina General de Planeamiento y

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