Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2018 (27/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Martes 27 de noviembre de 2018 /

El Peruano

Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, los servidores cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Instituto Geofísico del Perú - IGP; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Instituto Geofísico del Perú, para los fines correspondientes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1716589-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A.
DECRETO SUPREMO N° 269-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 006-2018, que establece medidas para impulsar la inversión pública a través del gasto público, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a realizar transferencias financieras a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., hasta por la suma de S/ 30 000 000,00 (TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES), a fin de financiar inversiones en puertos bajo el ámbito de dicha empresa, debiendo contar con el registro aprobado en el Formato Nº 2 de la Directiva Nº 002-2017-EF/63.01; Que, el párrafo 9.2 del citado artículo establece que la referida transferencia financiera se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último, previa suscripción de convenio y previa opinión del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE en el marco de sus competencias; precisando que los recursos materia de transferencia se administran en las cuentas del Tesoro Público conforme a lo que disponga la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y pueden ser considerados aporte de capital del Estado, emitiéndose las acciones correspondientes en el marco de la Ley N° 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado; Que, el párrafo 9.3 del citado artículo exonera, para tal efecto, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones de lo establecido en el párrafo 80.1 del artículo 80 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el párrafo 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para que, con cargo al

monto de la transferencia financiera autorizada a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., hasta por la suma de S/ 30 000 000,00 (TREINTA MILLONES Y 00/100 SOLES) mediante el párrafo 9.1 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 006-2018, realice transferencias financieras a dicha empresa para financiar las inversiones "Mejoramiento del Servicio de Embarque y Desembarque de Pasajeros en el Terminal Portuario de Iquitos, Distrito de Villa de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto", con Código Unificado N° 2301232, y "Reparación y Mantenimiento de Pontones y Puente Basculante de los Muelles 1 y 2 del Terminal Portuario de Iquitos", con Código Unificado N° 2391354; resultando para dicho efecto aplicables los párrafos 9.2, 9.3 y 9.4 del artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 006-2018; Que, mediante Oficio N° 493-2018-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Oficio N° 365-ENAPU S.A./GG de la Gerencia General de la Empresa Nacional de Puertos S.A. -ENAPU S.A. y el Memorando N° 254-2018-MTC/09.02 de su Oficina de Inversiones, mediante los cuales precisa la correspondencia de la denominación de la Inversión en Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación (IOARR) con Código Unificado N° 2391354, registrada en el Banco de Inversiones ("Reparación de Muelle; en el (la) Empresa Nacional de Puertos S.A. en la localidad Punchana, Distrito de Punchana, Provincia Maynas, Departamento Loreto") con la denominación considerada en el párrafo 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 30847 ("Reparación y Mantenimiento de Pontones y Puente Basculante de los Muelles 1 y 2 del Terminal Portuario de Iquitos"); Que, con Memorando N° 1930-2018-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe N° 476-2018-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia Financiera, hasta por la suma de S/ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A., para financiar el proyecto de inversión "Mejoramiento del Servicio de Embarque y Desembarque de Pasajeros en el Terminal Portuario de Iquitos, Distrito de Villa de Punchana, Provincia de Maynas, Departamento de Loreto", con Código Unificado N° 2301232, y la Inversión de Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación (IOARR) "Reparación de Muelle; en el (la) Empresa Nacional de Puertos S.A. en la localidad Punchana, Distrito de Punchana, Provincia Maynas, Departamento Loreto", con Código Unificado N° 2391354; asimismo, indica que cuenta con el convenio correspondiente, la opinión favorable del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y con recursos suficientes en el presupuesto institucional para el Año Fiscal 2018, del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la Unidad Ejecutora 001: Administración General por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; en virtud de lo cual, con Oficio N° 2489-2018-MTC/04, la Secretaria General del citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera del pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Unidad Ejecutora 001: Administración General, a favor de la Empresa Nacional de Puertos S.A. - ENAPU S.A. hasta por la suma de S/ 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecución del proyecto de inversión con Código Unificado N° 2301232 y de la Inversión de Optimización, Ampliación Marginal, Reposición y Rehabilitación (IOARR) con Código Unificado N° 2391354; De conformidad con lo establecido por el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 006-2018, que establece medidas para impulsar la inversión pública a través del gasto público, y el párrafo 8.2 del artículo 8 de la

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