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Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Proyect o de Presupuest o de la Municipalidad de Cho- rrillos, para el Ejercicio Fiscal 1999, presentado por el Señor Alcalde, sustentado por el jefe de la Oficina de Administraciónde esta Corporación con el voto aprobatorio por UNANIMIDAD de los setiores regidores, y en virtud de lo dispuesto por la Ley N” 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE ACORDO: Articul o Primero.- Aprobare1 Proyect o de Presupuesto de la Municiwlidad de Chorrillos oara el ejercicio fiscal 1999, cuyas cifras son las siguientes: _ INGRESOS: Transferencias Fuentes de Finan. Munlc.. Adm. por el Gobierno Central Ingresos ComentesFuentes de Financ.. Munic. Adm. Direct.. por las Munic. TOTAL DE INGRESOS EGRESOS: Gastos CorrientesPer. y Obliga. Sociales OMigaaone s Previsionales Bienes y Servicios Otras Gastos Ctes. TOTAL GASTOS CORRIENTES Gastos de Capital Inversiones TOTAL DE GASTOS DE CAPITAL TOTAL DE EGRESOSS/. s/. SI SI. S/. S/7'14358000 15'634.47000 23'048,050.00 4’183,257.OO 372,OOO.OO 13’922,761.OO 304.202.00 18'782,220.00 4'265,830.OO 4'265,830.OO 23'048,050.00 Artícul o Segundo.- Disponer que la s dependencias com- prometidas con su ejecución cumplan estrictamente con su contenido. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. PABLO GUTIERRE% WESELBY Alcalde 15097 Declaran de oficio la nulidad de diver- sas resoluciones de alcaldía RESOLUCION DE CONCEJO N” 23-98-MDCH Chorrillos, 11 de diciembr e de 1998 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITALDE CHORRILLOS Visto, en la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resoluciones de Alcaldía N”s. 2354,2355, 2356.2357,2358,2359 ,2360.2361,2362,2363,2364, 2365,2366,2367,2368,2369 ,2370,2371,2372,2373, 2374.2375.2376.2377.2378.2379 .2380.2381.2382. 2383; 2384; 2385, 2386; 2387; 2388 : 2389. 2390; 2391; 2392, 2393, 2394. 2395, 2396. 2397, 2398, 2399 , 2400, 2401, 2402, 2403, 2404, 2405, 2406, 2407. 2408, 2409, 2410,2411,2412,2413,2414,2415 y2416,de fechatodas cl 28 de diciembre de 1995 se aprobaron las solicitudes delos entonce s obrero s municipales, Marcelino Ruiz Alhuay, Jorge Romero Barrios, Filomena Cherca Cahuana. Alberto Mancaylla Chirca, Agapito Ayllón Claros, Toribio Borda Pozo, Donato Condori Villavicencio, Francisco Ortiz Torres, Amador Araujo Limache, Crispin Miranda Alarcón, Neme- sio Alhuay Ccoicca, Federico Alvarez Su&rez, Juan Ortiz Torres, Felipe Cotaquispe Osco, Mario Chircca Alhuay, Oswaldo Cuev a Ríos, Ezequiel Rojas Huaraca, Fabián Quis-pe de la Cruz, Simeón Juica Román, Agustín MaucayllePomallanqui, Santiago Palomino Mañuico , Rosas Vega Po- rras, Ezequiel Pascual Román, Modesto Chircca Alhuay, Ceferino Ccahuana Flores, Máximo Cerrón Arcos, Esteban Cárdenas Sotelo , Alberto Flores Olivares, Máximo Román Camposano, Victor Castillo Sulca, Víctor Alhuay Alhuay, Juan Ruelas Quispe, Silvano Mendoza Tanta, Nemesio Ay- Ilón Román, Abraham Bellido Cosiatado , Fortunato Yamoc- ca Huamancusi, Honorato Quispe García, Mauricio SilvaVásquez, Hipólito Uquiche Moreno, Zacarías Apaza Pacara, Teógenes Verástegui Lapa, Santiago Buitrón Ibarra, Rufi-no Cuchama Condori, Andrés Gayos o Bonez , Domingo Porta Juica, Cirilo Allca Palomino, Santiago Allca Cotaquispe, Isidro Maucaylle Alhuay, Julián Alhuay Chirca, Teodocio Chirca Condori, Adrián Palomino Alhuay, Jesús Baca Bui-trón, Julián Chahua Centeno,, Félix Valdez Gonzales, Casi- miro Salcedo Huaytani, Sahmo Chirca Palomino, Jubileo Buitrón Baca, Francisco Alhuay Orosco , Ruperto Quispe Caccha, Isaac Usaque Paniura, Jesús Marín Yaranga, Ne- mesio Chirca Alhuay y Máximo Henriquez Guerrero, res- pectivamente, reconociéndoles el derecho de acogerse a los alcances del Decreto Lev N” 20530. asi como el adeudo oor diferencia de aportes al Fondo de Pensiones; Que, como se desprende del tercer considerando de las precitadas resoluciones, éstas son consecuencia de la R.A. N” 1507-95-MDCH de fecha 15 de Agosto de 1995 que incorporó a 71 obreros de la Municipalidad, entre ellos lo s arriba anotados, al Régimen de Pensiones del D.L. N” 20530 de conformidad con las acta s de Trato Directo y Complementaria del Pacto Colecti- VO de 1995; Que, la R.A. N” 1507-95-MDCH se sustenta en el Art. 27”de la Ley N” 25066, al amparo del cual,, era necesario para quedar comprendido en el Régimen de Pensiones del D.L.N° 20530 y porconsiguiente quedar incorporado o incorporarse al mismo, ha- ber prestado &vicio s al Estado dentro de los alcances de la Ley N” 11377 y Decreto Ley N” 276 al 26 de febrero de 1974, no comprendía a aquellos que a esa fecha realizaban labores propias de obreros en las dependencias públicas y que estabancomprendidos sólo en las disposiciones que específicamente se dictaron para ellos, cual es el caso que nos ocupa; Que, consecuentemente las resoluciones arrlha anotadas, accesorias ala R.A. N” 1507-95-MDCH, se encuentran viciadas de nulidad por cuanto reconocieron la incorporación de losobrero s municipales al Régimen de Pensiones del D.L. N°20530 contraviniendo norma expresa, toda vez que el referido régimen pensionario se encuentra normad o con precisión con leyes de la materia que no pueden ser variadas por negociación bilateral; Que, las resoluciones en materia agravian el interés público por cuanto comprometen a las administraciones venideras tan-to como a ésta; destinand o recursos a la atenció n de pensiones devenidasdeincorporacionesirregulares; Que, la primera disposición final y complementaria de 1~ Ley N” 26960 ha modificado los Arts. 109” y 110” del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, ampliandoel plazo de prescripción de la Facul- tad para declarar de oficio la nulidad de las resoluciones admi- nistrativas hasta tres años, contados a partir de la fecha en que hayan quedado consentidas, siendo por consiguiente aplicable para el caso de las resoluciones anotadas en el primer conside- rando del presente, de fecha 28 de diciembr e de 1995; Que, los incisos h) y c) del Art. 43° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administra- tivos, preceptúan que son nulos de pleno derecho los actos administrativos contrarios a la Ley; Que, el Art. 1 10° de la Ley citada en el considerando prece- dente, preceptúa asimismo que la nulidad de actos administra-tivos debe ser declarada por el funcionario o la instancia jerár- quica superiora la resolución que se anula; Que, conforme al 2do. párrafo del Art. ll 1” de la Ley Orgá- nica de Municipalidaes, las Resoluciones de Concejo resuelven asuntos de carácter administrativo, cual es el caso, siendo enconsecuencia la present e una atribución inherente a las Funcio- nes del Concejo Municipal según dispone el Art. 36° de la norma invocada; Que, las referidas guardan conexión por lo que procede acumularla s de conformidad con lo dispuesto por el Art. 67” de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrati- vos; De conformidad con el Art. 110” de la Ley N” 23853, Ley Orgánic a de Municipalidades; Con el voto aprobatorioen mayo- ría de los señores miembros del Concejo Municipal, y con ladispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar de oficio la nulida d de pleno derecho de las Resoluciones de Alcaldía N”s. 2354,2355,2356, 2357,2358,2359,2360,2361,2362,2363,2364, 2365.2366, 2367,2368,2369,2370,2371,2372,2373,2374,2375,2376, 2377, 2378,2379,2380,2381,2382, 2383, 2384, 2385,2386, 2387, 2388, 2389, 2390,2391, 2392, 2393, 2394, 2395, 2396, 2397,2398,2399,2400,2401,2402,2403,2404,2405,2406,