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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (24/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 134

Pág. 167920 tlm@&l&&m:Ma Lima, jueves 24 de diciembre de 1998 “Movimiento Independiente Vamos Vecino”“Movimiento Independiente Somos Perú”Lista Independiente “Frente Bolognesino”Lista Independiente “Frente RegionalBolognesino al 2000 Lista Independiente “Juntos con el Pueblo”22 votos; 39 votos; 0 votos; ll votos; 33 votos; Que, en consecuencia, la lista ganadora es el “Movimiento Indeoendiente Somos Perú”: v. habiendo alcanzado la mavoría relativa, ascendente al 37.14% de los votos válidos y, por tanto, le corresponde la alcaldía y la mitad más un o del número de regidores, es decir cuatro (41 regidores, teniendo en considera- ción que al distrito La Primavera le corresponde cinco (5) regidores; y, la regiduría restante le corresponde a la lista que alcanzó el segundo lugar, es decir a la Lista Independiente “Juntos con el Pueblo”. El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar fundado el recurso de nulidad interpuesto por don Jorge Tobías Huerta Capcha y don Ricardo Alva Castro contra la Resolución N” 014-98-JEE-Bolognesi, expedida por el Jurado Electoral Especial de la provincia de Bolognesi, en consecuencia nula la referida Resolución. Articulo Se ndo.- Proclamar como Alcalde del Concejo Distrital de La $!rimavera para el período 1999 - 2002 a don Ricardo Alva Castro, candidato del “Movimiento Independiente Somos Perú”; y, como regidores a los candidatos de la misma agrupación don Casely Rivas Ruiz, Esa ú Jacob Alvomoz Alva, Ernesto Carlos Capillo Ruiz, y doña Eleuteria Ruiz Albornoz; y a don Julio Tadeo Albornoz, integrante de la Lista Independien- te “Juntos con el Pueblo”; debiéndoseles otorgar las correspon- dientescredenciales. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO: DE VALDIVIA CANO; Secretario General, TRUJILLANO 15100 RESOLUCION W 1367-98-JNEArtículo Segundo.- Proclamar a los señores: Juan Chu- quichanca Palacios, como Alcalde del Concejo Distrital de 0~010, provincia de Paucar del Sara Sara. y como Regidores a los señores: Pedro Héctor Palacios Gayo, Angel Grimaldo CastroArcos, Lucia Flora San Miguel Barriga, Nicomedes E. Gonzales Barriga, por la Lista Independiente “Vamos Páucar del Sara Sara, y Rosendo Vitron Quispe Chipana, por la Agrupación Independiente “Movimiento Independiente Vamos Vecino”; aquienes se les otorgará las credenciales respectivas. / Lima, 23 de diciembre de 1998 Regístrese, comuníquesey publíquese. Visto el escrito presentado el 27 de octubre de 1998, por don David Morothe López, personero legal de la Lista independiente “Vamos Páucar del Sara Sara”, solicitando que se aplique correctamente la Cifra Repartidora, con los resultados fínalesobtenidos en las Elecciones Municipales realizadas el último 11de octubre en el distrito de Oyolo, provincia de Páucar del SaraSara, manifestando el interesado que a su lista le corresponde cuatro Regidores y no tres, como erradamente haproclamadoel Jurado Electoral Especial de la provincia citada.SS. SERPA SEGURA BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO;DE VALDIVIA CANO;Secretario General, TRUJILLANO 15102 RESOLUCION W 1368-98-JNE CONSIDERANDO: Lima, 23 de diciembre de 1998 Que, con fecha 22 de octubre último, el Jurado Electoral Especial de Páucar del Sara Sara proclamó como miembros delConcejo Distrital de Oyolo a un Alcalde y tres Regidores de la Lista Independiente “Vamos Páucar del Sara Sara” y 2 regido- res de la Agrupación Independiente “Movimiento Independien- te Vamos Vecino”; Que, de acuerdo al cómputo efectuado por el Jurado Nacio- nal de Elecciones con las actas contenidas en los “sobres verdes”, correspondientes al distrito de 0~010, provincia de Páucar del Sara Sara; se ha obtenido los siguientes resultados:Vistos, las comunicaciones recibidas los días 30 de noviem- bre y 7 de diciembre de 1998, remitidas por don Javier Alva Orlandini, personero legal del Partido Político Acción Popular; ydon César Humberto Alvarez Leandro, alcalde electo para elConcejo Distrital de Baños de la provincia de Lauricocha, depar-tamento de Huánuco, quienes solicitan se aclare la Resolución N” 1085-98-JNE, expedida por el Jurado Nacional de Elecciones con fecha 19 de noviembre de 1998, en el extremo que declara nula las elecciones municipales realizadas en el distrito de Baños, toda vez que la Lista Independiente “Vamos Lauricocha” no participó en dicho distrito; RESULTADOS DISTRITO DE OYOLO Movimiento Independiente Vamos Vecino 61 votos Movimiento Independiente Somos Perú 36 votos Partido Aprista Peruano 10 votos Unidad Vecinal al 2000 24 votos Vamos Páucar del Sara Sara 85 votos Votos Válidos 216 votos Votos en Blanco 41 votos Votos Nulos 21 votos Votos Impugnados 0 votos Total Votos Emitidos 278 votos Que, con el referido cómputo se determina que en las eleccio- nes municipales en el distrito de Oyolo, provincia de Páucar del Sara Sara, ha resultado ganadora la Lista Independiente “Va- mos Páucar de1 Sara Sara” con 85 votos sobre 216 votos válidos lo cual constituye mayoría relativa; y en segundo lugar la listade la Agrupación Independiente “Movimiento Independiente Vamos Vecino”;La comunicación recibida con fecha 2’7 de noviembre de 1998, remitida por don José Luis Mercado Carhuamaca, perso- nero alterno del “Movimiento Independiente Somos Perú’:, quien alega que en las cédulas de votación a nivel provincial y distrital correspondientes al distrito de Rondos aparece visible el símbo- lo que identificara a la Lista Independiente “Vamos Laurico- cha”, por lo que debe ser declarada válida la elección en dicho distrito; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N” 1085-98-JNE, expedida por este Supremo Tribunal Electoral, con fecha 19 de noviembre de 1998, se resuelve declarar nulas las elecciones municipales realizadas en la provincia de Lauricocha, incluyendo sus distri- tos! toda vez que la Oficina Nacional de Procesos Electorales omitió colocar en las cédulas de sufragio el correspondiente símbolo por el cual se identificara la Lista Independiente “Va-mos Lauricocha”; y, en su lugar se imprimió como símbolo unaQue, según el Artículo 25° de la Ley N°26864, cuando la lista ganadora obtiene mayoría relativa, se le asigna la mitad más mo de los careos de regidores que tenga el Concejo. redondean- lo al entero superior, i los demás cargos de regidores se distri- buyen entre las otras listas de acuerdo a la cifra repartidora; Que, en el caso del distrito de 0~010, por ser un Concejo que ostenta cinco regidores, corresponde a la lista ganadora cuatro regidores, y a la segunda lista un regidor; Que, en tal análisis, de acuerdo con la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Páucar del Sara Sara, resultan elegidos miembros del Concejo Distrital de Oyo- o, los siguientes ciudadanos: ilcalde Juan. Chuquichanca Palacios. L I. “Vamos Páucar del Sara Sara’ Regidores Pedro Héctor Palacios Gayo L.I. “Vamos Páucar del Sara Sara’ Angel Grimaldo Castro Arcos. L.I. “Vamos Páucar del Sara Sara” Lucia Flora San Miguel Barriga. L.I. “Vamos Páucar del Sara Sara’ Nicomedes E. Gonzáles Barriga L.I “Vamos Páucar del Sara Sara” Rosendo Vitron Quispe Chipana. A I.Movimiento I~VamosVM Que, es competencia del Jurado Nacional de Elecciones fiscalizar la realización de los procesos electorales, así como, administrar justicia en materia electoral, conforme lo dispone el Artículo 178”de 1a Constitución Política del Perú y el Artículo 5° de la Ley N” 26486. El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- :iones. RESUELVE: ArtícuIo Primero.- Declarar fundada la solicitud presenta- la por don David Morothe López, personero legal de la Listaindependiente “Vamos Páucar del Sara Sara”, y en consecuen- :ia, nula el acta de proclamación de fecha 22 de octubre de 1998 del Jurado Electoral Especial, de la provincia de Páucar del Sara Sara, en el extremo referido a la proclamación de Alcalde y Regidores para el Concejo Distrital de 0~010, de la citada provincia.