Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 1998 (25/12/1998)


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Si se declara infundado o improcedente el recurso de apelacion, los fondos afianzados seran ejecutados a favor de COFOPRI. Si se declarase fundada se devolvera la fianza al recurrente. 5.4. Orden de Compra o Contrato 5.4.1. COFOPRI extendera la Orden de Compra y! J Servicio o Contrato respectivo al ganador de la Buena Pro. Si el postor, dentro del plazo de diez (10) dias calendario de adjudicada la Buena Pro no se acercara a recabar .a Orden de Compra y/o Servicio o suscribir el Contrato, perdera su derecho a la Adjudicacion de la Buena Pro y a COFOPRI ejecutara las garantias fijadas en las Bases. En este caso, COFOPRI podra optar entre invitar 3 un MORDAZA Concurso o adjudicar la Buena Pro a quien ocupo el MORDAZA lugar, informando a los postores por escrito de este hecho dentro de los tres (3) dias posteriores a la culminacion del plazo para recabar la Orden de Compra y/o Servicio o suscripcion del Contrato, para divulgar la inhabilitacion del postor de acuerdo a Ley. Si COFOPRI opta por adjudicar la Buena Pro al postor que ocupo el MORDAZA lugar y este no se acercara I su requerimiento a recabar la Orden de Compra y/o servicio o a suscribir el Contrato, COFOPRI ejecutara .as garantias correspondientes y procedera a invitar a .m MORDAZA Concurso. VI. DE LA ADJUDICACION DIRECTA El procedimiento que regira la Adjudicacion Directa 3 que se hace mencion en el numeral 3.1.2. de la presente Directiva sera el siguiente: 6.1. Las adquisiciones por Adjudicacion Directa es;aran a cargo de una Comision Especial, presidida por :l Gerente de Administracion e integrado por: a) El Jefe de Abastecimiento o quien haga sus veces, luien actuara en calidad de Secretario; b) El Gerente de Asesoria Legal, o un funcionario del irea; c) El Gerente de Presupuesto; y, d) Dos representantes tecnicos del area que tenga mayor interes en los Bienes o Servicios por adquirirse. Dicha Comision sera designada por la Gerencia General y solo ejercera sus funciones cuando se trate de adquisiciones que se relacionan con bienes, servicios no personales y bienes de capital cuyo monto sea superior 3.1 establecido por resolucion de la Presidencia de COFOPRI. 6.2. Periodicamente, pero cuando menos cada tres (3) meses la Gerencia General informara a la Presidencia ie COFOPRI, el monto global y los principales rubros de las Adjudicaciones Directas efectuadas al MORDAZA de la presente Directiva. 6.3. Se efectuan bajo la modalidad de Adjudicacion Directa, las adquisiciones cuyo monto de referencia no exceda el MORDAZA fijado en la presente Directiva, debilamente reajustado. Se efectuan tambien bajo esta modalidad las adquisi:iones que se realicen en las condiciones que se detallan 9 continuacion: a) Con entidades del Estado; b) Cuando los Servicios estan sujetos a tarifas; c) Cuando efectuado un Concurso por Invitacion algunos Bienes y/o Servicios no hubiesen sido adjudicados y el valor total estimado de ellos no supere los montos que para la Adjudicacion Directa senala el numeral 3.1.3 o 3.1.4. de la presente Directiva, segun sea el caso; d) Cuando se trate de necesidades de Bienes o Servicios no previsibles, previo informe de la Gerencia de Administracion. 6.4. Para adquirir directamente se requiere de un minimo de tres (3) cotizaciones o propuestas sobre el mismo MORDAZA de Bien o de Servicio. Las cotizaciones

debera estar debidamente sustentado ya disposicion de los postores. En caso de igualdad de condiciones de calidad, precios y oportunidad de entrega, la adjudicacion de la buena pro sera otorgada proporcionalmente a los postores que empaten, salvo que la adquisicion no sea fisica o tecnicamente susceptible de ser fraccionada, en cuyo caso la adjudicacion de la buena pro quedara a criterio del Comite de Adjudicacion, tomando en cuenta los antecedentes de los ofertantes. 5.3.2. La Adjudicacion de la Buena Pro sera dada a conocer a los postores mediante comunicaciones escritas con cargo de recepcion. 5.3.3. El MORDAZA de Concurso por Invitacion se podra dejar sin efecto o declararse nulo en los siguientes casos: a) Si en el Acto de Adjudicacion. no intervino el Comite de Adjudicacion o lo hizo sin el quorum adecuado; b) Si para calificar las propuestas y seleccionar la mejor alternativa no se aplicaron las Bases y las especificaciones tecnicas; c) Si desaparece la necesidad de adquirir el bien o servicio por causas de fuerza mayor debidamente acreditada por el organo competente de COFOPRI; d) Cuando aun persistiendo la necesidad de adquirir, los recursos financieros deben destinarse prioritariamente a otros propositos de emergencia, no previstos en la Invitacion y declarados expresamente en la disposicion que reprograme el compromiso; e) Cuando se incumplan las disposiciones contenidas en la presente Directiva; y, f> Por la existencia de vicios en el procedimiento. Los casos de nulidad amparados en los incisos c) y d) impiden a COFOPRI efectuar futuras adquisiciones bajo cualquier modalidad de los mismos bienes y/o servicios durante el ejercicio presupuesta1 en que se invito al Concurso. El incumplimiento de esta disposicion deriva en responsabilidad administrativa y pecuniaria tanto de las personas responsables como de quienes influyeron para que se efectue este incumplimiento o que proporcionaron informacion falsa o distorsionada. 5.3.4. Bajo los mismos alcances del articulo precedente, se podra declarar desierto el Concurso por Invitacion en los casos siguientes: a) Cuando se hubieran presentado menos de tres (3) postores; b) Cuando despues del analisis de los criterios evaluativos quedasen validas menos de dos (2) propuestas; c) Cuando los precios unitarios no guarden relacion adecuada con los que sirvieron de referencia en la Convocatoria; d) Cuando las caracteristicas de las propuestas no se ajusten 0 aproximen a las especificaciones tecnicas estipuladas en las Bases. 5.3.5. Consentida la Adjudicacion de la Buena Pro, los postores no ganadores retiraran sus documentos legales y de garantia. 5.3.6. Los postores podran interponer recursos de reconsideracion contra la Adjudicacion de la Buena Pro por escrito y dentro del plazo de tres (3) dias, computados a partir de la fecha del cargo de recepcion de la comunicacion que les informa de la adjudicacion de la Buena Pro a que hace referencia el numeral 5.3.2. de esta Directiva. Contra el acuerdo del Comite de Adjudicacion que resuelva el recurso de reconsideracion, podra interponerse recurso de apelacion que sera resuelto en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa, por el Gerente General de COFOPRI. Los recursos de reconsideracion y de apelacion a que se refiere este articulo, seran resueltos en un plazo no mayor de cinco (5) dias cada uno de ellos y se notificara por escrito a los postores al domicilio designado por estos en sus propuestas. El recurso de apelacion sera acompanado de una Carta Fianza o un cheque de gerencia a nombre de COFOPRI por un monto equivalente al 10% del monto adjudicado en el o los rubros impugnados.

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