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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (25/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 6

,/P&.167940 étPQtWUtO~M-!:M~ I.ima. vic~.t~cs 2.5 de dicicmhrc dc 199% SE RESUELVE: / Artículo Unico.- Conceder INDULTO a ISIDRO LANDEO PALOMINO quien se encuentra en el Estable- cimiento Penal de Cachiche. Ica.CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo l”de la Constitu- ción Política del Perú, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Regístrese, comuníquese y publiquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fudimori Presidente Constit,ucional de la República ALFREDO QUISPE CORREA Ministro de <Justicia 15166 RESOLUCION SUPREMA IV 402~98-JUS Lima, 24 de diciembre de 1998 VISTOS: La solicitud presentada por Javier Vicente Alarcón Aguirre y el Informe N” 137-98iCAH formulado por la Comisión Ad Hoc creada por Ley N” 26655, en el que se recomienda la concesión del indulto; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N” 26655 se creo una Comisión Ad Hoc encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la República en forma excepcional, la concesión del indulto y derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos probatorios insuficientes que permitan a La Comisión presumir, razonablemente, que no habrían tenido ningún tipo de vinculación con elementos, actividades u organizacio- nes terroristas; y, Que, por encontrarse la solicitud de Javier Vicente Alarcón Aguirre dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley N” 26655, los miembros de la mencionada Comi- sión Ad Hoc han recomendado por unanimidad el otorga- miento del indulto en favor de ,Javier Vicente Alarcón Aguirre; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118” inciso 21 1 de la Constituciiln Política del Perú, es atribucicjn del señor Presidente de 1.1 República conce- der indultos; SE RESUELVE:Que el interno ,José Luis Gutiérrez Vivanco ha sldo condenado por la comisitin del delito de terroris- mo, cuya pena viene cumpliendo en el Estableci- miento Peniteni.iario de Mtixima Seguridad Miguel Castro Castro; Que de acuerdo con el Informe Medico del Hospital Dos de Mayo de fecha 11 de diciembre de 1997, el citado interno presenta una Hipoxemia severa inducida por la Cardiopatía Congénita Cianóka de ventrículo único, transposición de grandes vasos, hipoplasia del tronco arterial pulmonar, hipoplasia del anillo y la válvula atrioventricular, que conlleva a una mezcla de sangre arterial y venosa; Que del citado infbrme se recomienda, que el citado interno debe ser tratado desde un punto de vista médico y humanitario, con evacuacitjn de sangrías periódicas y programadas conjuntamentí, con el Servicio de Hemato- logía y Cardiología; Que el caso df.1 interno Jose Luis Gutiérrez Vivanco se adecua a los requerimientos de una decisión humanita- ria, por estar acreditado qw sufre de la patología antes indicada y por q\le las consecuencias de la Hipoxemia severa y la Cardiopatía Congénita pueden precipita1 eventos graves en perj,uicio del citado int,erno presentan- do, además, serias IImitacIones orgánicas; y, que su excarcelación no const,ituirá una amenaza para la paz social y la seguridad colectiva: Que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118”, numeral 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del President<, de la República conceder indultos; Estando a la recomendación alcanzada por el Defen- sor del Pueblo con el aval de la Comisión Gubernamen- tal de Diálogo con los Organismos de Defensa de los Derechos Humanos; y, Con la opinión favorable del señor Ministro de Justi- cia: SE RESLJELT’E: Artículo Unico.- Conceder INDULTO, por razones humanitarias, a don JOSE LUIS GUTIERREZ VIVAN- CO, quien cumple condena en el Establecimiento Peni- tenciario de Máx:ma Seguridad Migurl Castro Castro. Artículo Unico.- Conceder INDULTO a JAVIER VICENTE ALARCON AGUIRRE quien se encuentra en el Establecimiento Penal Miguel Castro Castro.Regístrese, comuniquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimari Presidente Constitucional de la República Regístrese, comuníquese y publírluese.ALFREDO QUISPE CORREA Rúbrica del Ing. Alberto Fujimor iMinistro de ,Josticia Presidente Constitucional dc la República15168 ALFREDO QUISPE CORREAI Ministro de cJusticia/ RESOLUCION SUPREMA I/ N” 404-98-.JUS 15167 Lima, 24 de dlcicrnbre dc 1998 . .RESOLUCION SUPREMA N” 403-98-JUS~VISTO el Oficio N” DI’-9% 1106, de fecha 18 de diciem- bre de 1998, mediante el cual el Defensor del Pueblo, con Lima, 24 de diciembre de 1998el aval de la Comisión Gubernamental de Diálogo con los Organismos de Defensa de los Derechos Humanos, ” c . . / solicita al Ministro de .Justicia elevar a consideración v VISTO el Oficio N ’ DP-98-1105 de fecha 18 de diciem- : ,:*.*del señor Presidente de la República, el otorgamiento de bre de 1998, mediante el cual el Defensor del Pueblo, con Iun indulto, por razones humanitarias, a favor de Alfre- *. .. ’ ’el aval de la Comisión Gubernamental de Diálogo con do Fidel Quispe de la Cruz. los Organismos de Defensa de los Derechos Humanos, -_solicita al Ministerio de Justicia elevar a consideración CONSIDERANLW: ._-*. del señor Presidente de la República, el otorgamiento de .r un indulto por razones humanitarias, a favor de JoséQue de conformidad con el rlrtículo 1” de la Constitu- . Luis Gutiérrez Vivanco.ci6n Política del Perú, la defcsnsa de la persona humana -. ~. “ti ..