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Pág. 156252 cl ?&%(Ilno @h’J:HlW:M~ Lima, jueves 8 de enero de 1998 TOTALDos (2) Semirremolques (ZG-6472 y ZH-2519) : Cuatro (4) vehiculos, . autorizandose su inscripción ante la Superintendencia a Nacional de Aduanas. Segundo.- El permiso que se otorga tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fech a de expedición de esta Resolución Tercero.- La empresa TRANSPORTES OCCIDENTAL S.R.LTDA., mantendrá vigente la póliza de seguros, que cubra las actividades operacionales que se otorga por esta Resolución y acreditará su cumplimiento ante la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional Cuarto.- Las tarifas aplicables al servicio se rerira conforme al Acuerdo de Alcance Parcial, sobre Transporte Internacional Terrestre de los Paises del Cono Sur. aprobado por Decreto Supremo N° 028-91-TC Quinto.- La empresa autorizada por la presente Resolución. deberá sujetarse a los convenios en materia de Transporte Inter- nacional Terrestre por Carretera. que el pn,s haya suscrito y que posteriormente suscriba con los paises miembros del Cono Sur, así como a los Reglamentos vigentes Regístrese y comuníquese ANA MARIA MONTTI DE MONTERO Directora General te t Dirección General de Circulación Terrestre 014 6 Otorgan concesión a empresa para que preste servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros RESOLUCION DIRECTORAL N” 1675-97-MTC/15.18 Lima, 16 de diciembre de 1997 VISTOS,el Expediente de Registro N”9 70254 organizado por la EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO SAN PEDRO S.R.LTDA., sobre Concesión de Ruta: Lima-Caraz y viceversa e Informe N”420-97-MTC/15 18 04.02 de la Dirección de Transpor- te de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional CONSIDERANDOQue, la empresa de transportes ha cumplido con presentar los requisitos establecidas en el Articulo 13 ” del Reglamento del Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pa- sajeros por Carretera cn Omnlbus aprobado por Decreto Supre- mo N” 05-95-MTC, para la prestación del servicio O propuesto: Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional en Memorándum N’ 873-97-MTC/15 18 04 y de Asesoría Legal en Informe N” 491-97-MTC/15 18 01. De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N” 640 y su Reglamento aprobarlo por Decreto Supremo N” 05-95- MTC, Ley N” 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070-89-PCM. Texto Unico de Procedimientos Admi- nistrativos aprobado por Decreto Supremo N* 019-97-MTC y Decreto Lev N” 25862. SE RESUELVE Primero.- Otorgar a LA EMPRESA DE TRANSPORTES TURISMO SAN PEDRO S R LTDA la Concesión de Servicio Público de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez I 10) años, compu- tados a partir de la fecha de expedición de esta ? Resolución en la ruta: Lima-Caraz y VICPV~~I‘S:I. de acuerdo a los siguientes t&ml- nos. RUTA LIMA-CARAZ y wceversa ORIGEN LIMA REGION: DESTINO CARAZ REGION N CHAVI N ITINERARIO HUARMEY-HUARAZ-CARHUAZ ESCALA COMERCIA LHUARAZ-CARHUAZ FRECUENCIAS Una (1) diaria FLOTA VEHICULAR UQ-9874 (1993). IJQ-9875 (1998) ) y UQ-9876 (1998) FLOTA OPERATIV A30s (2) omnibus FLOTA DE RESERV AJn 11 j omnibus HORARIOS Salida a de Lim a19.00 horas Salida a de Cara z18.00 horas La tarjeta de circulación sera expedida en relación al año de fabricación de los vehículos ofertados, bajo responsabilidad Segundo.. La concesionaria estar obligada a cumplir con las normas legales 1,5t ablecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 05-95-MTC y demás disposiciones vigentes.concernientes al Servicio Público de Transporte Terrestre Inter-provincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, que se auto- riza. Tercero.- La concesionaria est á obligada a iniciar el servicio dentro de los treinta (30) días calendario computados a partir de la fecha de publicació n de la presente Resolución, cumpliendo con lo establecido en el Articulo 17” del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 05-95-MTC. En caso contrario, se a Plicarán las sanciones previstas en el segundo párrafo del Artícu 16” del citado Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecución de esta Resolución ala Direc- ción de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Quinto.- La presente Resolución se publicará en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Regístrese y comuníquese. ANA MARIA MONTTI DE MONTERO Directora General (e) Dirección General de Circulación Terrestre 0129 Designan asesor del Despacho Vice- ministerial RESOLUCION SUPREMA N° 079-97-PE Lima, 30 de diciembr e de 1997 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor del Despacho Viceministerial del Ministerio de Pesquería; Que, es necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Articulo Unica- Designar al ingeniero JORGE CENZANO BRENA, en el cargo de Asesor del Despacho Viceministerial del Ministerio de Pesquería, a partir del 1 de enero de 1998. Regístrese, comuníquese y publíquese Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 022 3 Disponen suspender actividades de extracción y procesamiento del recur-so sardina y restablecen vigencia de la R.M. N° 409-97-PE RESOLUCION MINISTERIAL N° 006-98-PE Lima, 7 de ener o de 1998 CONSIDERANDO:Que el Articulo 2” del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca , establece que son patrimonio de la Nación los recursos hldrobmlógico s contenidos en las aguas jurisdiccionale s del Perú y, en consecuencia , corresponde al Estado regular el manejo Integral y la explotación racional de dichos recursos consideran- do que la actividad pesquera es de interés nacional,; Que el Artículo 9” de la precitada Ley General dispone que el Ministerio de Pesquería sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos, determinará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento, las cuotas de captura permisible, las te moradas, zonas de pesca, regulación del esfuerzo pesquero, méto Bos de pesca, , tallamínimadecaptura y demás normas que requiera la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que la Resolución Ministerial N° 678-97-PE de fecha 4 de noviembrede 1997 dispone reiniciar las actividades de extracción y procesamiento del recurso sardina con destino al consumo humano directo e indirecto en todo el litoral, a partir de las 00.00