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Lima, jueves 8 de enero de 1998 Encargan las funciones de los cargos de Gerente Administrativo Financiero y Tesorero de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL MINISTERIO PUBLICO N” OOP-98-SE-TP-CEMP Lima, 7 de enero de 1998. VISTO Y CONSIDERANDO: Que resulta necesario encargar las funciones de la Gerencia AdministrativaFinancieradelaGerenciaEjecutivadeProyectos a la señora CPC GILDA MANRIQUE MIRANDA,, Gerente Cen- tral de Recursos Económicos del Ministerio Púbhco a efecto de continuar con el normal desarrollo de las funciones administra- tivas. Estando a las visaciones del Gerente Central de Asesoría Jurídica, Gerente Ejecutivo de Proyectos y Gerente General. De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley N 26623 ampliada y modificada por las Leyes NOs. 26695 y 26738, r el Reglamento de FOranización y Funciones de la Comisión lecutiva del Ministerio 5, 8 ubhco arobada mediante Resolución N” 035-96-MP-FN-CEMP y por el eglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público apro- bada mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego N”005-96-SE-TP-CEMP. SE RESUELVE: Artículo Unico.- ENCARGAR a partir de la fecha las funcio- nes del cargo de Gerente Administrativo-Financiero de la Geren- cia Ejecutiva de Proyectos ala señora CPC GILDA MANRIQUE MIRANDA, Gerente Central de Recursos Económicos del Minis- terio Público, con retención de su cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIO D. ZEGARRA MARINAS Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego (i) 0207 RESOLUCION ADMINISTRATTVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL MINISTERIO PUBLICO N” 00%SB-SE-TP-CEMP Lima, 7 de enero de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO:Que; en consecuencia, corresponde declarar inscrito en el Registro de Oreanizaciones Políticas del Jurado de Elecciones al Pa&ido Aprista Peruano, por haber obtenido un porcentaje de votación mayor del 5% a nivel nacional en las Elecciones Genera- les del 9 de abril de 1995, para la elección de los Congresistas de la República; Que resulta necesario encargar las funciones de la Tesorera de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos a la señora CPC TERESA HARO LIZANO, Gerente de Tesorería del Ministerio Público, a efecto de continuar con el normal desarrollo de las funciones administrativas. Estando a las visaciones del Gerente Central de Asesoría Jurídica, Gerente Ejecutivo de Proyectos y Gerente General. De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley N” 26623 ampliada y modificada por las Leyes NY. 26695 y 26738, E”r el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión jecutiva del Ministerio Público aprobada mediante Resolución N” 035-96-MP-FN-CEMP y por el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público apro- bada mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego NO00596-SE-TP-CEMPQue, por tanto, carece de objeto continuar con el roceso de verificación de las Iirmas de adherentes presenta t;os por el Partido Aprista Peruano con motivo de la formulación de sn solicitud de reinscripción de fecha 20 de febrero de 1997. y que fueran remitidos al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil por Resolución N” 540.97JNE de fecha 5 dejunio del mismo ano, y u la Oficina Nacional de Procesos Electorales por Resolu- ción N” 1030.97.JNE de fecha 26 de noviembre de 1997; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE. Ahículo Primero.- Declarar vigente la inscri ión de la Organización Política denominada “Partido Aprista 8”eruano” en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, or haber obtenido un porcentaje de votación mayor al 5%, a nive nacional en el último proceso electoral de EleccionesP^ . ._ . . .~~SE RESUELVE: tienerales del Y de abril de 1995. Artículo Unico.- ENCARGAR a partir de la fecha las funcio- nes del cargo de Tesorera de la Gerencia Ejecutiva de Proyectos ala señora CPC TERESA HARO LIZANO, Gerente de Tesorería del Ministerio Público, con retención de su cargo. Regístrese. comuníquese y publíqueseArtículo Segundo.- Dejar sin efecto las Resoluciones NOs. 540 y 1030-97JNE de fechas 5 de junio y 26 de noviembre de 1997, y Ofc. de 16 de diciembre del mismo año, que ordenaron la comprobación de firmas de adherentes de los lotes de planillones presentados por el Partido Aprista Peruano, y que fueran remiti- dos al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, respectivamente al haberse disr>uesto en esta Resolución la inscrinción del refshdo MARIO D. ZEGARRA MARINAS Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego ti)Partido Politice. 0208Artículo Tercero.- Disponer que la Olicina Nacional de Procesos Electorales devuelva al Jurado Nacional de Elecciones los planillones y,disquetes que le fueron enviados de conformidad con la Resolucion h” 103697-JNE y con el Oficio N” 525-97-P/ JNEDeclaran vigente la inscripción de orga- nización política en el Registro del JNE RESOLUCION N” 00148JNB Lima, 6 de enero de 1998 Vista la solicitud presentada el 22 de octubre de 1997 por don Luis Alva Castro y don Jor e Ferradas Núñez, Secretario Gene- ral y Personero Legal del 8artido Aprista Peruano, respectiva- mente, demandando se declare vigente la inscripción de su representado, dicho Partido ll?r cuanto, en las Elecciones Generales de 1995, otuvo el 4.11% devotos para la FórmulaPresiden- cial y 6.53% de votos para la lista Parlamentaria; amparando su solicitud en lo dispuesto en el Artículo 87” de la Ley N”26859, Ley Orgánica de Elecciones; Oído, el informe oral; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por los incisos 2) y 31 del Articulo 178”de la Constitución Política del Perú, y los literales e. y g. del Art,ículo 5” de la Ley Organica del Jurado Nacional de Elecciones N” 26486, compete a este Organo Electoral, mantener y custodiar el Registro de Organizaciones Politicas y velar por el cumplimiento de las normas sobre dichas organizaciones; Que, el Artículo 35” de la citada Carta Magna expresa que la inscripción de tales Organizaciones en el Registro correspondien- te les concede personería jurídica: Que, en virtud de la Ley N” 26452, el Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución N” 262-95JNE de fecha 17 de mayo de 1995, mediante la cual enumeró las Or anisaciones Políticas que mantienen vigente su inscripción en e Registro deP Organizaciones Políticas; dentro de las cuales no se encontraba el Partido Aprista Peruano por no haber cumplido el requisito de haber obtenido más del 5% de los votos válidamente emitidos en las Elecciones para Presidente Y Viceuresidentes de la Renública del año 1995; -- _ Que, la Ley N”26859, Ley Orgánica de Elecciones, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de octubre de 1997 establece enelsegundo párrafode suArticulo87”que”Se consideravigente lainscripcióndelosPartidosPolíticos.Aarur>acionesIndewndien- tes y Afianzas, siem votación no menor de P,re que hayan~oi&&do un porcentaje de cinco wr ciento (5%) a nivel nacional en el últ,imo proceso ,d~,Eleccionés Generales”. La misma ley en su I$;6y;2Disposicion Final deroga el Artículo Segundo de la Ley Que, en las Elecciones Generales de 1995, la lista parlamen- taria del Partido Aprista Peruano obtuvo el 6.53% cuya votación se reputa a nivel nacional, en razón que el Congreso de la República fue elegido bajo el imperio de la Ley N” 26337 que dispuso en su Artículo 51” que “Para las elecciones de Presidente, Vicepresidentes y Congresistas, el territorio de la República constituye distrito nacional único”;