TEXTO PAGINA: 22
. Pág.156414 apemtano .-- .~. - Lima, mi&coles 14 de enero de 1998 VISTOS: El Expediente No 97/01254, así como el Informe No 102-W- EF/94.40 de fecha 29 de diciembre de 1997, presentado por la Gerencia de Mercado de Valores. CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones CONASEV Nos. 181-92-EF/ 94.10 y 0730940EF/94.10 se dispuso la inscririón de las accio- nes del trabajo de las empresas Frutos del afs S.A. y José R. Lindley e Hijos S.A. en el Registro Publico devalores e Interme- diarios, hoy Registro Público del Mercado de Valores y en la Bolsa de Valores de Lima; Que, mediante Juntas Generales Extraordinarias de Ac- cionistas celebradas el 4 de diciembre de 1996 las em resas InmobiliariaLintab S.A., JoséR. Lindley e Hijos S.A., f;istral S.A., Frutos del País S.A. y Sabores del Perú S.A., acordaron fusionarse absorbiendo la primera de las nombradas a José R. Lindley e Hijos S.A., Distral S.A., y Frutos del País S.A. así como la rama industrial escindida de Sabores del Perú S.A. y modificando luego su denominación a Corporación José R. Lindley S.A.; Que, con fecha 1 de abril de 1997, ante Notario Jorge Eduardo Orihuela Iberico, se otorgó la Escritura Pública de escisión de sociedad; aumentos de capital social, y modificacio- nes parciales de estatutos, de fusión de sociedades y disolución sin liquidación y modificación total del estatuto social, la misma ue 1esta registrada en la ficha W 122106 del Libro de Socieda- esMercantiles del Registro de Personas Jurídicas de Lima, correspondiente a Corporación José R. Lindley S.A.; Que, en Junta General Extraordinaria de Accionistas del 16 de octubre de 1997 se acordó inscribir las acciones del trabajo emitidas por Corporación Jose R. Lindley S.A. y la cancelación y canje de las emitidas por las empresas absorbidas José R. Lindley e Hijos S.A. y Frutos del País S.A.; Que, mediante carta de fecha 20 de noviembre de 1997, Corporación José R. Lindley S.A. solicita a la Bolsa de Valores de Lima la inscripción de sus acciones del trabajo en dicha bolsa, así como la exclusión de las acciones del trabajo de las empresas Jose R. Lindley e Hijos S.A. y Frutos del PaísS.A., adjuntando para ello la documentación requerida; Que, de conformidad con lo establecido en los Artículos 15” y 16” del Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores, a Probado 97-EF/94.10, a Bolsa Cror Resolución CONASEV No 079- e Valores de Lima mediante escrito Presentado con fecha 28 de noviembre de 1997, comunica a decisión de inscribir en sus re ‘stros las acciones del trabajo emitidas por Corporación Fosé R. Lindley S.A. y el retiro de las emitidas por las empresas José R. Lindley e Hijos S.A. y Frutos del País S.A.; Que, el presente caso configura la causal de exclusión del Registro Público del Mercado de Valores contemplado en el Artículo 37”, inciso c) del Decreto Legislativo No 861, Ley del Mercado de Valores, no obstante, procede excep- tuar a los accionistas comunes de las empresas Jose R. Lindley e Hijos S.A. y Frutos del País S.A., uienes acorda- ron la fusión, de la obligación de formu ar una oferta 9 pública de compra a que se refiere el Artículo 38” de la Ley del Mercado de Valores, en virtud del Artículo 38”, inciso b) del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Oferta Pública de Compra por Exclusión, aprobado me- diante Resolución CONASEV No 637-97-EF/94.10; Que, asimismo se ha observado que en el presente caso Corporación Jose R. Lindley S.A. cumple lo dispuesto en la Resolución CONASEV No 098097-EF/94.10 Crha remitido la información a que se refiere el Artículo 8” el Reglamen- to de Propiedad Indirecta, Vinculacion y Grupo Económico, aprobado mediante Resolucion CONASEV No 722-97-EF/ 94.10; y, Estando a lo dispuesto por el inciso h) del Artículo ll” del Texto Unico Concordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por el Decreto Ley No 26126, así como por los Articulos 16” y 52” del Relamento del Registro Público del Mercado devalores, apro- baåo por Resolución CONASEV No 079-97-EF/94.10; SE RESUELVE: Artículo lo.- Excluir del Registro Público del Mercado de Valores las acciones del trabajo emitidas por las sociedades José R. Lindley e Hijos SA. y Frutos del País S.A. Artículo Z-Inscribir en el Registro Publico del Mercado de Valores las acciones del trabajo emitidas por la empresa Corpo- ración Jo& R. Lindley S.A. Artículo 3% La negociación de los valores a que se refiere el Artículo 2” de la presente Resolución procederá luego de transcurridas setentidós (72) horas contadas a partir de su inscripción en los registros de la citada entidad bursátil. Artículo 4O.- Transcribir la presente Resolución a la empre- sa Corporación José R. Lindley S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima.Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO BERAMENDI GALDOS Gerente General 0146 Disponen dar por válida la presenta- ción del formulario N” 154 efectuada hasta el 31 J2.97, para las declaracio- nes-pago del IGV y del Impuesto a la Renta RESOLUCIONDE SUPERINTENDENCIA NVOS-9WSUNAT Lima, 13 de enero de 1998 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Superintendencia No lOl- 97SUNAT, publicada el 8 de noviembre de 1997, se aprobó el Formulario N” 158, a ser utilizado por los Medianos y Pequeños Contribuyentes para la declaración y pago del Impuesto Gene- ral a las Ventas y el Im uesto a la Renta (Régimen General), en sustitución del Formu Pario No 154; Que debido a circunstancias que escapan del control de la SUNAT, dichos formularios no pudieron estar a disposición de los contribuyentes en forma oportuna; Que el Artículo 166” del Código Tributario establece que la Administración Tributaria tiene la facultad discrecional de determinar y sancionar administrativamente la acción u omi- sión de los deudores tributarios o terceros que violen las normas tributarias; En uso de la atribución señalada en el literal o> del Artículo 6” del Estatuto de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo N” 032-92-EF; SE RESUELVE: Artículo lo.- Dése por valida la rio No 154, efectuada hasta el 31 de Crresentación del Formula- iciembre de 1997, para las declaraciones-pago del Impuesto General a las Ventas y el Impuesto a la Renta (Régimen General) correspondientes a los períodos tributarios de octubre y noviembre de 1997. En conse- cuencia, en este caso no será de aplicación la sanción correspon- diente a la infracción establecida en el numeral 6 del Artículo 176” del Código Tributario. Artículo 2% Lo dispuesto en el artículo anterior no es aJlicable a los contribuyentes comprendidos en el Decreto de rgencia N” 089-97 que hubiesen efectuado en el Formulario No 154 las declaraciones-pago del Impuesto General a las Ventas y el Impuesto ala Renta (Régimen General) correspondientes a los referidos períodos tributarios, quienes necesariamente de- berán presentar el Formulario No 158 hasta el día de venci- miento del plazo para la declaración y pago de las obligaciones correspondientes al periodo tributario diciembre de 1997, a fin de no sancionárseles por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 6 del Artículo 176” del Código Tributario. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO Superintendente 0383 Declaran infundada impugnación inter- puesta contra resolución que ordenó a persona jurídica la cesación de actos de competencia desleal RESOLUCIONW 093.97=PD/OSIpTEL EXPEDIENTE W 002-96 Lima, 19 de diciembre de 1997