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Lima, mihcoles 14 de enero de 1998 jmEqmmD Pág. 156413 Destacan fiscales en calidad de aDovo aldespacho de la Fiscalía Especi&ia- da en procesos por Delito de Tráfico Ilícito de Drogas RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTWA DEL MIN-ISTERIO PUBLICO W 029-9thMP-CEMP Lima, 13 de enero de 1998 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio No 41-98-MP-1” FPEDTID, cursado por el doctor tiuro Chalco Cornejo, Fiscal Provincial Provisional de la Fis- calía Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas y por necesidad de servicio es necesario destacar a y hasta el 30 de enero de 1998 a los doctores fsartir de la fecha egundo Octavio Mena Saldívar y Juvenal Cabrera Madera, Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales de la Fiscalía ProvincialEspeciahza- da en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas al despacho del doctor Arturo Chalco Cornejo, Fiscal Provincial de la Fiscalía Especializada en Delito de Trafico Ilícito de Drogas; y estando a lo acordado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de fecha 13 de enero de 1998; con dispensa de la lectura del Acta; dejándose constancia que el doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo de la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal se encuentra con licencia por motivo de enfermedad, en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nos. 26623,26695 y 26738; SE RESUELVE: ArtícuIo Primero.- Destacar a partir de la fecha y hasta el 30 de enero de 1998 a los doctores Segundo Octavio Mena SaIdívary Juvenal Cabrera Madera, Fiscales Adjuntos Provin- ciales Provisionales de la Fiscalía Provincial Especializada en Delito de Trtico Ilícito de Drogas en calidad de apoyo al despa- cho del doctor Arturo Chalco Cornejo, Fiscal Provincial de la Fkcalía Es Artic uYcializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas. o Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resoluci6n a los señores, doctor Víctor Raúl Castillo Castillo, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, doctor Carlos Saponara MiUigan, Presidente de la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte Su rema Especializada en Delito de Tráfico Ilícito de Drogas, apJefe de laDirección Nacional contra el Tráfico Ilícito de Drogas de la Policía Nacional del Perdí (DINANDRO) al Jefe del Instituto Nacional Penitenciario, al doctor Angel Rafael Fernán- dez Hemani Becerra, Fiscal Supremo Provisional de la Segunda Fiscalía Su rema en lo Penal y Especializada en Trafico Ilícito de ImF% alill3’cal Superior encargado de la Gestión de Gobierno delegada por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Pút!ico en el Distrito Judicial de Lima, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fixal Supremo (P) Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Publico MARJO DAVID ZEGARRA MARINAS Secretario Ejecutivo Interino - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Publico 0392 Prorrogan plazo para que empresa ban- caria enajene bienes inmuebles adjudicados por deudas , RESOLUCION SBS W 909-97 Lima, 30 de diciembre de 1997 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA La comunicación presentada por el Banco Continental, mediante la cual solicita prórroga de plazo para proceder a laventa de bienea inmuebles adjudicados en cobro de acreencias, conforme a lo previsto por el Artículo 215” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencl; de Banca y Seguros - Ley N” 26702; y, Que, el Artículo 215”de la mencionada Ley General, estable- ce que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraí- da previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe engenarlos en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenación se haya efectua- do, la empresa deberá constituir una rovisión hasta por el monto equivalente al costo en libros de os bienes no vendidos; P De acuerdo con el Informe No ASIF “c”-292-OT/97, y a lo opinado or las Superintendencias Adjuntas de Banca y Aseso- ría Jurí ica; y,B En uso de las atribuciones conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley No 26702; RESUELVE: Artículo 1O.IProrrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215” de la Ley General, para que el Banco Continental proceda a la enajenación de los bie- nes señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2”.- Vencido el plazo de prórroga otorgado al Banco Continental, dicha empresa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 215” de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provisión con cargo a los resultados del mes en que venció el referido plazo. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros ANEXO BIENES INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES, SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (ARTICULO 216” DE LA LEY W 26702 - LEY GENER.AL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGAN-ICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCAY SEGUROS) (en nuevos soles) Pedro Pablo Av. Jos6 Santos Chocano Lt. Casas Arroyo 3, Mz. ‘G4C’, Urb. Habitat por Humanity - La Capilla, Puno Edutfo Salazar Av. José Pardo Mz. ‘N’, Lt. 2, Castan& A.H. Miraflores - I Zona, El Alma& Psje. 72 s/n Ex Lt. 25, Mz. 0, El Retablo, Lima--- Blanca Flores Malecón Perú Lt. 3, Mz. ‘O’, Scarmutti P.J. Nuevo Versalies, Loreto_.________----.____ United Electric Av San BqaNorte884-886, 1..LiKL?ii--- -- 034597.2.26 97.2 2724372.70 98.7.12 Excluyen e inscriben acciones de tra- bajo emitidas por empresas en el Re- gistro Público del Mercado de Valores RESOLUCIONGERENCIAGENERAL W 08%97-EF/94.11 Lima, 31 de diciembre de 1997