Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 1998 (05/02/1998)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

Pag. 157068

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 5 de febrero de 1998

sociedad conyugal, destinado en su integridad a vivienda de los mismos y cuyo unico ingreso este constituido por la pension que percibe, reconocidos por la Municipalidad. b) Los propietarios u ocupantes de un solo inmueble, destinado en su integridad a vivienda, que se encuentren en baja condicion socioeconomica, calificados y reconocidos por la Municipalidad. c) Los propietarios u ocupantes de predios ubicados en la Av. Costanera, Av. La Paz y Av. MORDAZA, las calles y demas vias paralelas y transversales existentes entre la Av. Costanera y la Av. MORDAZA, y el ex fundo MORDAZA, que MORDAZA destinados en su integridad a vivienda de los mismos, reconocidos por la Municipalidad. Articulo 3º.- El monto mensual del Arbitrio de Parques y Jardines que abonaran los contribuyentes indicados en el Articulo MORDAZA acapites a) y b) sera de 0.05% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ano. Los contribuyentes indicados en el acapite c) estaran exonerados del pago del Arbitrio de Parques y Jardines. Articulo 4º.- Los contribuyentes indicados en el Articulo MORDAZA, acapites a) y b) estan exonerados del pago del 50% del Arbitrio de Serenazgo que, con arreglo a las disposiciones legales vigentes, les corresponda abonar. Articulo 5º.- La Municipalidad reconocera a los contribuyentes indicados en el Articulo MORDAZA de la Ordenanza, a peticion de parte, adjuntandose la documentacion que se requiera con arreglo a la presente Ordenanza que seran determinados por Decreto de Alcaldia. El procedimiento es de aprobacion automatica, sin perjuicio de practicarse la fiscalizacion posterior y la aplicacion de las medidas correctivas a que hubiera lugar, con arreglo al Codigo Tributario y la Ley de Simplificacion Administrativa. Articulo 6º.- Modifiquese el Articulo 2º del Edicto Nº 02-94, en los terminos siguientes: "Articulo 2º.- La obligacion tributaria nace a partir del primer dia habil de cada mes, siendo exigible a partir del dia habil siguiente del vencimiento del mes. En caso de que el pago se haga en forma fraccionada, las cuotas de pago seran reajustadas de acuerdo a la variacion de Precios al por mayor (IPM) que aplica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento del pago y el mes precedente al pago." Articulo 7º.- La Alcaldia expedira, via Decreto, las normas reglamentarias a la presente Ordenanza. Articulo 8º.- Modifiquense, deroguense y dejense sin efecto, en su caso, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1234

Servicios a la MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA informa que dentro de los trabajos de recuperacion del medio ambiente, areas verdes y el ornato de la MORDAZA, se encuentran contemplados los trabajos para la recuperacion de la Av. Venezuela; Que, el citado oficio agrega que la Municipalidad ha concordado con los comerciantes informales instalados en la berma central de las cuadras 26 a 33 de la Av. Venezuela que se retiraran voluntariamente a mas tardar el 31 de diciembre de 1997 y tambien lo haran los comerciantes informales de otros giros, soldadores, llanteros, paraderos de lineas de transporte, encontrandose previsto el inicio de los trabajos de limpieza, forestacion y arborizacion de dicha arteria desde la cuadra 26 hasta la interseccion con la Av. Universitaria a partir del 5 de enero de 1998; Que, para tal efecto, con la finalidad de lograr una mejora integral de la Av. Venezuela, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita a esta Corporacion se adopten acciones similares que resultan necesarias a efectos de llevar a cabo los objetivos MORDAZA descritos, disponiendo el retiro de los comerciantes informales dedicados a la venta de muebles ubicados al frente de la MORDAZA de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que, efectivamente, un grupo de comerciantes informales dedicados a la venta de muebles vienen ocupando el area destinada a via publica en la cuadra 34 de la Av. Venezuela de esta jurisdiccion del distrito de San Miguel; Que, la solicitud de la Municipalidad Provincial para el retiro de este grupo de comerciantes se une al planeamiento a desarrollar por esta comuna en la recuperacion de vias, en este caso, de la Av. Venezuela hasta su limite con la Av. Universitaria, con la finalidad de habilitar una MORDAZA via que permita la fluidez del MORDAZA vehicular; Que, bajo estas consideraciones, conviene a los intereses de esta Corporacion, la cooperacion en las acciones desarrolladas por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, procurandose el desarrollo integral y armonico de la Av. Venezuela, debiendose por ende, otorgar un plazo prudencial a los comerciantes y posesionarios de puestos dedicados a la venta de muebles ubicados en dicha arteria para que procedan al retiro de la zona; Por las consideraciones expuestas, en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: 1.- Notificar a cada uno de los poseedores de puestos dedicados a la venta de muebles ubicados en la cuadra 34 de la Av. Venezuela de esta jurisdiccion para que, en el termino de 10 dias calendario contados a partir de la recepcion de la presente Resolucion, procedan al retiro definitivo del area que ocupan en la Av. Venezuela, dejando el area correspondiente a la via publica, bermas centrales y laterales completamente libre de elementos que impidan u obstaculicen el normal desarrollo de las acciones destinadas a la recuperacion de la citada arteria. 2.- El vencimiento del termino dispuesto en el acapite primero importa el cese de la vigencia de todo acto administrativo que reconozca o MORDAZA reconocido la permanencia de los comerciantes en dicha area. 3.- La Municipalidad de San MORDAZA, a traves de sus areas competentes, dispondra la suspension definitiva de los servicios publicos que de manera directa recaigan sobre dicha MORDAZA, y adoptara las medidas necesarias contenidas en el Articulo 114º de la Ley Organica de Municipalidades, Ordenanzas y disposiciones municipales aplicables para el cumplimiento efectivo de lo dispuesto en el acapite primero, una vez vencido el termino senalado e incumplimiento de dicha disposicion. 4.- Encargar a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion, Oficina de Rentas, Direccion de Seguridad Ciudadana y Secretaria General, las acciones de su competencia para el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1287

Notifican y otorgan plazo a poseedores de puestos de venta de muebles para retirarse de area que ocupan en la via publica
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0109-98-AL/SM San MORDAZA, 8 de enero de 1998 LA ALCALDIA; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 2082-97-MML/DMSC de fecha 16 de diciembre de 1997, la Direccion Municipal de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.